Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2009 (15/10/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

404495

tecnologicos, urbanisticos y paisajisticos, pues fue llevado por 5,000 m3. de agua de las lluvias un 12 de marzo de 1998, en su lugar construyeron un MORDAZA colgante provisional con materiales caracteristicos a los del MORDAZA Viejo (madera y fierro) para mantener una idea vaga de lo que fue, asi como para mantener en cierta forma una presencia imaginaria en esta MORDAZA puesto que esta en el pensamiento colectivo de las generaciones de los 80's. El mencionado MORDAZA fue emblema de una epoca de MORDAZA, auge y senorio en MORDAZA que se acompanaba de las MORDAZA MORDAZA solariegas del centro de la MORDAZA, el Malecon Eguiguren, las MORDAZA haciendas y los ferrocarriles; Que, sobre el Malecon Eguiguren (espacio adyacente entre la MORDAZA y el rio) se debe indicar que se inauguro en 1935, convirtiendose en un espacio arbolado y de recreo para la ciudad. De acuerdo a los relatos de diversos escritores, se sabe que el ano 1946 este malecon contaba con glorietas y barandas de MORDAZA MORDAZA de ser declarado en el ano 1982 como Ambiente MORDAZA Monumental y segun el registro fotografico para esta fecha ya habia perdido su valor arquitectonico puesto que muchas edificaciones colindantes habian sido desvastadas por los embates del Fenomeno del MORDAZA, sus glorietas ya no existian y las barandas se transformaron en parapetos de concreto que impiden la vista del rio. Actualmente tiene sectores en los que se torna peligroso, intransitable y nada agradable, el MORDAZA MORDAZA es abrazador en el 80% de los meses del ano y no cuenta con sombra como para poder pasear y contemplar la MORDAZA, es un malecon sin nada que rescatar arquitectonicamente, pero es merecedor de una renovacion MORDAZA, por lo que a la fecha no tiene sentido conservar su categoria como Ambiente MORDAZA Monumental; Que, por los considerandos MORDAZA expuestos, la Comision aludida acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se apruebe la propuesta de retiro de condicion de Ambiente MORDAZA Monumental al MORDAZA de MORDAZA denominado "Puente Viejo" y al Malecon Eguiguren ubicados en el distrito, provincia y departamento de Piura; Con las visaciones del Director de Gestion, del Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y del Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion. SE RESUELVE: Articulo 1º.- RETIRAR la condicion de Ambiente MORDAZA Monumental al MORDAZA de MORDAZA denominado "Puente Viejo" y al Malecon Eguiguren, ubicados en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, los mismos que fueron declarados mediante Resolucion Ministerial Nº 076-1982-ED de fecha 16 de febrero de 1982, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Hacer de conocimiento de las autoridades locales y propietarios la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 409085-3

Que, la Ley Nº 27594, regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y establece en su articulo 7º que, mediante Resolucion Ministerial o Resolucion del Titular de la entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el articulo 1º de la citada Ley; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28923, establece que el Director Ejecutivo es la MORDAZA autoridad de COFOPRI, quien ejercera la titularidad del Pliego; Que, mediante el Decreto Supremo N° 0252007-VIVIENDA, se aprobo el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones -ROF de COFOPRI; como instrumento de gestion que desarrolla la estructura organica de la entidad, hasta el tercer nivel organizacional; y con la Resolucion Suprema Nº 008-2007-VIVIENDA se aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal ­CAP de COFOPRI; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 041-2007COFOPRI/DE de fecha 31-07-2007, entre otros, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director de la Oficina de Coordinacion Descentralizada; Que es politica institucional fortalecer el trabajo descentralizado, a fin de asegurar el cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y con el Reglamento de Organizacion y Funciones de COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0252007-VIVIENDA y con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director de la Oficina de Coordinacion Descentralizada, del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­COFOPRI, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- DESIGNAR, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de la Oficina de Coordinacion Descentralizada del Organismo de Formalizacion de Propiedad Informal ­COFOPRI. Articulo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolucion a los Organos Estructurados de COFOPRI. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo 409633-1

Designan COFOPRI

Secretario

General

de

RESOLUCION DIRECTORAL N° 179-2009-COFOPRI/DE

ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Designan Directora de la Oficina de Coordinacion Descentralizada de COFOPRI
RESOLUCION DIRECTORAL N° 178-2009-COFOPRI/DE MORDAZA, 14 de octubre de 2009

MORDAZA, 14 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27594, regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y establece en su articulo 7º que, mediante Resolucion Ministerial o Resolucion del Titular de la entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el articulo 1º de la citada Ley; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28923, establece que el Director Ejecutivo es la MORDAZA autoridad de COFOPRI, quien ejercera la titularidad del Pliego;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.