Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 1998 (26/08/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

Pag. 163384 tlm Il:LI];1~1:fhW:lrl%~
FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA Una (1) diaria Tres (3) omnibus

MORDAZA, miercoles 26 de agosto de 1998

Dos (2) omnibus: UD-3015 (1991) y UD-3016 (1991) FLOTA DE RESERVA Un (1) omnibus: UD-3017 (1991) Salida de Trujillo: 21.30 horas Salida de Cajamarca: 21.30 horas

HORARIOS

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 0595MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17" del reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 0595-MTC; caso contrario, se aplicaranlas sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16" del citado reglamento. Cuarto.-Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 9484

~PROMUDEH
Aceptan y aprueban donacion a favor de asociacion benefica
RESOLUCIONPRESIDENCJAL No 166-98-PRONAA/P MORDAZA, 21 de agosto de 1998 VISTA: La solicitud de la Asociacion Benefica PRISMA, formulada mediante Carta W GA-024-98-ADU de fecha 2 de marzo de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves delMemorandoN" 10598-GPP-PRONAA tramita la propuesta correspondiente, en atencion a lo solicitado por la Asociacion Benefica PRISMA, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo del vapor "Advantage" a los puertos de Callao, Matarani y Salaverry, trayendo alimentos correspondientes ala ayuda alimentaria para el ano 1998, poniendolos a disposicion del Programa de Alimentacion y Nutricion a las Familias en Alto Riesgo - PANFAR; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno del Peru, celebraron un Convenio referente a Suministros y Equipos Humanitarios mediante el cual se otorgan facilidades a Agencias de Rehabilitacion y MORDAZA Voluntario no lucrativas para la distribucion de productos agricolas alimenticios y la ejecucion de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el MORDAZA del instrumento citado, el 4 de junia de 1998 se suscribe el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Dir&,a entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los

Estados Unidos de MORDAZA, por el que el Gobierno Peruano, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficialmente acepta y aprueba la donacion de aproximadamente 100,649 toneladas metricas de alimentos del Gobierno Norteamericano,delascuales51,100 tm.seusaranenProgramasde Distribucion Directa y 49,549 tm. se utilizaran para Monetizacion; Que, envirtud al Articulo I: Aceptacion de la Donacion del referido instrumento, la donacion esta sujeta a la disponibildad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la variacion de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donacion; Que, en el Articulo III: Ejecucion del Programa del mencionado Convenio de Donacion, se acuerda que los alimentos importados para la distribucion directa y monetizacion seran de propiedad exclusiva de cinco organizaciones privadas sin lines de lucro, entre las cuales se encuentra la Asociacion Benefica - PRISMA, quienes asumiran la responsabilidad total desde su recepcion en puertos peruanos hasta la distribucion al beneficiario fmal, debiendo utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas y sus contrapartes; Que, mediante Decreto Ley N" 21942, se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas entre otros, a las instituciones y organismos publicos, asi como las donadas por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional y las consignadas a instituciones privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozaran de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas; no siendo requisito para estos casos, la expedicion de Resolucion Liberatoria, ni Licencia Previa de Importacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N" 719, Decreto Ley N" 21942, Decretos Supremos Ns. 127-91-PCM y 020-92.PCM, Resolucion Suprema N" 50%93-PCM, Resolucion de Contraloria N" 03%95CG, y Resolucion Ministerial N" lll97-PROMUDEH; y, estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso nl del Articulo 20" del Reglamento de Organizacion y Funciones de PRONAA, aprobado por Resolucion Ministerial N" 003-9%PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo lo.-Aceptar y aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para la Asociacion Benefica - PRISMA, consistente en:
PUERTO: CALLAO BULTOS TONELADAS TONELADAS PRODUCTO NETAS BRUTAS Triga AIX# AWRp H Maiz con Soya Aceite Vegetal TOTALES 26.666 8,983 7,057 3i,633 30,675 106,219 1,436 551 450169 353.650 778 249 634416 3,663.037 1.433.300 449.150 352.650 765 950 569 9% 3,571.m VALOR FOB usi 302,527 49 128,068 79 lco.625.90 232.175.64 540.965.61 1'304.363.63 VALOR CIF USI 425,327 33 16794706 131.938 32 3x297.29 M)6,633 39 1'633,143.39

PUERTO: MATARANI BULTOS PRODUCTO

Tigor AW?@ H. Maiz co" Soya Aceite Vegetal TOTALES

17,622 9.532 19,958 21,667 68.m

VALOR TONELADAS TONELADAS VALOR CIF NETAS FOB BRUTAS uss US iao.343 oa 255,762 12 661 100 883 059 178,211 16 135,916 95 477 661 476.600 496950 151,242.44 1 9 6 . 2 6 9 @J 506 962 4 0 0 W3 379.630.72 4 2 5 . 7 1 4 . 0 3 445.212 2,256.653 847,133.19 1'055,956.40 2,312.954

-

.

._L

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.