Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2009 (04/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA y cuyo MORDAZA se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el literal g) del articulo 4° de la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, senala que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada y MORDAZA asignacion de competencias y transferencias de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales, evitando la duplicidad; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, senala en su articulo 59°, las funciones especificas que en materia de energia, minas e hidrocarburos seran transferidas a los Gobiernos Regionales; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 46° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley N° 27867, las funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las politicas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las politicas nacionales que dicta el Ministerio de Energia y Minas, ente rector del Sector; Que, el articulo 83° de la MORDAZA MORDAZA mencionada indica que, mediante Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales es que se efectivizan las transferencias de las competencias MORDAZA senaladas; Que, en este MORDAZA normativo se expiden los Decretos Supremos N° 021-2006-PCM y N° 068-2006-PCM que aprueban los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los anos 2006 y 2007, respectivamente; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 029-2007-PCM/SD, los Gobiernos Regionales, con excepcion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, han certificado el cumplimiento de los requisitos especificos minimos, y ademas han acreditado para la transferencia de funciones; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 503-2008MEM/DM se culmino el MORDAZA de acreditacion y efectivizacion de la transferencia de funciones y facultades 2007, al Gobierno Regional del Callao; Que, en el MORDAZA de las funciones transferidas, se aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias del Sector Energia y Minas para el periodo 2008, en el que estan consideradas las facultades complementarias en mineria y asuntos ambientales mineros de las funciones c) y h) del articulo 59° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, se ha verificado que los requisitos para acreditar las facultades complementarias de las funciones c) y h) del articulo 59° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales incluidos en el Plan Anual de Transferencia del 2008 del Sector Energia y Minas, son similares a los que se requirio para acreditar las funciones anteriormente transferidas; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 8° y 9° del Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas y de conformidad con los principios de subsidiariedad y complementariedad establecidos en la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales ; Con la opinion favorable de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, (en su calidad de ente encargado de dirigir y conducir el MORDAZA de descentralizacion que apruebe mediante Resolucion Ministerial la incorporacion de las facultades) efectuada mediante Informe N° 92-2008-PCM/ SD-JCR, y remitida al Ministerio de Energia y Minas por Oficio N° 2095-2008- PCM/SD; Con el Visto MORDAZA de los Presidentes de las Comisiones Sectoriales de Transferencia, del Director General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de Asesoria Juridica, y del Secretario General del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la incorporacion de facultades complementarias de mineria y asuntos ambientales mineros, contenidos en el anexo 1, que forma parte integrante de la presente Resolucion en el MORDAZA de las funciones transferidas en el MORDAZA correspondiente al ano 2007, de las funciones c) y h) del articulo 59° de la Ley N° 27867, Ley Organica de

Gobiernos Regionales, establecidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias del Sector Energia y Minas para el periodo 2008, aprobado por Resolucion Ministerial N° 118-2008-MEM/DM, al Gobierno Regional del Callao el cual ha culminado con la acreditacion y efectivizacion correspondiente a los procesos de los anos 2004, 2005, 2006 y 2007. Articulo 2°.- El Gobierno Regional a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion ministerial, debera dictar las disposiciones necesarias a fin de adecuar sus instrumentos institucionales de gestion en virtud de la incorporacion de las competencias y facultades complementarias referidas en la presente norma. Asimismo, establecera en el correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos, los procedimientos directamente relacionados con las facultades y competencias que les competa ejercer. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

ANEXO 01 PLAN DE TRANSFERENCIA SECTORIAL 2008 TRANSFERENCIA DE FACULTADES DEL SECTOR ENERGIA Y MINAS
SECTOR ENERGIA Y FACULTADES MINAS DGM DIRECCION GENERAL DE MINERIA 59 c) Fomentar y supervisar las actividades de la pequena mineria y la mineria artesanal y la exploracion y explotacion de los recursos mineros con arreglo a ley. · Aprobacion de uso de anfo para explotacion subterranea para PPM. · Denuncias de titulares mineros PPM y PMA por posible inundacion, derrumbe o incendio de labores u otras en concesiones vecinas. DGAAM DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES MINEROS 59 h) Aprobar y supervisar los Programas de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) de su circunscripcion, implementando las acciones correctivas e imponiendo las sanciones correspondientes · Evaluar , procesar y emitir opinion a denuncias por contaminacion referente a actividades de la PM y MA. · Elaborar y promover programas de proteccion ambiental y de desarrollo sostenible de las actividades de la PM y MA en coordinacion con los Gobiernos Locales. · Promover proyectos para la remediacion de areas afectadas con pasivos ambientales mineros derivados de las actividades de la PM y MA. · Promover programas de entrenamiento y capacitacion sobre temas ambientales para los pequenos productores mineros y mineros artesanales. · Procesamiento y analisis de la informacion sobre las acciones de conservacion y proteccion ambiental mediante la implementacion de un sistema de informacion ambiental en el ambito de su competencia. · Participar en los compromisos ambientales que asuman los PM y MA con las poblaciones involucradas en su accionar, considerados en el estudio ambiental.

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