Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2009 (20/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES
ANEXO I
ESTRUCTURA DE COSTOS - DERECHO DE COSTO DE EMISION EJERCICIO 2009
CONCEPTO UNIDAD CANTID MEDIDA COSTO % UNITARIO DEDICAC COSTO TOTAL 153,894.17 6,770.82 1 1 1 1 persona persona persona persona 4,824.36 1,600.00 1,600.00 3,000.00 28% 100% 100% 74% 1,350.82 1,600.00 1,600.00 2,220.00 147,123.35 168.00 30.00 128,000.00 18,925.35 895.38 845.38 1 persona 5,635.87 15% 845.38 50.00 50.00 154,789.55 100.00 0.58 % 99.42

391269

COSTOS DIRECTOS COSTO DE MANO DE OBRA DIRECTA (*) Personal Nombrado Depurador de la base de datos Personal Contratado (CAS) Analista de Registros Verificador de registros Analista de la Gerencia de Tecnologias de la Informacion OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES Materiales Toner Papel Servicios de terceros Servicio de impresion Servicio de Distribucion dentro y fuera del distrito COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS COSTO DE MANO DE OBRA INDIRECTA Personal Nombrado Jefe de Unidad de Servicio y Orientacion Tributaria GASTOS INDIRECTOS Y ADMINISTRATIVOS Otros Movilidad TOTAL GENERAL

1 1 1 1

unidad millar servicio servicio

280.00 30.00 128,000.00 18,925.35

60% 100% 100% 100%

1

recibo

50.00

100%

(*) Se esta considerando la dedicacion promedio del personal de cada area operativa.

315121-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Disponen el uso del Estadio Municipal previo pago de la tasa establecida en el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 00026-2009/MDSA
MORDAZA MORDAZA, 17 de enero del 2009 VISTO: En sesion ordinaria de Concejo del 29.11.08, el DICTAMEN Nº 003-2008-CCEDRAJ/MDSA emitido por la Comision de Cultura, Educacion, Deporte, Recreacion y Asuntos Juridicos con respecto al alquiler del Estadio Municipal de MORDAZA Anita. CONSIDERANDO: Que la Constitucion Politica del Estado, en el Articulo 192º establece que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, que ademas pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; y organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad. Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en su Art. 9º inc. 8) que el Concejo Municipal puede aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 014-2008-MDSA se dio en cesion en uso el Estadio Municipal a favor de la Liga Deportiva Distrital de Futbol de MORDAZA MORDAZA, desde el 26 de febrero 2008 hasta el 26 de junio de 2008. Que, mediante Informe Nº 576-2008/SGSSESRDPV/ GSPDS/MDSA, la Subgerencia de Servicios Sociales, Educacion, Salud, Recreacion, Deporte y Participacion Vecinal, da cuenta que la citada Asociacion no cumplio con los compromisos asumidos en la cesion de uso, como el cuidado y mantenimiento de las instalaciones deportivas y la promocion de practicas deportivas con participacion de jovenes del distrito, limitandose

solo a realizar sus campeonatos los dias sabados y domingos, y se cobraba las entradas al publico. En dicho documento, la Subgerencia de Servicios Sociales, Educacion, Salud, Recreacion, Deporte y Participacion Vecinal manifiesta que realizo una evaluacion situacional del escenario deportivo cuyo resultado puso en evidencia el inadecuado mantenimiento de dicha infraestructura. Que, el Estadio Municipal es un bien de propiedad municipal que debe estar al servicio de toda la poblacion santanitense y su uso debe estar supeditado al pago de una tasa establecida en el MORDAZA, que debe ser irrestricto para toda organizacion que lo solicite, incluyendo instituciones educativas publicas y privadas, instituciones gubernamentales, organizaciones sociales de base y el empresariado. Que, el Estadio Municipal necesita generar sus propios recursos para lograr su mejoramiento, tanto en infraestructura como en la calidad del servicio que se debe brindar a la comunidad santanitense, no solo mediante actividades deportivas, sino tambien a traves de eventos culturales y recreacionales. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 10º y Art. 41º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprueba la siguiente ORDENANZA: Articulo Primero.- DISPONER el uso del Estadio Municipal previo pago de la tasa establecida en el MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA Anita. Articulo Segundo.- Las instituciones publicas o privadas, que pertenezcan al distrito de MORDAZA MORDAZA, que requieran utilizar el Estadio Municipal por mas de cinco horas, obtendran un descuento del 20% sobre el monto total. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia General, Gerencia de Servicios Publicos y Desarrollo Social y areas administrativas correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa

314343-1

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