Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2008 (24/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2008

personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Politica y Estrategia del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 26 de MORDAZA al 08 de junio de 2008, para realizar una visita de estudio en las ciudades de Tingo MORDAZA y Yurimaguas, en donde se tiene programado realizar Ejercicios de Capacitacion en Destreza Medica Riberena (MEDRETE/DENTRETE). Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 203840-2

Autorizan a procurador interponer denuncia penal contra suboficial FAP por sustraccion de equipos electronicos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 473-2008 DE/FAP MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008 Visto, el Oficio NC-5-SGFA-Nº 1545 del 14-05-2008 del Secretario General de la Fuerza Aerea, mediante el cual solicita se autorice al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aerea, para formular Denuncia Penal contra el Suboficial de 2da FAP (D) MORDAZA MORDAZA GAMERO, por haber sustraido equipos electronicos del Grupo Aereo Nº 7Piura. CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de marzo del 2007, se produjo un Robo en la Sala de Proyecciones del Escuadron Aereo Nº 711 del Grupo Aereo Nº 7-Piura, del siguiente material: Un (1) Control Center Digital audio/video, un (1) Scanner, y un (1) DVD , pertenecientes a los Inventarios de ese Grupo Aereo; Que, con oficio C-125-6-GOP7-Nº 0928 de fecha 1903-2007, el Comandante del Grupo Aereo Nº 7-Piura, solicito al Jefe de la Division de Investigacion Criminal de la Policia Nacional del Peru-Piura, el apoyo de Personal Especialista de la Seccion Dactiloscopica, para la realizacion de la investigacion por la sustraccion de los Equipos Electronicos de esa Unidad Aerea; Que, con oficio Nº 256-2007-I-DIRTEPOL-OFICRI ­PNP-GRAF de fecha 24 de marzo del 2007, el Jefe de la Oficina de Division de Investigacion Criminal de la Policia Nacional del Peru-Piura, informa al Comandante del Grupo Aereo Nº 7, el resultado de las investigaciones realizadas, por Personal PNP de la Oficina Regional de Criminalistica, concluyendo que existe IDENTIDAD PAPILAR EN TIPOLOGIA Y SUB MORDAZA (videlto Mesodeito) entre la huella dactilar parcial recogida en el lugar de los hechos, con las impresiones dactilares (mano derecha) correspondientes al Suboficial de 2da. FAP (D) MORDAZA MORDAZA CAMERO, no visualizandose los 14 puntos caracteristicos identificatorios para el estudio de identidad plena, en razon que la huella dactilar recogida presenta en su MORDAZA morfologico dactilogramas incompletos y crestas papilares brisadas, como consecuencia del soporte y reactivo aplicado;

Que, el Suboficial de 2da FAP (D) MORDAZA MORDAZA GAMERO, en su informe de descargo presentado al Comandante del Grupo Aereo Nº 7 senala que en un momento de debilidad y empujado por las frustraciones, problemas emocionales, familiares y economicos, se apropio de los indicados equipos, manifestando estar arrepentido; Que, con fecha 20 de marzo del 2007, el Suboficial de 2da FAP(D) MORDAZA MORDAZA GAMERO, se apersono a la MORDAZA FAP de Tecnicos y Suboficiales, devolviendo los equipos sustraidos, siendo recepcionados por el TIP FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien reporto dicho hecho al Comando de la Unidad; Que, con Informe C-30 GLO7-Nº 001 de fecha 29 de marzo del 2007 el Comandante del Grupo Aereo Nº 7, informa al Comandante de Personal, sobre la falta grave disciplinaria cometida por el Suboficial de 2da. FAP MORDAZA MORDAZA GAMERO; Que, con Resolucion Comandancia General Nº 0431CGFA-CP de fecha 13 de MORDAZA del 2007 el Comandante general dispuso su sometimiento a la Junta de Investigacion de Personal Subalterno al Suboficial de 2da FAP (D) MORDAZA MORDAZA GAMERO, al imputarsele haber incurrido en falta grave de desobediencia por no cumplir con la normatividad legal de caracter General o Institucional, la misma que con Acta JIPS Nº 009 de fecha 11 de junio del 2007 recomendo su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad por Medida Disciplinaria por el periodo de seis (6) meses; asi como poner los hechos MORDAZA mencionados en conocimiento del Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Fuerza Aerea, para las acciones judiciales a que hubiera lugar, siendo esta recomendaciones aprobadas con Resolucion RCFA Nº 0660 de fecha 27 de junio del 2007; Que, con Resolucion Directoral Nº 1654-07-CP de fecha 9 de MORDAZA del 2007, se dispuso pasar a la Situacion Militar de Disponibilidad por Medida Disciplinaria por el periodo de seis (6) meses al Suboficial de 2da FAP MORDAZA MORDAZA GAMERO, disponiendo ademas al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales relativos a la Fuerza Aerea tomar conocimiento de los hechos para las acciones judiciales a que hubiera lugar; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 "Ley de Defensa y Representacion del Estado en Juicio", modificado por el Decreto Ley Nº 17667, la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aerea, debe efectuar las acciones judiciales correspondientes; y Estando a lo acordado con el senor Comandante General de la Fuerza Aerea y a lo informado por la Asesoria Juridica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aerea, para que en representacion del Estado inicie, prosiga y culmine la accion penal correspondiente formulando Denuncia contra el Suboficial de 2da FAP (D) MORDAZA MORDAZA GAMERO, al haber sustraido equipos electronicos del Grupo Aereo Nº 7-Piura. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aerea, para que proceda conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 203840-3

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 474-2008-DGP-DADPE/A-4.a.3.b/EX-COMB MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008

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