Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2009 (04/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de MORDAZA de 2009

al momento de expedirse la resolucion administrativa constitutiva del derecho; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE de fecha 13 de MORDAZA del 2007, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, en cuyo numeral 5.1 se establecio que el acceso a la actividad extractiva de los citados recursos hidrobiologicos se obtiene mediante autorizaciones de incremento de flota y permisos de pesca; Que, la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, establece que el Ministerio de la Produccion exceptuara de la autorizacion de incremento de flota y otorgara permiso de pesca de jurel y caballa para el consumo humano directo a las embarcaciones de cerco con permiso de pesca para el consumo humano indirecto que contando con sistema de preservacion a bordo MORDAZA R.S.W. y que acogiendose a los convenios celebrados al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE demuestren haber realizado esfuerzo pesquero de jurel y caballa para el consumo humano directo, de acuerdo a los terminos del Reglamento de la Ley General de Pesca. Para efectos de consideracion del esfuerzo pesquero senalado en el parrafo anterior este sera computado a partir de la fecha de vigencia del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE. El plazo para solicitar el permiso de pesca es de 120 dias calendario contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo; Que, mediante los escritos del visto, la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A., acogiendose a lo establecido por la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, solicita la ampliacion del permiso de pesca para extraer los recursos jurel y caballa con la embarcacion pesquera NUEVA OFELITA con matricula Nº CO-13721-PM otorgado mediante Resolucion Directoral que se indica en el primer considerando; Que, de acuerdo a la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria anteriormente citada, excepcionalmente, se otorgara permisos de pesca para extraer los recursos jurel y caballa para consumo humano directo, a las embarcaciones pesqueras de cerco con permiso de pesca para consumo humano indirecto que contaran con un Convenio de Garantia de Fiel Cumplimiento para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa, y ademas demostraran esfuerzo pesquero en dichos recursos a partir de la vigencia del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE (07/09/2002) hasta la fecha en que se publico el Reglamento de Ordenamiento pesquero de Jurel y Caballa (13/04/2007); Que, de la evaluacion efectuada a la solicitud y a los antecedentes que obran en el expediente administrativo, se ha determinado que AUSTRAL GROUP S.A.A., recien acredito de manera formal, esfuerzo pesquero de jurel y caballa con la embarcacion pesquera NUEVA OFELITA con matricula Nº CO-13721-PM, de 440.64 m3 de capacidad de bodega, despues de la entrada en vigencia del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, por lo que resulta improcedente la solicitud presentada por la citada empresa; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante el Informe Nº 097-2009-PRODUCE/DGEPPDch y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE ; Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General ; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y Resolucion Ministerial Nº 071-2001-PE; SE RESUELVE:

litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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RELACIONES EXTERIORES
Autorizan al Ministerio de Agricultura y al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales
RESOLUCION SUPREMA Nº 130-2009-RE
MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Oficio Nº 536-2009-AG-SEGMA, de fecha 6 de marzo de 2009, del Ministerio de Agricultura por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de las cuotas del ano 2009 al Grupo Consultivo de Investigacion MORDAZA Internacional (CGIAR) y al Instituto Interamericano de Cooperacion para la Agricultura (IICA); CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura a efectuar el pago de cuotas, a los siguientes organismos internacionales:
ORGANISMO Grupo Consultivo de Investigacion MORDAZA Internacional (CGIAR) Cuota del ano 2009 Instituto Interamericano de Cooperacion para la Agricultura (IICA) Cuota del ano 2009 US$ DOLARES AMERICANOS 500,000.00 121,863.00

Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de ampliacion de permiso de pesca para la extraccion de los recursos jurel y caballa con la embarcacion pesquera NUEVA OFELITA con matricula Nº CO-13721-PM, presentada por la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales del

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