Norma Legal Oficial del día 11 de Octubre del año 2002 (11/10/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 231184

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de octubre de 2002

- Beneficiario(s): Grupo Familiar Postulante al que se le ha otorgado el MORDAZA Familiar Habitacional. Se trata de grupos familiares, en los ambitos MORDAZA y rural, que carecen de recursos economicos suficientes para obtener o mejorar una Vivienda unica. - MORDAZA Familiar Habitacional (BFH): MORDAZA mediante el cual el Estado entregara a los Beneficiarios una ayuda economica directa por una sola vez, sin cargo a reembolso, como complemento a su ahorro y esfuerzo constructor, exclusivamente para facilitarles la adquisicion, construccion en sitio propio o mejoramiento de una Vivienda de Interes Social. El BFH se asigna a nivel nacional, descentralizadamente, de manera objetiva y con un transparente MORDAZA de calificacion del Beneficiario. El importe especifico del BFH sera determinado por Resolucion Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. - Comision de Transparencia y Fiscalizacion: Organo encargado de velar por la transparente asignacion del BFH, cuyos integrantes seran determinados mediante Resolucion Ministerial del MVCS. - Comite Ejecutivo del Fondo MIVIVIENDA: Organo del Fondo MIVIVIENDA, creado por el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 001-2002-VIVIENDA e integrado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, quien lo preside, el Ministro de Economia y Finanzas y un representante del sector privado. - Dependiente(s): Conyuge o conviviente legalmente reconocido, segun lo dispone el Codigo Civil, hijos nacidos vivos menores de 18 anos, incluidos aquellos que cumplen esta edad durante el ano calendario en que se postula, hijos mayores de 18 anos discapacitados sensorial, fisica o mentalmente en forma permanente, y, padres mayores de 65 anos que vivan con la familia. - Discapacidad: Una o mas deficiencias evidenciadas en una persona con la perdida significativa de alguna o algunas de sus funciones fisicas, mentales o sensoriales, que impliquen la disminucion o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de formas o margenes considerados normales, limitandola en el desempeno de un rol, funcion o ejercicio de actividades y oportunidades para participar equitativamente dentro de la sociedad. - Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda ­ Fondo MIVIVIENDA (FMV): Entidad administradora y otorgante del BFH, segun lo establecido en el articulo 6 de la Ley Nº 27829, Ley de creacion del BFH. - Grupo Familiar Postulante (GFP): Se constituye por el Jefe o Jefa de Familia, su conyuge o conviviente legalmente reconocido, segun lo dispone el Codigo Civil, los hijos nacidos vivos menores de 18 anos, incluidos aquellos que cumplen esta edad durante el ano calendario en que se postula, los hijos mayores de 18 anos discapacitados sensorial, fisica o mentalmente en forma permanente, y, los padres mayores de 65 anos que vivan con la familia. Se consideraran dependientes a todos los integrantes que conforman el GFP, a excepcion del Jefe de Familia. - Hacinamiento: Un hogar esta hacinado si cada uno de los cuartos con los que cuenta aloja, en promedio, a mas de tres personas. A efectos del calculo, no se consideran como cuartos a la cocina, el o los banos, los pasillos y el garaje. - Institucion Financiera Intermediaria (IFI): Institucion financiera que opera bajo la supervision directa o indirecta de la Superintendencia de Banca y Seguros. - Ingreso Familiar Mensual MORDAZA (IFMM): Suma del ingreso neto promedio, en nuevos soles, que perciben todos los miembros de un GFP mensualmente. El calculo del ingreso neto promedio tomara en cuenta el promedio mensual de los ultimos seis (6) meses anteriores a aquel en el cual se realiza el calculo. La suma del ingreso mensual, sea este formal o informal, se acredita mediante planilla, certificacion de la institucion empleadora - considerando los descuentos de ley -, o, mediante declaracion jurada de ingresos de cada miembro del GFP que no trabaja en relacion de dependencia y perciba ingresos por otros conceptos. El IFMM, a efectos del Programa, no excedera los mil (1,000) nuevos soles netos. - Jefe(a) de Familia: Persona mayor de 18 anos que encabeza el GFP y provee el sustento economico del grupo familiar. La jefatura de familia puede ser individual o compartida. - Jefatura de Familia Individual: Aquella en la que el GFP es encabezado por una sola persona que provee el sustento economico del grupo familiar.

- Jefatura de Familia Compartida: Aquella en la que el GFP es encabezado por una MORDAZA, sea casada o unida de hecho, independientemente de si uno de ellos, o ambos, proveen el sustento economico del grupo familiar. - Ley: Ley Nº 27829, Ley de creacion del BFH. - Libreta de Ahorro: Es la cuenta de ahorros remunerada, abierta en una IFI participante en el Programa, que acredita el ahorro del aspirante al BFH. La Libreta de Ahorro es de caracter no transaccional, es decir, permite depositos en la periodicidad que se pacte al efecto pero solo admite el retiro total de los recursos y cierre de la cuenta. Se permite el ahorro en dolares o nuevos soles. - Mejoramiento de Vivienda: Ejecucion de obras de rehabilitacion, culminacion o ampliacion de la vivienda existente, cuyo titulo de propiedad se encuentre inscrito en el Registro de la Propiedad a nombre de cualquiera de los miembros del GFP. Se podran ejecutar, independientemente o como parte de las alternativas descritas, las obras de conexion domiciliaria a la red de agua potable, alcantarillado o energia, o la construccion de soluciones sanitarias. - MVCS: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. - Postulacion: Participacion en una convocatoria con opcion de recibir el BFH. Dado que el Programa se enfoca en la familia, toda Postulacion ha de representar, cuando menos, los derechos de una MORDAZA o de un Jefe de Familia sin MORDAZA pero con hijo(s) dependientes. La Postulacion puede ser individual o conjunta. Cada MORDAZA de Postulacion sera objeto de convocatoria especifica y separada. - Postulacion Individual: La de un Jefe de Familia, peruano, mayor de dieciocho anos, representando sus propios derechos y los de su MORDAZA, o, de su GFP. - Postulacion Conjunta: La realizada a traves de asociaciones de Vivienda, Promotores inmobiliarios, empresas constructoras, ONG u otras entidades con personeria juridica vigente que tengan incluido en su objeto social la promocion y desarrollo de programas de vivienda para sus asociados, afiliados o vinculados, los mismos que han de haber definido conjuntamente un proyecto de vivienda al cual aplicaran el BFH, pero cuya ejecucion no depende del otorgamiento de este. El proyecto podra ser de adquisicion o construccion en sitio propio de Vivienda Nueva o de Mejoramiento de Vivienda. - Postulante(s): Jefe de Familia que, conjuntamente con su MORDAZA y/o grupo familiar, cumple con los requisitos de acceso y Postulacion establecidos en el presente Reglamento, teniendo por ende el derecho a postular al BFH mediante la MORDAZA del formulario de Postulacion respectivo en una convocatoria. - Programa: Programa de asignacion del BFH, de alcance nacional. - Promotor(es): Entidades u organizaciones juridicamente reconocidas, asociaciones o personas que promueven o comercializan proyectos habitacionales para los Beneficiarios del BFH para Vivienda Nueva. - Valor de la Vivienda: Precio de venta de la Vivienda de que se trate. - Vivienda Nueva: Solucion habitacional unifamiliar o multifamiliar construida con sujecion a las normas urbanisticas, ambientales, arquitectonicas y constructivas vigentes, ubicada en terreno o lote urbanizado con, como minimo, obras completas de habilitacion MORDAZA MORDAZA B, segun lo define el Reglamento Nacional de Construcciones, y, la debida aprobacion municipal. Ha de ser inmediatamente habitable, y, en el caso de Vivienda unifamiliar, podra estar disenada para crecer progresivamente, segun las necesidades del Beneficiario. Para efectos del Programa, una Vivienda contara con un nucleo basico constituido por un ambiente multiuso, un bano con lavabo, ducha e inodoro, y una cocina con lavabo. - Vivienda de Interes Social (VIS): Solucion habitacional cuyo valor MORDAZA es de 12,000 dolares, a su equivalente en nuevos soles.

CAPITULO II CARACTERISTICAS, CONTENIDO Y DISTRIBUCION TERRITORIAL DEL BFH
Articulo 2º.- Caracteristicas del BFH a) No reembolsable ni transferible por el Beneficiario; b) Cuenta con periodo de caducidad determinado; y, c) Es para uso exclusivo, segun se detalla en el articulo 1º del presente Reglamento.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.