Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 1998 (27/08/1998)


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en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de aprobacion de actas, se dicto la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo l".- Aprobar el Reglamento para el Registro y Fiscalizacion de las empresas que prestan servicio de fumigacion y similares en el distrito de Ventanilla, el cual en kxto de 12 articulos forma parte integrante de la presente MORDAZA municipal. Articulo 2".- Encargar a la Direccion Municipal y Direccion de Servicios Sociales velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO PARA EL REGISTRO Y FISCALIZACION DE LAS EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIO DE FUMIGACION Y SIMILARES Articulo l".- Base Le@ EI presente Reglamento tiene como base legal las siguientes disposiciones: - Codigo Sanitario, aprobado por el Decreto Ley N" 17505 del 193.79. - Decreto Legislativo N" 613. que aprueba el Codigo del Medio Ambiente y Recursos Naturales. - Ley Organica de Municipalidades, N" 23853. Articu.10 2".- Finalidad: El presente Reglamento tiene por finalidad establecer el MORDAZA legal normativo de los procedimientos administrativos para el cont.rol y desarrollo que deben seguir las empresas ue prestan servicios de fumigacion, d
I.ima,jucves 27 dc aposta dc 19%

g) MORDAZA fedatizada de la autorizacion concedida por el Miniserio de Salud a traves de la DISURS 1 CALLAO. De encontrarse conforme la documentacion, la Direccion de iervicios Sociales procedera al registro de la empresa solicitante ~tor&indole las credenciales del caso. La inscripcion y registm de las empresas, condicion que las faculta paraoperurenlajurisdicciondeldistrito;tendravigenciade(l)unano zontado a partir de la fecha de expedicion de la credencial. Articulo 7".- Del Servicio: Los servicios de fnmigacion desratizacion y desinfeccion seran prestados por las empresas baio la direccion v supervision de un profesional sanitario. " El personal operativo encargado de llevara cabo el servicio debera rontar obligatoriamente con carne sanitario asi como debera esmr implemeniado oxxi la vestimenta de proteccion adecuada y con los equipos e instrumentos que estos servicios requieren. Articulo 8"~ De la Certificacion del Servicio: Las empresas prestadoras del servicio quedan obligadas a expedlr una MORDAZA por escrito de haber prestado los mismos: asi como tambien entregar al usuario un certificado bajo la firma (del profesional responsable y del representante legal de la empresa. La Direccion de Servicios Sociales de la hlunicipalidad Distrital de Ventanilla en su condicion de supervisor de este servicio y previo el informe de conformidad que emita el personal encargado de esta labor en cada caso visara los certificados de servicios prestados sin costo adicional alguno. Una MORDAZA autenticada o fedatizada, sera entregada al Sector Salud a traves de la Jefatura del Centro de Salud Base Mi Peru para su registro y archivo. Articulo 9".- Control Municipal: La Municipalidad Distrital de Ventanilla a traves de su Direccion de Servicios Sociales realizara en forma permanente controles periodicos a efectos de verificar la cahdad de la prestacion de estos servicios. Articulo lo".- De las Sanciones: Las infracciones de las disposiciones contenidas en este Reglamento seran objeto de sanciones pecuniarias o administrativas, segun la gravedad del caso, con sujecion al Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas vigente. Articulo ll".- Incorporese al Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas aprobado por Ordenanza N" 005-9fXDV las siyientes causales para la aplicacion de sanciones pecuniarias y administrativas alas empresas fumigadoras: ITEM INFRACCION Empresas de fumigacion 155 1% Dar un servicio ineficiente. No considerar el area real del establecimiento en los ceriiicados expedidos por fumigacion No realizar la fumigacion en los plazos establecidos. Otorgar Certificados sin haber realizado el servicio Entregar los Cerlificados de acreditacion del servicio sin la respectwa vis-acion de esta Municipalidad. Prestar el servicio de saneamtento ambiental sm la Direccion de un ingeniero sanitario. Carecer de Carne de Sanidad los trabajadores que ejecuten el servicio. Prestar el servicIo sin estar registrado ante esta Municipalidad. No contar el personal de la empresa con la vestimenta y el equipo adecuado. No contar con la MORDAZA de renovacion. CATEGORIAS (96 IJIT) 1 II III IV 10 v

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a) Ejercer la funcion establecida por la Ley Organica de Municipalidades y que esta referida a velar por la salubridad y el saneamiento ambiental. b) Preservar la salud de la poblacion a traves de la prevencion de la contaminacion epidemica asi como la aparicion v el establecimiento de focos infecciosos. Las funciones en referencia SC enmarcan dentro de las que compete realizar a la Municipalidad Distrital de Ventanilla en materia de poblacion, salud y saneamiento ambiental. Articulo 4".- Alcance: El presente Reglamento tendra al. cance para su aplicacion en la jurisdiccion del distrito de Venta. nilla. Articulo 5".- Disposiciones Generales: a) Constituye funcion municipal, el de normar y controlar el aseo, higiene y salubridad en establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas. piscinas, playas y otros lugares publicos; asi como tambien el de realizar programas de prevencion y de Educacion Sanitaria. b) Por disposicion expresa del Codigo Sanitarlo vigente, constituye obligacion paraiodos los establecimientos que permanentemente desarrollan actividades comerciales, industriales y de servicios; el de obtener y poseer el certificado de fumigacion. c) Para el efecto, los conductores de los establecimientos comerciales, industriales y de servicio podran requerir los servicios de fumigacion ala dependencia de la Municipalidad autorizada para este fin, al equipo de saneamiento de la Zonadis Ventanilla o a cualquiera de las empresas que presten este servicio y que cuenten con la autorizacion, conformidad y debidamente registrada en esta Municipalidad. d) Constituye obligacion para las empresas comerciales, industriales y de servicio que operan en la jurisdiccion distrital de Ventanilla, efectuar cuanbo menos. dos (2) fumigaciones anuales, una por cada semestre: de requerir sus necesidades podran efectuar acciones de fumigacion, desratizacion, desinfeccion, etc.; las veces que consideren conveniente. Articulo 6".- De la Inscripcion y Registro:- L.is empresa* calificadas para la prestacion de estos servicios y que requieren prestar los mismos en la jurisdiccion distrital de VentanillaI deberan cumplir previamente, con el requisito de su registro antt esta Municipalidad; para el efecto deben cumplir con lo sibwiente a) Solicitud dirigida al senor MORDAZA tramitada ante h Division de Tramite Documentario. b) Adjuntar MORDAZA fedatizada de la Autorizacion Municipal dt Funcionamiento. c) Descripcion de los servicios que desarrollara. d) Recibo de pago por derecho de inscripcion y registro. e) Adjuntara bajo responsabilidad la relacion del persona profesional y tecnico. 1) Modelo del Certiiicado o MORDAZA que expedira, para SI visacion por el Director de Servicios Sociales de la Municipalidad

10 05 20

157 156 i59

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Articulo 12".- Incorporese al Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas aprobado por Ordenanza N' 005.96/CDV las siguientes causales para la aplicacion de sanciones pecuniarias y administrativas para los usuarios: ITEM INFRACCION Usuarios de empresas de fumigacion y similares 165 Por carecer de certificado del servicio de fumigacion del primer yio MORDAZA semestre Por contratar empresas que no estin registradas en el Municipio Por omision del area total par fumigactin Por no remitir MORDAZA del certificado de fumigacion dentro del plazo establecido. 9576 CATEGORIAS (% UIT) I II Il1 IV V

23 23 1 1 1.5 1.5

5 5 25 2.5

7 7 3.5 3.5

166 167 169

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