Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2008 (24/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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372783

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA

Disponen la realizacion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2008 en el distrito de MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 355-MDMM MORDAZA MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO:

sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebracion del matrimonio comunitario y con ello coadyuvar con el fortalecimiento de la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Que, dentro de ese contexto, el Departamento de Registros Civiles mediante Informe Nº 014-08-DRRCC/ MDMM, de fecha 27 de marzo de 2008, propone la realizacion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2008; Estando de conformidad con las facultades conferidas por el inciso 8) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del "SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2008" el dia 06 de MORDAZA de 2008 a horas 12:00 a.m, estableciendose como plazo MORDAZA de MORDAZA de expedientes el dia 24 de junio de 2008. Articulo Segundo.- ESTABLECER que los contrayentes que se presenten al MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2008 abonen como pago por Apertura de Expediente Matrimonial el monto de S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles), por MORDAZA, y por examen prenupcial el monto de S/. 25.00 (Veinticinco y 00/100 nuevos soles) por pareja. Articulo Tercero.- Los contrayentes, que participen en el matrimonio civil deberan presentar los siguientes documentos:

El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria No. 08 de la fecha; CONSIDERANDO: Que, es funcion especifica de los Gobiernos Locales en materia de poblacion y participacion vecinal fomentar su bienestar, siendo de su competencia organizar y administrar la prestacion de los servicios publicos esenciales, como es el caso del Registro Civil; Que, las Municipalidades dentro de su politica de tratamiento social con su comunidad brindan facilidades a

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. LA DIRECCION

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