Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2009 (12/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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NTP 209.103: 1975 NTP 209.132: 1979 NTP 209.184:1981 NTP 011.110:1974 NTP 011.005 1975

ESPECIAS Y CONDIMENTOS. Determinacion de materias extranas. 1ª Edicion ESPECIAS Y CONDIMENTOS. Determinacion de cenizas. 1ª Edicion ESPECIAS Y CONDIMENTOS. Especias en polvo. Determinacion de impurezas. 1ª Edicion HORTALIZAS. Yuca. 1ª Edicion FRUTAS. Platanos. 1ª Edicion

Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Ruiloba Rossel, MORDAZA Novak Talavera y MORDAZA MORDAZA Blasco. Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias 370824-2

ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Fijan el MORDAZA 21 de noviembre de 2010 como nueva fecha para llevar a cabo el Referendum Nacional para la aprobacion o desaprobacion del "Proyecto de Ley de Devolucion de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que contribuyeron al mismo"
RESOLUCION Nº 312-2009-JNE MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones Nºs. 331-2008-JNE y 331-A-2008-JNE, de fecha siete de octubre de dos mil ocho, el MORDAZA Nacional de Elecciones convoco a Referendum Nacional para la aprobacion o desaprobacion del texto de la iniciativa legislativa de la Asociacion Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Peru: "Proyecto de Ley de Devolucion de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que contribuyeron al mismo"; Que, no obstante haberse solicitado oportunamente al Ministerio de Economia y Finanzas la partida correspondiente para llevar a cabo el referendum (Oficios Nºs. 381-2008-P/JNE, 399-2008-P/JNE y 4032008-P/JNE), este no ha atendido el pedido formulado, razon por la que se reitero dicha solicitud (Oficios Nºs. 2905-2008-SG/JNE y 002-2009-SG/JNE) ante la proximidad de la fecha convocada para la consulta popular ya senalada, sin tener respuesta al respecto; motivo por el que este supremo organismo electoral en sesion de Pleno acordo, mediante Resolucion Nº 2852009-JNE, postergar el referendum para nueva fecha; Que, es necesario precisar y dejar en MORDAZA que el incumplimiento del cronograma electoral se debio al no otorgamiento de los recursos presupuestarios por parte del Ministerio de Economia y Finanzas al no asignar la partida correspondiente. Por tratarse de un MORDAZA electoral, no previsto en el calendario fijo de elecciones, no fue incluido en el presupuesto del Sistema Electoral elaborado por el MORDAZA Nacional de Elecciones y entregado al MEF en el mes de MORDAZA de 2008. Sin embargo, una vez convocado, se pidio de inmediato el presupuesto adicional correspondiente, tal como lo dispone el articulo 373º de la Ley Organica

de Elecciones Nº 26859 que expresa: "Convocado un MORDAZA electoral no previsto en el calendario fijo, los demas organismos del Sistema Electoral coordinan con el MORDAZA Nacional de Elecciones la MORDAZA de los presupuestos requeridos. El MORDAZA Nacional de Elecciones debe presentarlo ante el Poder Ejecutivo dentro del plazo de siete (7) dias naturales contados a partir de la convocatoria". Que, ademas, el actual Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, doctor MORDAZA Sivina MORDAZA, incluyo el petitorio de recursos adicionales para llevar a cabo el referendum al sustentar, en fecha 26 de noviembre de 2008, el presupuesto del Sistema Electoral ante el Pleno del Congreso de la Republica; Que, de las coordinaciones efectuadas hasta la fecha, no se tiene la certeza que el Ministerio de Economia y Finanzas otorgue el presupuesto que se requeriria para la celebracion del referendum nacional en el presente ano; Que, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones establecer una nueva fecha para el efectivo ejercicio del derecho de participacion por parte de la ciudadania en el Referendum Nacional que ya ha sido materia de pronunciamiento de este organismo electoral; Que, a fin de evitar que se produzca una situacion similar a la aludida y con el proposito de efectuar un uso eficiente y eficaz de los recursos del Estado en correspondencia con una politica de austeridad, disciplina y transparencia que permita racionalizar el gasto publico sin relegar el cumplimiento de los objetivos institucionales y nuestras funciones constitucionales, el MORDAZA Nacional de Elecciones debe buscar las salidas legales ante el entrampamiento que ha supuesto tanto la no prevision presupuestaria, en su momento, como la no disposicion de recursos financieros, en la actualidad, por parte de diversos organos del Estado; Que, el articulo 46º de la Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos Nº 26300, faculta a la autoridad electoral a acumular las iniciativas que se acrediten y someterlas a consulta ciudadana en forma conjunta o con otros procesos electorales; Que, el tercer MORDAZA del mes de noviembre del ano 2010 deben llevarse a cabo las Elecciones Regionales y Municipales, de conformidad con los articulos 4º de la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683 y 3º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; siendo factible realizar el referendum de forma conjunta, lo que significaria un ahorro del presupuesto requerido; El MORDAZA Nacional de Elecciones, por las consideraciones precedentes y en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Primero.- FIJAR el MORDAZA 21 de noviembre de 2010 como nueva fecha para llevar a cabo el Referendum Nacional para la aprobacion o desaprobacion del "Proyecto de Ley Devolucion de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que contribuyeron al mismo", dia en el que por ley deberan realizarse las Elecciones Regionales y Municipales. Segundo.- COMUNICAR a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), a efectos de que tengan conocimiento de la presente Resolucion y procedan conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBERTI MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 367903-1

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