Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2009 (12/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

399026

PROYECTO
ANEXO II ACTA DE SUPERVISION DE CONTROL DE CALIDAD DE BIOCOMBUSTIBLES EN PLANTAS Y REFINERIAS

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de MORDAZA de 2009

Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 222, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA Telef.: 219-3400 Fax 264-3739/219-3413

Acta de Supervision de Control de Calidad de Biocombustibles Nº Plantas y Refinerias
Supervisor Supervisado Nombre Comecial Direccion Dpto. / Prov. / Dist. Biodiesel B100 Producto que almacena Alcohol Carburante Telef. D.N.I.

-CCBIO-GFHL-20__ __

Fecha R.U.C. Codigo Osinergmin Codigo Establec. N° Reg. D.G.H.

Con el objeto de dar cumplimiento a los reglamentos vigentes y con las facultades previstas en la Ley de Creacion de OSINERGMIN ­ Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, Ley Nº 26734 y modificatorias; en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley N° 27332 y modificatorias; en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley N° 27699; y en el Reglamento General de OSINERGMIN, Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; el supervisor o funcionario del OSINERGMIN se constituyo en el establecimiento supervisado constatandose que almacena:

Producto
Total de Tanques N° de tanque N° Patio/Zona/Bloque Cap. MORDAZA (bbl/ /gl/ /)

Biodiesel B100

Alcohol Carburante

Nivel de Combustible (pies/plg) Volumen de combustible N° de Valvulas totales (en/sa)

Asimismo, se ha procedido a tomar muestras de los tanques senalados en la presente Acta, de acuerdo a lo establecido en el Anexo I de la Resolucion de Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria N° XXXX-2009-OS/CD, mediante la cual se aprueba el Procedimiento de Control de Calidad de los Bicombustibles, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley N° 27699, en concordancia con el literal b) del articulo 6 del Reglamento para la Comercializacion de Bicombustibles, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-EM, modificado por el articulo 1 del Decreto Supremo N° 064-2008-EM.

Se extrajeron muestras de biocombustibles para el laboratorio: Si 1 (Laboratorio)

/ No 1 (Laboratorio)

Producto

2 (Dirimencia)

Producto

2 (Dirimencia)

Biodiesel B100 Alcohol Carburante

P R E C I N T O

P R E C I N T O

Observaciones:

La toma de muestras del (los) producto(s) se efectuaron en presencia de: Nombres y Apellidos D.N.I. Nº Cargo Firma representante del OSINERGMIN Hora Firma del representante del establecimiento o unidad

EXPOSICION DE MOTIVOS El articulo 5° de la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley N° 26221, establece que OSINERGMIN es el Organismo encargado de fiscalizar los aspectos legales y tecnicos de las actividades de hidrocarburos que se desarrollan en el territorio nacional; Que, el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a traves de resoluciones; Asimismo, el articulo 5º de la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley Nº 27699, establece que OSINERGMIN ejerce de manera exclusiva la facultad de control de calidad de combustibles liquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos en las actividades que se encuentren bajo el ambito del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005EM. De la misma manera, lo dispuesto por el articulo 3º de la citada Ley establece que OSINERGMIN, a traves

de su Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que normen los procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-EM, se aprobo el Reglamento para la Comercializacion de Biocombustibles, cuyo literal b) del articulo 6º dispone que el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN es el organo competente para la supervision y fiscalizacion de la comercializacion, transporte y calidad de los Biocombustibles, y sus mezclas con gasolinas y Diesel Nº 2; En virtud de lo MORDAZA senalado y a fin de cumplir de forma eficiente la funcion de supervision y fiscalizacion encomendada respecto al control de la calidad de los biocombustibles que se expenden a traves de las Plantas de Abastecimiento, Terminales y Refinerias; OSINERGMIN ha elaborado el Procedimiento de Control de Calidad de los Biocombustibles que permita verificar si los combustibles en mencion, cumplen con las normas tecnicas vigentes de calidad;

370708-2

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