Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2009 (20/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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Articulo 2°.- GAM CORP S.A., debera operar su planta de congelado de productos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final; asi como debera poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion verificados por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun se senala en la MORDAZA de Verificacion Ambiental Nº 030-2008-PRODUCE/DIGAAP del 01 de diciembre de 2008; y ademas cumplir los requerimientos y condiciones operativos establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo N° 040-2001-PE, sustentados en el Protocolo Tecnico para Licencia de Operacion N° PTL-012-08-CGSANIPES del 03 de diciembre de 2008. Articulo 3°.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 4°.- Incorporar a la empresa GAM CORP S.A. en la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, como titular de la licencia de operacion de la planta de congelado descrita en el Articulo 1º de la presente resolucion directoral. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion ­ MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 314585-6

Rectifican error material contenido en diversas resoluciones directorales a fin de incluir a personas naturales como titulares de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 052-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 21 de enero del 2009 Visto los escritos de registro Nº 00076834 de fecha 17 de octubre, 00089963 de fecha 09 de diciembre y 00092043 de fecha 15 de diciembre del 2008, presentados por RAMONA ECCA DE PANTA. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 073-99-CTARPIURA-DIREPE-DR, de fecha 01 de MORDAZA de 1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA Y ESPOSA, y MORDAZA MORDAZA ECA Y ESPOSA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional MORDAZA MORDAZA, con matricula PT18509-CM, de 62.61 m3 de capacidad de bodega, para dedicarla a la extraccion de los recursos cachema, suco, cabrilla, jurel caballa y MORDAZA, para consumo humano directo, utilizando red de cerco con longitud de abertura de malla de 1½ pulgada (38 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que por Resolucion Directoral Nº 120-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR de fecha 27 de noviembre del 2000, se amplio el permiso de pesca a plazo determinado otorgado por Resolucion Directoral Nº 073-99-CTAR PIURA/DIREPE-DR, al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA y ESPOSA; y MORDAZA MORDAZA ECA y ESPOSA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de matricula PT-18509-CM, con 18.83 de Arqueo Neto, equivalente a 62.61 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm), y

1½ pulgada (38 mm), de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas, fuera de las cinco (05) millas de la costa; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 0662004-GRP-420020-100 de fecha 15 de junio del 2004, se modifico la Resolucion Directoral Nº 073-99-CTARPIURA/DIREPE-DR, modificada por la Resolucion Directoral Nº 120-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR, en el extremo referido al volumen de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA, de matricula PT-18509-CM, consignandose 79.13 m3, Que mediante escritos del visto, la senora RAMONA ECCA DE MORDAZA, manifiesta ser conyuge del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA, armador de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA, de matricula PT-18509-CM, y que al expedirse la Resolucion Directoral Nº 073-99CTAR-PIURA-DIREPE-DR, modificada por la Resolucion Directoral Nº 120-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR; y Resolucion Directoral Nº 066-2004-GRP-420020-100, no se consigno su nombre como titular del permiso de pesca de la embarcacion en referencia, solicitando se le incluya en la resolucion autoritativa a fin de que se le permita acreditar su condicion de propietaria; Que el Articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; asimismo, el Articulo 107º de la misma Ley, senala que cualquier administrado con capacidad juridica tiene derecho a presentarse personalmente o hacerse representar ante la autoridad administrativa, para solicitar por escrito la satisfaccion de su interes legitimo, obtener la declaracion, el reconocimiento u otorgamiento de un derecho, la MORDAZA de un hecho, ejercer una facultad o formular legitima oposicion; Que los antecedentes administrativos asi como los documentos presentados por el administrado, se desprende que las Resoluciones Directorales Nº 073-99CTAR-PIURA-DIREPE-DR, modificada por la Resolucion Directoral Nº 120-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR, y Resolucion Directoral Nº 066-2004-GRP-420020-100, contienen un error material al consignarse como titulares del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA, de matricula PT-18509-CM, a los armadores MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ECA, y omitir el nombre de sus respectivas conyuges, por lo que resulta procedente incluirlas en la resolucion de permiso de pesca de la mencionada embarcacion. Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 0182009-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 09 de enero, y 0031-2009-PRODUCE de fecha 12 de enero del 2009 respectivamente, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y la Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Rectificar el error material contenido en las Resoluciones Directorales Nº 073-99-CTAR-PIURADIREPE-DR, modificada por la Resolucion Directoral Nº 120-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR, y Resolucion Directoral Nº 066-2004-GRP-420020-100, incluyendo a las senoras RAMONA ECCA DE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, como titulares del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA, de matricula PT-18509-CM. Articulo 2º.- Incorporar la presente Resolucion Directoral incluyendo los nuevos nombres, al Literal N del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento,

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