Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2008 (03/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de enero de 2008

Administracion Tributaria, las Sub Gerencias de Tesoreria, Sub Gerencia de Informatica, y a la Secretaria de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 147565-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZAN
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion y adquisicion de materiales y fabricacion de estructuras metalicas para la construccion de superestructura de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 012 -2007-MDA MORDAZA MORDAZA Gallo, 10 de diciembre del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZAN: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal Nº 45 de fecha 6 de diciembre del 2007, el contenido del Informe Tecnico Nº 562-2007-MDJ/GIDL, presentado por el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Local, en el cual se adjunta el Informe del Asesor Legal, respecto a la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por la causal de Desabastecimiento Inminente para la adquisicion de materiales y Construccion de Estructuras Metalicas de la Obra: "CONSTRUCCION DE LA SUPERESTRUCTURA DEL MORDAZA DE SAN MORDAZA CON VIGAS DE MORDAZA LLENA" y; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el inc. c) del articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo No. 083-2004-PCM, establecen que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen por desabastecimiento inminente de conformidad con dicha ley. Que el articulo 21 del Decreto Supremo No. 0832004-PCM establece que el desabastecimiento inminente es "aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo cual faculta a la Entidad a la adquisicion y contratacion de los bienes, servicios u obras, solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA que corresponda. Que, la Municipalidad Distrital de Jazan, se ha visto en la situacion de declarar en desabastecimiento Inminente la adquisicion de los materiales y contratacion para la fabricacion de estructuras metalicas con Empresas especialistas en la materia, para la Obra: "CONSTRUCCION DE LA SUPERESTRUCTURA DEL MORDAZA DE SAN MORDAZA CON VIGAS DE MORDAZA LLENA", con un valor referencial de S/. 756,086.57, (SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y SEIS Y 57/100 nuevos soles), debido a que la ejecucion de la obra tiene un plazo determinado y se

corre el riesgo de ampliarse; lo que no cumpliria con los plazos legales entre la convocatoria, evaluacion, otorgamiento y consentimiento de la buena pro, ademas de la suscripcion del contrato y entrega de materiales y fabricacion de estructuras metalicas no se cuenta en la MORDAZA, ademas el MORDAZA peatonal existente se encuentra en estado de emergencia y un peligro MORDAZA para los pobladores de los diferentes anexos que transitan por este medio. Que la causa descrita precedentemente guarda relacion con lo normado en el articulo 141 del Decreto Supremo No. 084-2004-PCM que en su 2do. Paragrafo establece "la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos......" cuyo requisito es de aplicacion en el presente caso, toda vez, que la Municipalidad Distrital de Jazan tiene previsto ejecutar la obra: "CONSTRUCCION DE LA SUPERESTRUCTURA DEL MORDAZA DE SAN MORDAZA CON VIGAS DE MORDAZA LLENA", MORDAZA de la finalizacion del ano fiscal 2007 (para evitar mayores costos y atrasos en su ejecucion), y cumplir los plazos establecidos en el Convenio Presidencial Regional Nº 209-2007-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, ademas por no contar en nuestra Region, con Empresas especialistas en la fabricacion de estructuras metalicas de acuerdo a las especificaciones tecnicas descritas en el expediente Tecnico, asi como de adelantarse a la llegada de las lluvias que aumentara el caudal del rio Utcubamba y dificultaria el montaje y lanzamiento de la superestructura metalica y pondria en riesgo la garantia de MORDAZA util y soporte de peso de transporte, entre otros. Que, en tal sentido, la adquisicion y la exoneracion del MORDAZA de seleccion, debe darse mediante Acuerdo de Concejo Municipal, y la adquisicion debe ser inmediata y con caracter de definitivo, para la suscripcion del contrato respectivo por el Titular del Pliego, por no ser procedente realizar el MORDAZA de seleccion. Por las consideraciones expuestas, de conformidad con los articulos 39 y 41 de la Ley Organica de Municipalidades, por UNANIMIDAD del pleno de Regidores; SE ACUERDA: Primero.- Aprobar el contenido del Informe Tecnico Nº 0562-2007-MDJ/GIDL, el cual se adjunta el Informe Legal, en todos sus terminos para los fines de ley. Segundo.- Se acuerda la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por las casuales de desabastecimiento inminente, para la contratacion y adquisicion de materiales y fabricacion de las estructuras metalicas que seran usados en la obra: "CONSTRUCCION DE LA SUPERESTRUCTURA DEL MORDAZA DE SAN MORDAZA CON VIGAS DE MORDAZA LLENA" por un valor referencial de S/. 756,086.57 (SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y SEIS Y 57/100 nuevos soles), esto conforme se encuentra descrito en el Costo Directo del Expediente Tecnico. Tercero.- Encargar al Comite de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Jazan, el cumplimiento del presente Acuerdo del Concejo Municipal, en la forma que senala el articulo 148 del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo No. 084-2004-PCM. Cuarto.- Remitir MORDAZA del Acuerdo de Concejo Municipal y del informe tecnico y legal que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Quinto.- Ordenar la publicacion del contenido del Acuerdo del Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA TAUMA MORDAZA MORDAZA 147655-1

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