Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2009 (20/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley"; Que, el articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nro.1792006-MEM/DM, establece: "Declarar que los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, (...), Tacna y Ucayali, han concluido con el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, (...), siendo a partir de la fecha competentes para el ejercicio de las mismas"; Que, conforme al Anexo 1 de la Resolucion Ministerial Nro. 179-2006-MEM/DM, se establecen funciones acreditadas y transferidas al Gobierno Regional Tacna en materia de Energia, como son: "b) Promover las inversiones en el sector, con las limitaciones de Ley; d) Impulsar proyectos y obras de generacion de energia y electrificacion MORDAZA rurales, asi como para el aprovechamiento de hidrocarburos de la region. Asimismo, otorgar concesiones para minicentrales de generacion electrica. (...); e) Conducir, ejecutar, supervisar y cooperar en programas de electrificacion rural regionales, en el MORDAZA del Plan Nacional de Electrificacion Rural"; Que, existiendo niveles de pobreza poblacional principalmente en las areas rurales que no tienen acceso a la energia electrica, sumada la escasez de otras infraestructuras y servicios, la falta de energia resulta muy onerosa para la provision de servicios basicos, baja calidad de MORDAZA, pocos cuidados en aspectos de salud y educacion deficiente, determinan finalmente limitadas oportunidades para un desarrollo economico. La incidencia de la pobreza en las zonas rurales senala la importancia de invertir en la provision de infraestructura basica, tal como la energia electrica, como parte de la agenda nacional para el desarrollo de las zonas rurales; Que, las autoridades del Gobierno Regional de Tacna son conscientes de la necesidad de la ampliacion de la frontera electrica a nivel regional, la cual permitira contribuir al desarrollo socio-economico, mejorando la calidad de MORDAZA de los habitantes, reduciendo los indices de pobreza y fomentando la integracion de los pueblos. Es por eso, que estando a la evolucion del consumo de electricidad de la Region Tacna, en los ultimos cinco anos, segun datos proporcionados por ELECTROSUR S.A. y siendo necesaria la creacion de un ente coordinador de las politicas energeticas de la Region, respecto de las instancias nacionales para establecer espacios de concertacion a fin de la implementacion de actividades de electrificacion; desde el Gobierno Regional Tacna con la participacion de la sociedad civil y de las instituciones involucradas en actividades energeticas, el mismo que se oriente a obtener la electrificacion de la Region Tacna; Que, con Oficio Nro. 223-2008-GGR-PR-GOB.REG. TACNA, la Presidencia Regional remite al Consejo Regional la propuesta normativa, con la finalidad de que sea aprobada mediante Ordenanza Regional, adjuntando a la misma el Informe Nro. 114-2008-GRPPAT/GOB. REG.TACNA de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, asimismo el Informe Nro. 353-2008.ORAJ/G.R.TACNA de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y el Informe Nro. 015-2008SGPI-GRDE/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, todos los documentos opinan y recomiendan la aprobacion de la propuesta normativa; Que, se deriva a la Comision Ordinaria de Desarrollo Economico del Consejo Regional, la propuesta normativa "Crease el Consejo Regional de Energia de Tacna"; en ese sentido, con Dictamen Nro.003-2008-CR-CODE, la Comision Ordinaria de Desarrollo Economico, aprueba la iniciativa normativa; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: CREASE EL COMITE REGIONAL DE ENERGIA DE LA REGION TACNA. Articulo Segundo: CONFORMAR el Comite Regional de Energia de la Region Tacna, integrado por: a) El Presidente Regional o a quien delegue, quien lo preside; b) Gerente Regional de Desarrollo Economico;

c) Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente; d) Director Regional Sectorial de Energia y Minas; e) Presidente del Directorio de la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad ­ ELECTROSUR S.A.; f) Colegio de Ingenieros de Tacna; g) Rector de la Universidad Nacional "Jorge Basadre Grohmann" de Tacna; h) Un Representante de los Gobiernos Locales de Tacna; i) Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Minas ­ OSINERGMIN. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Economico y Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas, para que en coordinacion con los demas entes regionales implementen la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia veintisiete de Febrero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia seis de Marzo del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan Paraderos de Transporte Publico en la Av. MORDAZA MORDAZA, distrito de Los MORDAZA
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 833-2009-MML/GTU-SRT
MORDAZA, 2 de marzo de 2009 VISTOS, El Informe Nº 058-07-arma de fecha 17 de MORDAZA del 2007 de la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte; y CONSIDERANDO: Que, el acapite 7.1 del inciso 07 del articulo 161º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que: "La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene las siguientes competencias y funciones metropolitanas especiales: 7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte publico"; Que. la Ordenanza Nº 341-MML, en su articulo 7º establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, mantenimiento, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima;

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