Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2009 (20/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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Moratorio (TIM) aplicable al pago MORDAZA de las deudas tributarias de los tributos administrados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Mar. Articulo Segundo.- La TIM aprobada mediante la presente disposicion se actualizara cada vez que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) modifique la tasa de interes moratorio aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional de los tributos que MORDAZA administra. POR TANTO La promulgo en MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a los Treinta dias del mes de enero del 2009 y mando que se publique y cumpla MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA

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Declaran extinguidos los convenios de fraccionamiento que incluyan deudas por concepto de Arbitrios Municipales de los anos 2002, 2003, 2004 y 2005, que hayan sido incumplidos total o parcialmente por los contribuyentes
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2009/MSMM
MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 30 de enero de 2009 EL CONCEJO DE MORDAZA MORDAZA DEL MAR: VISTOS, el Informe Nº 050-2008-OAT/GM/MDSMM de La Oficina de Administracion Tributaria; sobre los saldos pendientes de cobro por concepto de Fraccionamiento Tributario, que comprende deudas por concepto de Arbitrios Municipales correspondiente a los anos 2002, 2003, 2004 y 2005 ascendente a (treinta y dos mil doscientos catorce y 95 nuevos soles) S/. 32,214.95 nuevos soles; CONSIDERANDO: Que, mediante las Sentencias N° 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, dictadas en el ano 2005, el Tribunal Constitucional se pronuncio en MORDAZA de inconstitucionalidad sobre diversos temas relacionados con el ejercicio de la potestad tributaria municipal en la creacion y determinacion de arbitrios; sentando jurisprudencia vinculante sobre todos aquellos casos similares que sin ser parte de dichos procesos de inconstitucionalidad, presenten Ordenanzas sobre arbitrios con la misma problematica; Que, mediante Ordenanza Nº 70-MDSMM, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA ajusta los Arbitrios Municipales de los ejercicios 2002, 2003, 2004 y 2005, a las disposiciones del Tribunal Constitucional; siendo denegada su ratificacion por la Municipalidad Metropolitana de Lima; mediante Acuerdo de Concejo Nº 462 del 27 de diciembre del 2005, sustentado que los ingresos percibidos por la Municipalidad en esos ejercicios, excedian el costo en que se habia incurrido para prestar los servicios que se financian con los arbitrios; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 014-2007/MSMM de fecha 21 de Setiembre del 2007, El Concejo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Acordo Dejar sin efecto la cobranza de los recibos que estuvieran pendientes de pago por concepto de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios 2002, 2003, 2004 y 2005; autorizandose la quiebra e incineracion de los recibos, con las seguridades que establezcan las normas tecnicas de control; Que, asimismo, parte de las deudas contenida en los convenios de fraccionamiento suscritos en virtud de la Ordenanza Nº 042, publicado el 01 de agosto del 2003, han devenido en inexigibles en virtud a lo establecido por el Tribunal Constitucional, recaida en el expediente Nº 053-2004-PI/TC, razon por la que resulta necesario establecer los procedimientos que permitan la modificacion ordenada de estos convenios; Que, asimismo la sentencia dispone que lo establecido surte efectos a partir del dia siguiente de su publicacion y, por lo tanto, no habilita la devolucion o compensacion de pagos efectuados a consecuencia de las Ordenanzas formalmente declaradas inconstitucionales o que presenten vicios de constitucionalidad; Que, de la revision de lo Saldos por Cobrar que se ha venido contabilizando por concepto de Fraccionamiento Tributario, se ha verificado la existencia de Convenios de Fraccionamientos que comprenden deudas por concepto de Arbitrios Municipales correspondiente a los anos 2002, 2003,

2004 y 2005 ascendente a (Treinta y dos mil doscientos catorce y 95/100 Nuevos Soles) S/. 32,214.95 Nuevos Soles; que corresponde al monto insoluto y derecho de emision de los referidos tributos, sin el agregado de intereses, conforme se aprecia en el detalle del anexo Nº 1; Que, los fraccionamientos pendientes de pago que incluyan deudas por Arbitrios Municipales de los anos 2002, 2003, 2004 y 2005, seran extinguidos; debiendose aplicar los pagos efectuados por cada cuota de los convenios de fraccionamiento, hasta el 17/08/2005; fecha en que se publico la Sentencia del Tribunal Constitucional N° 0053-2004-AI/TC, en forma proporcional al Impuesto Predial y a los Arbitrios Municipales de mayor antiguedad comprendidos en cada fraccionamiento; Que, estando a lo MORDAZA expuesto y teniendo en consideracion la opinion del Asesor Legal Externo de la Municipalidad, procede adoptar las decisiones necesarias para establecer los procedimientos que permitan la modificacion ordenada de los convenios de fraccionamiento; depurando y sincerando los saldos por cobrar de la Contabilidad de la Municipalidad; y; Conforme lo que dispone el articulo, 36º del Codigo Tributario modificado por la ley Nº 27038; En uso de las atribuciones que le confiere la ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se adopto el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Declarar extinguidos los convenios de fraccionamiento que incluyan deudas por concepto de Arbitrios Municipales de los anos 2002, 2003, 2004 y 2005, que han sido total o parcialmente incumplidos por los contribuyentes. Articulo Segundo.- Disponer que los pagos que los contribuyentes hubiesen realizado en cumplimiento del convenio del fraccionamiento, hasta el 17/08/2005, fecha en que se publico la resolucion emitida por el Tribunal Constitucional recaida en el Expediente No 0053-2004-AI/TC, y que se declara extinguido conforme al articulo precedente, se aplicara en forma proporcional al Impuesto Predial y a los Arbitrios Municipales de las obligaciones de mayor antiguedad comprendidas en el convenio de fraccionamiento. Articulo Tercero.- Disponer que los saldos que resulten pendientes de pago en los convenios de fraccionamiento extinguidos que correspondan a Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente a los anos 2002, 2003, 2004 y 2005 se declaran incobrables y extinguidas. Articulo Cuarto.- Disponer que los saldos que resulten pendientes de pago en los convenios de fraccionamiento extinguidos que corresponda a Impuesto Predial y a Arbitrios Municipales por periodos distintos a los senalados en el articulo primero, se sometan a ejecucion coactiva, conforme lo establecido en el Codigo Tributario. Articulo Quinto.- Autorizar la celebracion de nuevos convenios de fraccionamiento con los deudores comprendidos en el articulo primero por los saldos que no resulten extinguidos en virtud de este acuerdo. Para este efecto, se actualizaran las obligaciones tributarias en la forma prevista por el Codigo Tributario y se MORDAZA un MORDAZA plazo que no excedera del 31 de diciembre del 2009. Articulo Sexto.- Autorizar la quiebra e incineracion de los recibos correspondientes a los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente a los anos 2002, 2003, 2004 y 2005 por un monto total de Treinta y dos mil doscientos catorce y 95 Nuevos Soles (S/. 32,214.95), conforme al anexo 01 que forma parte del presente acuerdo. Articulo Setimo.- Encargar al Gerente Municipal y al Jefe de la Oficina de Control Institucional la supervision de la rectificacion de los asientos contables y el quiebre de los recibos de las obligaciones tributarias a que se contrae el presente acuerdo, conforme al detalle del anexo 01. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA

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Establecen calendario para el pago de Arbitrios Municipales del ejercicio 2009
DECRETO DE ALCALDIA N° 004 - 2008-MSMM
MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 22 de octubre de 2008 EL MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DEL MAR:

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