Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2008 (03/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

363001

ORGANOS DE LINEA VICEMINISTERIO DE RECURSOS PARA LA DEFENSA Articulo 59º.- Direccion General de Recursos Humanos para la Defensa.La Direccion General de Recursos Humanos para la Defensa es el organo encargado de disenar, proponer ejecutar, supervisar y evaluar la adecuada administracion de los recursos humanos del personal militar y civil del Pliego, en concordancia con los lineamientos de politica del Sector y sus objetivos institucionales. Asimismo, esta encargada de normar y administrar el sistema previsional a cargo del Sector, velar por el bienestar del personal civil, militar y el personal calificado como ex combatientes y defensores de la patria. Normar, dirigir, supervisar y evaluar la politica de recursos humanos para la Defensa. Las direcciones de recursos humanos o las que MORDAZA sus veces en las instituciones armadas, estan sujetas a las politicas impartidas por la Direccion General de Recursos Humanos para la Defensa, en lo relativo a su personal civil y militar. Depende del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa. Articulo 60º.- Funciones.La Direccion General de Recursos Humanos para la Defensa tiene las funciones siguientes: a) Proponer al Despacho Viceministerial para la Defensa, los lineamientos de politica para la gestion de recursos humanos del Pliego; b) Supervisar y evaluar la organizacion y funcionamiento del sistema de recursos humanos, en cada una de las instituciones armadas, tanto en lo relativo a su personal civil como militar, fomentando una organizacion estandarizada de los mismos; c) Normar, dirigir, supervisar y evaluar la politica de recursos humanos para la Defensa. d) Programar, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones de bienestar del personal civil y militar del Pliego asi como de sus familiares; e) Proponer, implementar y supervisar la politica remunerativa del Pliego; f) Formular el presupuesto analitico de personal de la sede central del Ministerio y supervisar la formulacion de los presupuestos analiticos de personal de las instituciones armadas; g) Llevar a cabo la seleccion y evaluacion del personal civil de la sede central del Ministerio, asi como del personal militar destacado de la misma; h) Velar por el bienestar del personal calificado como ex combatientes y defensor calificado de la patria; i) Evaluar y supervisar el cumplimiento de los planes estrategicos del personal militar de las instituciones armadas y, proponer su modificacion u actualizacion de ser el caso; j) Evaluar las propuestas de numeros de vacantes y numero de personal militar que pasara a la situacion militar de retiro por renovacion que anualmente presentan las instituciones armadas y tramitar su aprobacion; k) Unificar y actualizar la informacion remitida por las oficinas de registro militar ubicadas a nivel nacional y dictar las directivas que rigen su actuacion; l) Normar como ente rector la estandarizacion de los servicios de salud del Pliego, de acuerdo a su nivel de complejidad y atencion en las diferentes unidades de las instituciones armadas; m) Otras que le MORDAZA asignadas por la Alta Direccion. Articulo 61º.- Estructura.La Direccion General de Recursos Humanos para la Defensa tiene la estructura organica siguiente: a) Direccion de Administracion de Personal Militar b) Direccion de Administracion de Personal Civil c) Direccion de Bienestar y Ex Combatientes d) Direccion Previsional e) Direccion de Sanidad Articulo 62º.- Direccion de Administracion de Personal Militar.La Direccion de Administracion de Personal Militar es el organo encargado de supervisar la correcta ejecucion y cumplimiento de las politicas, normas y directrices de los recursos humanos militares en situacion de actividad, del Pliego.

Son funciones de la Direccion de Administracion de Personal Militar: a) Proponer y ejecutar las politicas del personal militar en situacion de actividad del Pliego; b) Proponer y supervisar el cumplimiento de las directivas relacionadas con las politicas de personal militar a ser implementadas al interior del Pliego; c) Supervisar el cumplimiento de los planes estrategicos de personal de las instituciones armadas, proponiendo las modificaciones pertinentes de ser el caso; d) Evaluar el tiempo de permanencia del personal militar destacado a la sede central del Ministerio, proponiendo los cambios y rotaciones correspondientes; e) Elaborar y tramitar el Decreto Supremo que aprueba el numero de efectivos del personal de oficiales, tecnicos y suboficiales, tropa y empleados civiles de las instituciones armadas; f) Elaborar y mantener actualizado los MORDAZA de efectivos de personal militar de las instituciones armadas, con la finalidad de verificar la variacion de efectivos que se producen durante el ano, con respecto a los planes estrategicos de personal; g) Formular el presupuesto analitico del personal militar de las instituciones armadas; h) Evaluar las propuestas del numero de vacantes y numero de personal militar que pasara a la situacion militar de retiro por renovacion que anualmente presentan las Instituciones armadas y tramitar su aprobacion; i) Las demas que le asigne el Director General de Recursos Humanos para la Defensa. Articulo 63º.- Direccion de Administracion de Personal Civil.La Direccion de Administracion de Personal Civil es el organo encargado de supervisar la correcta ejecucion y cumplimiento de las politicas, normas y directrices de los recursos humanos civiles del Pliego. Son funciones de la Direccion de Administracion de Personal Civil: a) Proponer, ejecutar y evaluar las politicas del personal civil del Pliego; b) Proponer y supervisar el cumplimiento de las directivas relacionadas con las politicas del personal civil para ser implementadas al interior del Pliego; c) Proponer el presupuesto analitico del personal civil del Pliego; d) Elaborar y mantener actualizado los MORDAZA de efectivos de personal civil de las instituciones armadas, con la finalidad de verificar la variacion de efectivos que se producen durante el ano; e) Proponer los criterios generales a aplicarse en los procesos de seleccion y evaluacion del personal civil del Pliego; f) Proponer los criterios generales para los procesos de incorporacion, reclasificacion y ascensos de conformidad con la legislacion vigente; g) Controlar la asistencia y permanencia del personal civil destacado a la sede central del Ministerio; h) Evaluar el desempeno laboral del personal civil destacado a la sede central del Ministerio, proponiendo los cambios y rotaciones correspondientes; i) Programar, formular y actualizar el presupuesto analitico de personal civil de la sede central del Ministerio; j) Proponer e implementar la politica remunerativa del Pliego; k) Cumplir la legislacion, normas y procedimientos del sistema de personal vigente para la administracion publica; l) Elaborar estadisticas del sistema de administracion de personal del Pliego; m) Las demas que le asigne el Director General de Recursos Humanos para la Defensa. Articulo 64º.- Direccion de Bienestar y Ex Combatientes.La Direccion de Bienestar y Ex Combatientes es el organo encargado de dirigir, ejecutar y evaluar las acciones de bienestar tendentes a la promocion humana de los servidores del Pliego y de sus familiares, garantizando el reconocimiento de los derechos que son propios de los regimenes laborales a los que pertenecen.

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