Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2011 (15/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES
VISTA:

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2011

Dejan sin efecto designacion de Auxiliar coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 000297 Tacna, 24 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el primer parrafo del Art. 114º del TUO del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y sus modificatorias; en concordancia con el MORDAZA parrafo del art. 6º del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT, el Ejecutor Coactivo actuara en el Procedimiento de Cobranza Coactiva con la colaboracion de los Auxiliares Coactivos. Que, el articulo 4º del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT establece que el Intendente de la Aduana Maritima del Callao, Intendente de la Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion de la Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, los Intendentes de las Aduanas Desconcentradas y los Intendentes Regionales de la SUNAT; estan facultados para designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas intendencias. Que mediante Resolucion de Intendencia Nº 1723G0000/2007-000592 del 21 de Marzo del 2007, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de Marzo del 2007, se designo al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna. Que, por necesidad del servicio es necesario dejar sin efecto la designacion del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Auxiliar coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna. Por lo expuesto, en uso de las facultades contenidas en el Codigo Tributario y el Reglamento del procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la designacion del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Auxiliar coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Intendencia de Aduana de Tacna 628504-1

El Memorando Nº AAD-051-2011 de fecha 24 de marzo de 2011, elaborado por la Asesoria de la Alta Direccion y la Gerencia Legal, sobre la conveniencia de modificar las medidas adoptadas mediante Resolucion Nº 097-2010OS/PRES en lo referente a la aprobacion de viajes al exterior de los funcionarios de la institucion; CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, se aprobo el presupuesto anual de gastos que comprende los creditos presupuestarios maximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, disponiendo medidas especificas que regira la gestion presupuestaria de los mismos; Que la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la precitada Ley dispone en su literal e) que los organismos supervisores y reguladores de servicios publicos, mediante resolucion de su respectivo titular, aprueban las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto; Que en uso de las facultades conferidas por el numeral 6.3 del articulo 6º de la Ley Nº 27332 "Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos" y en el primer parrafo del articulo 62º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, mediante Resolucion Nº 097-2010-OS/PRES se dictaron medidas de austeridad en materia de personal, bienes y servicios para la ejecucion de su presupuesto correspondiente al ano fiscal 2011 de OSINERGMIN; Que el numeral 2.1 del Articulo 2º de la Resolucion Nº 097-2010-OS/PRES MORDAZA lo referido a los viajes al exterior que realicen los funcionarios de OSINERGMIN, disponiendo que dichos viajes seran aprobados por el Consejo Directivo de la Entidad y seguiran los tramites correspondientes de conformidad a la normatividad vigente. Asimismo, establecio que los viajes deberan realizarse en categoria economica; Que, no obstante, resulta necesario precisar el numeral 2.1 del Articulo 2º de la Resolucion Nº 097-2011-OS/ PRES a fin de aclarar que en los supuestos excepcionales de viajes al exterior previstos por el Articulo 10.1º de la Ley Nº 29696 resulta aplicable el tramite de autorizacion abreviado previsto por dicha MORDAZA, es decir, que en tales supuestos de excepcion, los viajes quedan aprobados por resolucion del titular de la entidad; Que es MORDAZA que OSINERGMIN esta facultado para aprobar, mediante decision de su titular, viajes con cargo a su presupuesto en dichos supuestos excepcionales, mas aun cuando no se encuentra limitado por la prohibicion general de viajes de funcionarios al extranjero con cargo a recursos por encontrarse exceptuado de las medidas de austeridad contenidas en la Ley de Presupuesto; Que de otra parte, en sus ultimas sesiones, el Consejo Directivo ha expresado su preocupacion por el numero de asuntos que son sometidos a su despacho, y puesto enfasis la necesidad de descargar su agenda a efectos de que este pueda avocarse con mas detenimiento a los asuntos de fondo de los sectores regulados por OSINERGMIN; Que, teniendo en cuenta lo anterior resulta conveniente modificar la regla establecida en la Resolucion Nº 0972010-OS/PRES para la autorizacion interna de los viajes de funcionarios de OSINERGMIN que no se enmarquen dentro de dichas excepciones, de manera que corresponda al Consejo Directivo conceder tal autorizacion unicamente en el caso de la aprobacion de viajes de su Presidente, y al Presidente, en su calidad de Titular de la institucion, en el caso de los demas funcionarios. En ambos casos se seguiran posteriormente los tramites correspondientes de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos que irroguen gasto al Tesoro Publico y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que finalmente, para evitar confusion, debe precisarse que los viajes por capacitacion de funcionarios publicos que no irroguen gastos al Estado pero que requieran de una licencia al trabajador con goce de haber se aprueban conforme al Reglamento Interno de Trabajo de OSINERGMIN por el Gerente General; Que esta modificacion resulta consistente con las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27619 y su Reglamento asi como con lo dispuesto en la Ley de

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Establecen precisiones relativas a la aprobacion de viajes de funcionarios de OSINERGMIN
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 032-2011-OS/PRES MORDAZA, 28 de marzo de 2011

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