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Ihna, ,jucvcs 27 dc agosto de IWX gJJpgq la Estadística Pesquera Mensual, observando las Directivas Téc- nicas del INEI; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución de la “Estadística Pesquera Mensual 1998” a nivel nacional, dirigida a todas las empresas pesqueras industriales dedicadas a la elabo- ración de productos con recursos hidrobiológicos así como aque- llas dedicadas a la actividad de acuicultura, así corno aprobar el formulario respectivo y fijar el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y la Oficina Técnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 86’, 92” y 95’ del Decreto Supremo N” 018-91-PCM; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6” del Decreto Legislativo N” 604; SF RESUELVE:> Artículo l”.- Autorizar la realizacion de la “Estadistica Pes- quera Mensual 1998”, dirigida a todas las empresas pesqueras industriales a nivel nacional dedicadas a la elaboración de uro- duetos con recursos hidrobiológicos asi como aquellos dedicados ala actividad de acuicultura, la que será ejecutada por la Oficina General de Economía Pesquera del Ministerio de Pesquería. Artículo 2”.- Aprobar el formulario de la mencionada en- cuesta, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución v cuva distribución se iniciará la última semana de cada mes del aL;o 1998. Artículo 3”; Las personas naturales y jurídica* a que se refiere el Artículo 1” de la presente resolución solicitarán los formularios de la encuesta, a la Oficina General de Estadística Pesquera, sito en la calle Uno N” 60, piso 4to., Urb. Corpac, San Isidro. ven nrovincia en las OIicinas Regionales del Ministerio de Pesque-ría. . Artículo 4”.- Establecer corno plazo máximo de entrega del formulario debidamente diligenciado, hasta los 15 dias posterio- res al mes vencido, para lo cual se utilizarán los medios de comunicación rápida como el Fax, a fin de obtener información con mayor oportunidad. Regístrese y comuníquese FELIX MURILLO ALFARO Jefe 9555 LNABEC Instauran proceso administrativo dis- ciplinario a servidora de la institución RESOLUCION JEFATURAL IV’ 097~SH-Jl/INAREC San Borja, 25 de agsoto de 1998 VISTO: El Informe N” OOl-98CPPAD,INABEC de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABEC. sobre las faltas de carácter disciplinario de la servidora YVONNE MAR- LENY GARCIA TORRES - WA; CONSIDERANDO: Que. conforme a lo dispuesto por el Artículo 35” del Regla- mento de Procesos Administrativos Disci linarios de los Funcio- narios y Servidores del INSTlTUTO NAFIONAL DE BECAS Y CREDITO EDUCATIVO - INABEC, aprobado por Resolución N” 104-9Wl-S&OA/lNABEC, la Comisión ha encontrado funda- mentos suficientes de que la citada servidora ha cometido faltas de carácter disciplinario tipificadas en el Artículo 28” Inc. k) del Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y de Remuneraciones del Sector Público, al haber acumu- lado desde el mes de abril hasta el mes de agosto más de 15 faltas injustificadas según lo informado por la Oficina de Personal del INABEC; Que, las acciones indicadas constituyen faltas de carácter disciplinario comet.idas por la citada servidora, siendo pertinente aperturarel correspondiente Proceso Administrativo Disciplina- rio; Estando a lo expuesto, con la visación de la Oficina de Administración y Asesoria Legal y a las facultades conferidas por el Decreto Ley N” 21547 _ Lev Orgánica del INABEC y su Reglamento de Organización v Funciones del 1nstitut.o Nacional de Becas y Crédito Educativo - INABEC. aprobado por Decrete Supremo N” 06-94.El>; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APERTURAR Proceso Administrativc Disciplinario por las razones expuestas en la parte considerativa/ I I ‘1 , 1 L / raclpéruaru,Pág.163417 le la presente resolu+ón a la servidora Yvonne Marleny García r;~es&IIA, del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la ,ervidora Yvonne Marleny García Torres, a fin de que efectúe sus lescargos correspondientes, dentro del plazo de cinco (51 días lábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la iresente resolución. Artículo Tercero.- Poner a disposición de la Oficina de Jersonal del INABEC a la servidora Yvonne Marleny García Torres, la cual le asignará las funciones correspondientes. Artículo Cuarto.- Encargar a la Comisión Permanente de +ocesos Administrativos Disciplinarios del INABEC, el cumpli- niento de la presente resolución, remitiéndose todo lo actuado a licha comisión. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la :omisión Permanente de Procesos Administrativos del INABEC, 1ticina de Administración, Oficina de Personal y Legajo Personal le la interesada. Regístrese, comuníquese y cúmplase FELIPE PINILLOS ARIAS Jefe Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo TNDECI Sancionan con destitución a servidor del INDECI RESOLUCION JEFATURAL No 194.SS-INDECI Lima, 20 de agosto de 1998 Visto el Acta de Sesión N” 002-98-CPPAD-INDECI de fecha 20 de agosto de 1998, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, sobre la falta de carácter discipli- nario cometida por el servidor EDUARDO HORNA MARILUZ, Nivel Remunerativo STB, de la Oficina General de Presupuesto y Planificación de la Sede Central del Instituto Nacional de Defensa Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante R. J. N” 176-98-INDECI. de fecha 22 de julio de 1998, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario al servidor EDUARDO HORNA MARILUZ, por haber faltado in- justificadamente a su centro de labores, por más de tres días consecutivos a partir del 1 de julio de 1998 hasta la fecha, cometiendo falta de carácter disciplinario tipifìcada en el inciso kl del Artículo 28” del Decreto Le ‘slativo N” 2’76; Que, el referido servidor ha si2o debidamente notificado de la Resolución Jefatura1 de la Apertura de Proceso Administrativo Disciplinario, en concordancia con el Articulo 167” del D. S. N” 00%9O-PCM; Que, don EDUARDO HORNA MARILUZ, ha presentado su descargo porescrito. no habiendo acreditado fehacientementelas pruebas pertinentes para justificar sus inasistencias por más de tres días consecutivos, a partir del 1 de julio de 1998 hasta la fecha; De conformidad con el inciso k, del Articulo 28”, inciso dl del Artículo 34” del Decreto Legislativo W 276 - Ley de Bases de Ia Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Artículo 150”. inciso dl del Artículo 15.5” y Artículo 163” del Decreto Supremo N” 00590-PCM, Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer la Sanción Administrativa Disciplinaria de Destitución, al servidor EDUARDO HORNA MARILUZ, Nivel Remunerativo STB, perteneciente a la Otici- na General de Presupuesto y Planificación de la Sede Central del Instituto Nacional de Defensa Civil, por las razones ex- puestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- El citado servidor, no podrá reingresar al servicio público durante el término de cinco años corno mínimo, de conformidad con el Artículo 1” de la Ley N” 26488. Artículo Tercero.- Notifíquese al servidor sancionado de la presente resolución jefatural, debiéndose hacerse efectiva al día siguiente de la fecha en que el citado servidor tenga conocimiento de la misma. Regístrese, comuníquese y archívese. SEGUNDO ARNA0 LAOS Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 9558