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Pág. 163384 tlm Il:LI];1~1:fhW:lrl%~ Lima, miércoles 26 de agosto de 1998 FRECUENCIAS Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA Dos (2) ómnibus: UD-3015 (1991) y UD-3016 (1991) FLOTA DE RESERVA Un (1) ómnibus: UD-3017 (1991) HORARIOS Salida de Trujillo: 21.30 horas Salida de Cajamarca: 21.30 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 0595MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17” del reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05- 95-MTC; caso contrario, se aplicaránlas sanciones previs- tas en el segundo párrafo del Artículo 16” del citado reglamento. Cuarto.-Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 9484 ~PROMUDEH Aceptan y aprueban donación a favor de asociación benéfica RESOLUCIONPRESIDENCJAL No 166-98-PRONAA/P Lima, 21 de agosto de 1998 VISTA: La solicitud de la Asociación Benéfica PRISMA, for- mulada mediante Carta W GA-024-98-ADU de fecha 2 de marzo de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto a través delMemorandoN” 10598-GPP-PRONAA tramita la propuesta correspondiente, en atención a lo solicitado por la Asociación Benéfica PRISMA, quien hace de cono- cimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo del vapor “Advantage” a los puertos de Callao, Matarani y Salaverry, trayendo alimentos correspondientes ala ayuda alimentaria para el año 1998, poniéndolos a disposición del Programa de Alimentación y Nutrición a las Familias en Alto Riesgo - PANFAR; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perú, celebraron un Convenio referente a Suministros y Equi- pos Humanitarios mediante el cual se otorgan facilidades a Agencias de Rehabilitación y Socorro Voluntario no lucrativas para la distribución de productos agrícolas alimenticios y la ejecución de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el marco del instrumento citado, el 4 de junia de 1998 se suscribe el Convenio de Donación de Ayuda Alimentaria de Título II para Monetización y Distribución Dir&,a entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de losEstados Unidos de América, por el que el Gobierno Perua- no, representado por el Ministerio de Relaciones Exterio- res y a solicitud del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano a través del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficialmente acep- ta y aprueba la donación de aproximadamente 100,649 toneladas métricas de alimentos del Gobierno Norteame- ricano,delascuales51,100 tm.seusaránenProgramasde Distribución Directa y 49,549 tm. se utilizarán para Mo- netización; Que, envirtud al Artículo I: Aceptación de la Donación del referido instrumento, la donación está sujeta a la disponibil- dad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la variación de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donación; Que, en el Artículo III: Ejecución del Programa del men- cionado Convenio de Donación, se acuerda que los alimentos importados para la distribución directa y monetización serán de propiedad exclusiva de cinco organizaciones privadas sin lines de lucro, entre las cuales se encuentra la Asociación Benéfica - PRISMA, quienes asumirán la responsabilidad total desde su recepción en puertos peruanos hasta la distribución al beneficiario fmal, debiendo utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas y sus contrapartes; Que, mediante Decreto Ley N” 21942, se establece que las mercancías donadas provenientes del extran- jero, consignadas entre otros, a las instituciones y organismos públicos, así como las donadas por concep- to de Cooperación Técnica Internacional y las consig- nadas a instituciones privadas debidamente acredita- das en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, goza- rán de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la República y estarán libres de pago de derechos específicos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas; no siendo requisito para estos casos, la expedición de Resolución Liberatoria, ni Li- cencia Previa de Importación; Con las visaciones de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Geren- cia de Operaciones, Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N” 719, Decreto Ley N” 21942, Decretos Supremos Ns. 127-91-PCM y 020-92.PCM, Resolu- ción Suprema N” 50%93-PCM, Resolución de Contra- loría N” 03%95CG, y Resolución Ministerial N” lll- 97-PROMUDEH; y, estando a las facultades conferi- das al Presidente del Consejo Directivo en el inciso nl del Artículo 20” del Reglamento de Organización y Funciones de PRONAA, aprobado por Resolución Mi- nisterial N” 003-9%PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo lo.-Aceptar y aprobar la donación proceden- te del Gobierno de los Estados Unidos de América, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para la Asocia- ción Benéfica - PRISMA, consistente en: PUERTO: CALLAO PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB CIF usí USI Triga 26.666 1,436 551 1.433.300 302,527 49 425,327 33 AIX# 8,983 450169 449.150 128,068 79 16794706 AWRp 7,057 353.650 352.650 lco.625.90 131.938 32 H Maíz con Soya 3i,633 778 249 765 950 232.175.64 3x297.29 Aceite Vegetal 30,675 634416 569 9% 540.965.61 M)6,633 39 TOTALES 106,219 3,663.037 3,571.m 1’304.363.63 1’633,143.39 PUERTO: MATARANI PRODUCTO BULTOS Tigor 17,622 AW?@ 9.532 H. Maiz co” Soya 19,958 Aceite Vegetal 21,667 TOTALES 68.mTONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB CIF US uss 883 059 661 100 iao.343 oa 255,762 12 477 661 476.600 135,916 95 178,211 16 506 962 496950 151,242.44 196.269 @J 445.212 400 W3 379.630.72 425.714.03 2,312.954 2,256.653 847,133.19 1’055,956.40 - . ._L