Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2009 (04/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de MORDAZA de 2009

capacitados; y en su Capitulo 3, precisa que una vez que los investigadores adquieran cierta experiencia, deberian inscribirse en un curso avanzado de investigacion de accidentes que les permita actualizarse en materia de tecnicas basicas y perfeccionar sus conocimientos en aspectos especiales que incumben a la investigacion de accidentes; Que, la "National Transportation Safety Board" NTSB dictara el Curso "Aircraft Accident Investigation", en la MORDAZA de Ashburn, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 13 al 24 de MORDAZA de 2009, que tiene como objetivo proveer a los participantes, una vision global de los procedimientos, metodos usados y las habilidades requeridas para investigar un accidente de aviacion, entre otros; Que, el senor MORDAZA MORDAZA Rieckhof, Especialista de Operaciones, fue asignado a la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion para apoyar en la investigacion de accidentes en el area de operaciones; Que, para los efectos de su labor, debe actualizar los conocimientos adquiridos en el ano 2000 en el "XLIV Curso de Seguridad de Vuelos e Investigacion de Accidentes Aeronauticos" dictado por el "Centro de Investigacao e Prevencao de Accidentes Aeronauticos" - CENIPA, en Brasilia, Brasil; Que, resulta necesaria la participacion del senor MORDAZA MORDAZA Rieckhof en el mencionado curso, ya que permitira definir los cinco aspectos mas importantes del manejo de la situacion en la MORDAZA del accidente, identificar como las recomendaciones se desarrollan y emiten, captar las tecnicas de entrevista a fin de conseguir informacion mas precisa, diferenciar las fallas estructurales causantes del accidente y los danos resultantes del accidente, e interactuar con los medios en la MORDAZA del accidente mientras dure la investigacion; Que, los gastos por concepto de pasajes, viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el 5 de marzo de 2009, la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion emitio la Certificacion del Credito Presupuestario Nº 02228-2009, de conformidad con lo establecido en el articulo 77º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, Decreto Supremo Nº 047-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Rieckhof, Especialista de Operaciones de la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del 12 al 25 de MORDAZA de 2009, a la MORDAZA de Ashburn, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolucion seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo a los siguientes terminos:
Viaticos Pasaje Aereo Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto US$ 2,860.00 US$ 2,692.70 US$ 31.00

Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU. y MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 270-2009-MTC/02
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Informe Nº 154-2009-MTC/12 del 17 de marzo de 2009 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 095-2009-MTC/12.04 del 10 de marzo de 2009 emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizaran los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Lan Peru S.A. ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de MORDAZA de 2009, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Lan Peru S.A. ha cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de

Articulo 3º.- Dentro de los siete (7) dias calendario de su retorno al MORDAZA, el referido profesional debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el profesional mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, debera presentar dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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