Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2009 (20/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

392781

de la Corporacion Municipal el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MALAGA MORDAZA MORDAZA

ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE AUTORIZACION Y RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS DE LAS PARADITAS Nº 2 Y Nº 3 Articulo 1º.- Establecer el derecho de autorizacion de 1.935 % de la UIT para el funcionamiento de los puestos de la Paradita Nº 2 ubicada entre la cuadra 2 del Jr. MORDAZA Richardson, pasaje Numallona y Jr. MORDAZA Numallona y Paradita Nº 3 ubicada entre el Jr. MORDAZA Richardson, Jr MORDAZA Alcorta cuadra 4, Jr. MORDAZA MORDAZA cuadra 4 y del 0.6 % de la UIT por Limpieza publica y recoleccion de residuos solidos equivalente al 2.535 % de la UIT mensual para cada puesto en forma individual. Articulo 2º.- La autorizacion municipal es de caracter personal e intransferible, no pudiendo ser heredada. Su vigencia es anual, figurando nombres y apellidos de titular, domicilio y MORDAZA de trabajo, vigencia de la autorizacion, giro y horario de trabajo. Articulo 3º.- La autorizacion municipal es otorgada por la Sub Gerencia de Comercializacion y Mercados previo empadronamiento con la ficha respectiva. Articulo 4º.- Obtenida la autorizacion municipal los pagos se realizaran los 5 primeros dias de cada mes por adelantado, el incumplimiento ocasionara una MORDAZA equivalente a tres nuevos soles diarios, en caso de no cumplir con los pagos durante 2 meses consecutivos, se cancelara la autorizacion y se procedera a la clausura y su erradicacion. Articulo 5º.- Encargar a la Sub Gerencia de Comercializacion y Mercados, sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Policia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA para dictar las disposiciones complementarias para su adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano Tercera.- Dejese sin efecto cualquier otra disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA

325024-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Establecen derechos de autorizacion y recoleccion de residuos solidos de puestos de las Paraditas N°s. 2 y 3
ORDENANZA N° 154-MDCH
Chorrillos, 23 de febrero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS. POR CUANTO: El Consejo Municipal Distrital de Chorrillos, en Sesion Ordinaria de la fecha; y CONSIDERANDO : Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local que gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia, pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion; correspondiendo al Concejo Municipal la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al Numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna. Que, asimismo el Art. 74º del mismo cuerpo legal, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales, potestad que es reconocida en el Art. 40º de la Ley Organica de municipalidades Nº 27972, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por la ley; senalando que las Ordenanzas son de caracter general por medio de las cuales se regula las materias en las cuales las municipalidades tienen competencia normativa.. Que, el area ocupada por las paraditas Nº 2 y Nº 3 constituyen aportes de la habilitacion MORDAZA de la Urbanizacion San MORDAZA, resultando necesario regularizar la autorizacion de funcionamiento de acuerdo a la normatividad vigente concordante con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 056-MDCH 1.935 % UIT y los costos de limpieza publica y recoleccion de residuos solidos 0.6 % de la UIT equivalente a 2.535 % de la UIT mensuales para cada puesto. Que, la Ordenanza Nº 295-MML en su Art. 18º clasifica los residuos solidos por su procedencia en trece tipos encontrandose en el numeral 6 los residuos solidos de los mercados, que comprende a los mercados municipales y privados mayoristas y minoristas, los supermercados, las paraditas, y todo MORDAZA de lugar o establecimiento multiple de expendio de productos alimenticios, abarrotes y demas productos de primera necesidad. El Art. 25º establece la recoleccion de los residuos solidos de espacios publicos y de establecimientos menores hasta el volumen de 50 litros, como responsabilidad municipal para los residuos solidos provenientes de 1) Limpieza publica, 2) Domicilios, 3) Comercios, 4)de concentraciones, 5) De restaurantes. Que, estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en el uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA POR UNANIMIDAD de los senores Regidores miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente:

325813-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Reglamentan el servicio de transporte escolar en el distrito
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, mediante Oficio N° 512009-SEGE-MDEA, recibido el 19 de marzo de 2009)

ORDENANZA N° 346-MDEA
El MORDAZA, 17 de Agosto del 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de El MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Que, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion.

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