Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2009 (20/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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Aprueban Procedimiento de "Exportacion Temporal para Reimportacion en el Mismo Estado y Exportacion Temporal para Perfeccionamiento Pasivo" INTAPG.05 (version 3)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 146-2009/SUNAT/A
MORDAZA, 18 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que la Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo Nº 1053 entra en MORDAZA parcialmente a partir del 17 de marzo de 2009, al entrar en vigencia su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF; Que la Primera Disposicion Complementaria Final del citado Reglamento establece que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT aprobara los procedimientos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicacion de los dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento; Que en tal sentido, es necesario aprobar el procedimiento "EXPORTACION TEMPORAL PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO Y EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO" INTA-PG.05 (version 3) el cual recoge la normatividad vigente a partir del 17 de marzo de 2009; Que tendiendo en cuenta lo senalado en el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el 23 de febrero de 2009, se procedio a publicar en el MORDAZA web de la institucion, el proyecto de procedimiento que se aprueba mediante la presente resolucion, el cual es necesario para la aplicacion de la Ley General de Aduanas ­ Decreto Legislativo Nº 1053; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT, en merito a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y estando a la Resolucion de Superintendencia Nº 049-2009/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase el procedimiento "EXPORTACION TEMPORAL PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO Y EXPORTACION TEMPORAL PARAPERFECCIONAMIENTO PASIVO" INTA-PG.05 (version 3), cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejase sin efecto el procedimiento "EXPORTACION TEMPORAL" INTA-PG.05 (version 2), aprobado por Resolucion de Intendencia Nacional de Aduanas Nº001059 publicada el 19 de setiembre de 1999 asi como sus modificatorias. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas

operadores del comercio exterior que intervienen en el procedimiento de los regimenes de Exportacion Temporal para Reimportacion en el Mismo Estado y Exportacion Temporal para Perfeccionamiento Pasivo. III. RESPONSABILIDAD La aplicacion, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente Procedimiento es de responsabilidad del Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, del Intendente Nacional de Sistemas de Informacion, del Intendente Nacional de Tecnica Aduanera, del Intendente de Prevencion del Contrabando y Control Fronterizo, de los Intendentes de Aduana de la Republica, jefaturas y del personal de las distintas unidades organizacionales que participan en el presente procedimiento. IV. VIGENCIA A partir del dia de su publicacion. V. BASE LEGAL - Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF publicado el 12.09.2004 y normas modificatorias. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF publicado el 26.01.2005 y normas modificatorias. - Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053 publicado el 27.06.2008, en adelante la Ley. - Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1053, Ley General de Aduanas; aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF publicado el 16.01.2009. - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo Nº 031-2009-EF publicado el 11.02.2009. - Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008 publicada el 19.06.2003 y MORDAZA modificatoria. - Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF publicado el 27.08.2003 y normas modificatorias. - Decreto Legislativo que aprueba medidas en frontera para la proteccion de los derechos de autor o derechos conexos y los derechos de MORDAZA, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1092 publicado el 28.06.2008 y MORDAZA modificatoria. - Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1092 que aprueba medidas en frontera para la proteccion de los derechos de autor o derechos conexos y los derechos de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2009-EF publicado el 13.01.2009. - Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF publicado el 19.08.1999 y normas modificatorias. - Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT publicada el 24.01.1999 y normas modificatorias. - Medidas que garantizan la MORDAZA de Comercio Exterior e Interior, aprobadas por Decreto Legislativo Nº 668 publicado el 14.09.1991, y normas modificatorias. - Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, Ley Nº 27688 publicada el 28.03.2002 y normas modificatorias. - Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2006-MINCETUR, publicado el 11.2.2006, y normas modificatorias. - Texto Unico Ordenado de normas con rango de Ley emitidas con relacion a los CETICOS, aprobado por Decreto Supremo Nº 112-97-EF publicado el 03.09.1997. - Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM publicado el 28.10.2002. - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº 27444 publicada el 11.04.2001 y normas modificatorias. VI. NORMAS GENERALES De la denominacion exportacion temporal 1. Para efecto del presente procedimiento se entiende que la denominacion exportacion temporal comprende a los

EXPORTACION TEMPORAL PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO Y EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO
CODIGO : INTA-PG.05 VERSION : 3 I. OBJETIVO Establecer las pautas para el despacho de las mercancias destinadas a los regimenes de Exportacion Temporal para Reimportacion en el Mismo Estado y Exportacion Temporal para Perfeccionamiento Pasivo, con la finalidad de lograr el correcto cumplimiento de las normas que los regulan. II. ALCANCE Todas las dependencias de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y a los

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