Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 1998 (01/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 1 de agosto de 1998
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, con fecha 15 de MORDAZA de 1998, se expidio la Ordenanza Municipal Nº 0019-98-MDCH, por la cual se concede Amnistia Tributaria en la jurisdiccion del distrito de Chorrillos hasta el dia 31 de MORDAZA de 1998, a todos los contribuyentes que no hubieran cumplido con sus obligaciones formales o sustanciales referidas a anos anteriores e inclusive hasta el 31 de diciembre de 1997; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 1998, se expidio la Ordenanza Municipal Nº 0021-98-MDCH, por la que se le faculta al Sr. MORDAZA a disponer una ampliacion del plazo de la Amnistia dispuesta mediante la Ordenanza Municipal Nº 0019-98-MDCH; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas a la Alcaldia por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, y a la Ordenanza Municipal Nº 0021-98MDCH, de fecha 17 de MORDAZA de 1998; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar el plazo de la Amnistia Tributaria dispuesto mediante la Ordenanza Municipal Nº 0019-98-MDCH, hasta el dia 15 de agosto de 1998. Articulo Segundo.- Encargar a las Oficinas de Rentas y Administracion, y a la Unidad de Relaciones Publicas y Comunicacion Social efectuar las acciones necesarias para dar fiel cumplimiento al presente Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA WESELBY MORDAZA 8450

dispuesta en el MORDAZA parrafo del Articulo MORDAZA, de llevar un delantal para el desarrollo de la actividad de compra y venta de moneda extranjera; suspendiendose asimismo, los efectos del Decreto de Alcaldia Nº 22-97. Articulo Segundo.- Durante el plazo indicado en el Articulo Primero, las personas autorizadas para el desarrollo de la actividad de compra y venta de moneda extranjera solamente deberan portar en un lugar visible el carne otorgado por la Municipalidad, para efectos de su identificacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 8521

Modifican la Ordenanza Nº 013-97, referida al cobro del tributo denominado derecho de parqueo vehicular
ORDENANZA Nº 17-98 San MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, con la dispensa del tramite de Comisiones y de Aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 013-97 Articulo Unico.- Agreguese una disposicion transitoria unica a la Ordenanza Nº 013-97 del 30 de setiembre de 1997, en los terminos siguientes: "Disposicion Transitoria Primera: En epocas de ferias, eventos de espectaculos o similares, donde se produzca una masiva demanda de espacios para estacionamiento de vehiculos, mediante Decreto de Alcaldia, en forma excepcional y en zonas determinadas, se podra aplicar una tasa unica diaria, cuyo monto estara en referencia a un tiempo minimo acumulado, con arreglo al Articulo Octavo del Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 02597-AL/SM." POR TANTO:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Dictan disposiciones para el desarrollo de la actividad de compra y venta de moneda extranjera en el distrito
ORDENANZA Nº 15-98 San MORDAZA, 30 de junio de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO:

Mando se registre, comunique y cumpla. Que, con fecha 29 de MORDAZA de 1997, se aprobo la Ordenanza Nº 08-97 que regula la comercializacion de moneda extranjera en la via publica en el distrito de San Miguel; Que, la Ordenanza Nº 08-97 en su Articulo MORDAZA, MORDAZA parrafo senala que los comerciantes de moneda extranjera deberan llevar un delantal con las caracteristicas determinadas por Decreto de Alcaldia; Que, ante los hechos ocurridos en los ultimos meses y que son de publico conocimiento, resulta necesario dictar las medidas pertinentes para salvaguardar la seguridad de aquellas personas que realizan la actividad de compra y venta de moneda extranjera en el distrito de San Miguel; POR CUANTO: El Concejo de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, con el MORDAZA de la mayoria legal y con la dispensa del tramite de Comisiones y de Aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Suspendase, a partir de la fecha de la publicacion de la presente ordenanza, la obligacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 8522

Establecen zonas para la instalacion y exhibicion de propaganda electoral
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-98-AL/SM San MORDAZA, 21 de MORDAZA de 1998 LA ALCALDIA; Visto el informe de la Direccion de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 08-98 se dictaron disposiciones con la finalidad de asegurar la conservacion del ornato en el distrito de San MORDAZA durante los procesos

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