Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2010 (06/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 6 de setiembre de 2010

TEQUE MORDAZA, contra la Resolucion Directoral Nº 2062010-PRODUCE/DGEPP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 538921-3

Declaran improcedente solicitud de cambio de titularidad de permiso de pesca de embarcacion pesquera presentada por Inversiones Zero S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 507-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 2 de agosto del 2010 Visto el escrito de Registro Nº 00032748 y su adjunto Nº 1 de fechas 28 de MORDAZA y 10 de junio del 2010 respectivamente, presentados por la empresa INVERSIONES ZERO S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Asimismo, establece que no procede la autorizacion de cambio de titular, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 071-99CTAR-PIURA-DIREPE-DR de fecha 30 de junio de 1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador pesquero MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZO, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "ANA TOMASA" de matricula CO-15807-CM, de 41.38 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos cachema, suco, MORDAZA, jurel, caballa y machete, para el consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion, y utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1½ pulgadas (38 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 098-2000CTAR-PIURA/DIREPE-DR de fecha 13 de noviembre del 2000, se amplia el permiso de pesca otorgado al armador pesquero MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZO, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "ANA TOMASA" de matricula CO-15807-CM, de 41.36 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion del recurso anchoveta para el consumo humano indirecto, y utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 123-2004GRP-420020-100 de fecha 12 de octubre del 2004, modifica las Resoluciones Directorales Nº 071-99CTAR-PIURA-DIREPE-DR de fecha 30 de junio de 1999, ampliada por Resolucion Directoral Nº 098-2000-

CTAR-PIURA/DIREPE-DR de fecha 13 de noviembre del 2000, en el extremo referido al volumen de capacidad de bodega correspondiente a la embarcacion pesquera "ANA TOMASA" de matricula CO-15807-CM, debiendo consignarse el volumen de 49.35 m3; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 261-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de MORDAZA del 2007, se aprobo a favor de SERVICIOS INDUSTRIALES TIVARSA S.R.L. el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 071-99-CTAR-PIURADIREPE-DR, ampliada por Resolucion Directoral Nº 0982000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR, modificada en el extremo referido al volumen de capacidad de bodega, para operar la embarcacion pesquera denominada "ANA TOMASA" de matricula CO-15807-CM y 49.35 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, a la fecha la embarcacion pesquera denominada "ANA TOMASA" de matricula CO-15807-CM y 49.35 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el literal P del Anexo I del listado embarcaciones pesqueras de MORDAZA con permiso de pesca vigente de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; Que, mediante los escritos del visto, la empresa INVERSIONES ZERO S.A.C., solicito cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "ANA TOMASA" de matricula CO-15807-CM; Que, segun Oficio Nº 502-2010-PRODUCE/OGA/ OEC, de fecha 05 de MORDAZA del 2010, se informo que la embarcacion pesquera "ANA TOMASA" de matricula CO-15807-CM registra deuda cuya ejecucion se esta tramitando en la Oficina de Ejecucion Coactiva; por lo que mediante Oficio Nº 3056-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 26 de MORDAZA del 2010, se solicito a la administrada que cumpla con realizar el pago respectivo de la deuda que mantiene con la Oficina de Ejecucion Coactiva; Que, de la evaluacion efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "ANA TOMASA" de matricula CO-15807-CM presentado por la empresa INVERSIONES ZERO S.A.C., se ha determinado que han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcacion de bandera nacional de mayor escala del ambito maritimo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; sin embargo, la embarcacion pesquera mantiene deudas cuya ejecucion se esta tramitando en la Oficina de Ejecucion Coactiva; En ese sentido, teniendo en consideracion la opinion de la Oficina de Asesoria Juridica que senala que el MORDAZA parrafo del Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca debe ser interpretado en funcion de un criterio teleologico, que implica determinar la aplicacion de la MORDAZA atendiendo a la finalidad predeterminada de la misma, por lo que teniendo en cuenta que el objetivo de la MORDAZA es asegurar el cumplimiento de las obligaciones pendientes de pago que mantengan los transferentes de la embarcacion pesquera por concepto de multas impuestas por la administracion, el supuesto que restringe el cambio de titularidad de los permisos de pesca, se encuentra referido tanto al actual transferente de la embarcacion como a sus predecesores, siendo que la MORDAZA no hace distincion alguna en dicho sentido y al referirse de forma general a los transferentes comprende a la cadena sucesoria desde el propietario original; por lo que resulta improcedente la aprobacion del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 425-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas normas modificatorias;

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