Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2009 (12/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de MORDAZA de 2009

DENOMINACION ACTUAL DENOMINACION MODIFICADA Subgerencia de Gestion de Subgerencia de Gestion de Residuos Solidos Residuos Solidos y Saneamiento Ambiental Articulo Tercero.- INCORPORAR al T.U.O. del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lince, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, incorporandose las modificaciones senaladas en los articulos precedentes. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Octavo.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y el integro del T.U.O del Reglamento de Organizacion y Funciones en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Distrital de Lince: www. munilince.gob.pe, y en el MORDAZA electronico del Servicio al Ciudadano y Empresas. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 370692-1

aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2005-EM, el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 312-MPL, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 23 de MORDAZA de 2009, el mismo que tendra el siguiente texto: "Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del tramite y pago de tasas municipales referente a los procedimientos de autorizacion de conexiones domiciliarias de gas natural, establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA vigente, para la empresa instaladora o concesionaria del servicio de gas natural; quedando solo como requisito obligatorio el envio de una comunicacion en forma mensual con el listado de conexiones domiciliarias al servicio publico de gas natural efectuadas en dicho periodo, a fin que el organo municipal correspondiente realice la fiscalizacion de las obras y constate la debida reposicion de las areas de dominio y uso publico. Para el caso de la instalacion y/o ampliacion de redes de servicios publicos o similares, se debera presentar como requisitos para la emision de la autorizacion municipal correspondiente, las especificaciones tecnicas (planos, memoria descriptiva, cronograma de obras) y demas requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA vigente de la Municipalidad. Articulo Segundo.- DISPONER que la presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 370691-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Modifican Ordenanza Nº 312-MPL referente a las conexiones domiciliarias de gas natural
ORDENANZA Nº 320-MPL Pueblo Libre, 25 de junio de 2009 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 08 de la fecha; de conformidad con el Dictamen Nº 026-2009-MPL/CPL-CPAFP; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar y los articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las municipalidades distritales son organos de gobierno local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, teniendo en cuenta que mediante Ordenanza Nº 312-MPL, se dicto un regimen especial, excepcional y temporal para la promocion en el distrito de Pueblo Libre de las conexiones domiciliarias de Gas Natural, el mismo que de conformidad a lo dispuesto en el articulo MORDAZA de dicha ordenanza tendra vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010, es necesario expandir y acelerar el alcance de dicho servicio publico a mas vecinos del distrito en dicho lapso de tiempo, por lo que resulta necesario flexibilizar los requisitos que actualmente se solicitan en los procedimientos de conexiones domiciliarias de Gas Natural en el distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 312-MPL Articulo Primero.- MODIFICAR, de conformidad con lo establecido en la Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural Nº 27133 y su Reglamento

Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 321-MPL Pueblo Libre, 25 de junio de 2009 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Extraordinaria Nº 02 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, dispone que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, estando a lo previsto en el articulo 38º numeral 38.5) de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Ordenanza Municipal; Que, de acuerdo a lo opinado por la Gerencia de Servicios al Vecino en el Informe Nº 041-2009-MPL-GSV, por la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones en el Informe Nº 164-2009-MPL-GSV-SGLA, por la Unidad de Contabilidad en su Informe Nº 106-2009-MPL-OA/UC, por la Oficina de Asesoria Juridica en el Informe Nº 129-2009MPL/OAJ, contando con la conformidad de la Gerencia Municipal segun el Proveido Nº 616-2009-MPL-GM, y con Dictamen favorable de la Comision Permanente de Administracion, Finanzas y Presupuesto Nº 028-2009MPL/CPL-CPAFP; De conformidad con lo expuesto; y en uso de las facultades contenidas en los numerales 8) y 9) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa

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