Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2008 (10/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 2008

Que, si bien las resoluciones administrativas MORDAZA senaladas cancelaron la MORDAZA inscripcion del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, se presume que los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relacion, habrian cometido en agravio del RENIEC, el delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsedad ideologica, tipificado en el articulo 428° del Codigo Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537, la Ley N° 26497; y en atencion al Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: MORDAZA Aquima Pila, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yudith MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Sihui MORDAZA, Sandhy Gracce MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Viscayo Castaneda, MORDAZA Callapina MORDAZA, Luz MORDAZA Morillas de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Copa, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mosquera, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Idomina Callan Casalla, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tutaya, MORDAZA MORDAZA Ponte, MORDAZA MORDAZA Barba MORDAZA, MORDAZA Roosovelt MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ugaz MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Garcia. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico del RENIEC, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Puncuchupa, distrito de Chupa, provincia de Azangaro, departamento de Puno. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Puncuchupa, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil referida; correspondiendo a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros compartir oficinas especiales con la empresa La Positiva Seguros y Reaseguros
RESOLUCION SBS Nº 1245-2008
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa LA POSITIVA MORDAZA SEGUROS Y REASEGUROS, para que se le autorice a compartir tres oficinas especiales con la empresa LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS, ubicadas en MORDAZA Bolognesi Nº 469, Chimbote, departamento de Ancash; en Modulo 7G-265, Av. MORDAZA Nº 3093, Local 65, galeria 2, pabellon 7 de la MORDAZA Comercial MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao y en Av. Defensores del Morro (Ex Huaylas), Lote Nº 05, Manzana Nº 05, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, en aplicacion del numeral 6.1.1 de la Resolucion SBS Nº 775-2008 la empresa solicitante ha cumplido con comunicar previamente a esta Superintendencia el uso compartido de las citadas oficinas especiales; Estando a lo informado por el Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "A" mediante Informe Nº 041-008-ASSSA; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la Resolucion SBS

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Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Puncuchupa
RESOLUCION JEFATURAL N° 255-2008-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2008 VISTOS: el Informe N° 00230-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe N° 000096-2008-GRC/ RENIEC de la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refieren los Informes del Visto, ha formalizado el expediente para la delegacion de funciones registrales, el cual ha sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional respectiva; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil,

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