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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (27/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 163404 c1-o ~[l,A~MM~*~ Iima, jueves 27 de agosto de 199X G. Méritos H. Tiempo de Servic.en la Adm. PUNTArTE TOTAT. Técnicos y Auxiliares A. Estudios supenores universitarios concluidos o Título Profesional de Instituto Superior B. Estudio superwr universitario no concluido o título de secretaria ejecutiva, comercial, o comercial bilingüe C. Secundaria Completa : D. Secundaria Incompleta E. Primaria Completa F. Capacitación G. Méritos H. Tiempo de servken la Adm. PUNTAJI*: TOTAL SECCION II : DEMERITOS 1. Días no laborados injustificados 2. Llamadas simples de atención escrita 3. Procesos administrativosPuntaje PUNTAJE TOTAL FIRMA DEL DIRECTOR DE PERSONAL FIRMA DEL JEFE INMEDIATOFIRMA DEL TRABAJADOR FIRMA DEL JEFE INMEDIATO SUPERIOR RESOLUCION MINISTERIAL w 370~9%PRES ANEXO 02 Lima, 21 de agosto de 1998 CONSOLIDADO DE LA INFORMACION CONSIDERANDO: SECCIONES SECCION I SECCION II SECCION III PUNTAJE MAXIMO PUNTAJE TOTALPUNTAJE TOTAL PUNTAJE MAXIMO p20 60 100-20 CALIFlCACION FINAL : en cifras tras~~, en le- COMENTARIOS 0 RIK~OMENDA(‘IONES (si las hubiere)- FIRMA DEL PRESIDENTE DE LA COMISION FIRMA DEL SECRETARIO FIRMA DEL MIEMBRO DE LA COMISION ANEXO03 CONCEPTOS BASICOS A SER UTILIZADOS EN EL PROCESO DE EVALUACION SECCION 1: EVALUACION CIJRRICULAR Y MERITOS Este tipo de Evaluación tiene por objeto calificar los niveles de formación educativa, la capacitación debidamente acreditada a través de los documentos que obran en el legajo personal. así como el tiempo de servicios en la Administración Pública y los méritos y deméritos. Comprende los siguientes conceptos: Evaluación Curricular _- Está diriglda a considerar las etapas del Sistema Educativo conforme a los niveles correspon- dientes establecidos en el Art.34” de la Ley No. 23384 - Ley General de Educación y se acredite mediante la presentación de los respectivos certificados, t,ítulo, grado o nivel educatwo alcan- zado. Capacitación .- Está orientada a evaluar los diplomas, certificados, constancias y otros que guardan relación con el cargo que desempeña el servidor los objetivos de la Instituckin. El cómputo de las horas lcctlvas será de cuatro (04) horas diarias como máximo para eventos de capacitación, cuando no se acredite el período real de capacitación. Los títulos y grados académico* deben estar debidamente legalizados por la Universidad y/o por los Institutos Superiores que los hayan expedido. Los di&xna~ de capacitacIón y otros similares deberá ser autenticados uor el fedatario de las sedes del CTAR v de las Gerencias Subregionales según sea el caso. Sólo se evaiuará la documentación que obre en los respectivos legajos personales. Tiempo de Servicios.- Califica los servicios prestados en la Administración Pública. sujeto al régimen laboral al qw pertene- ce el trabajador.Méritos .- Los méritos se califican por felicitación y/o recono- cimientos escritos por acciones realizadas de manera excepcional o extraordinaria, que tenga repercusión en favor de los objetivos de la Institución. SECCION II: DEMERITOS Deméritos _- Se califican disminuyendo al puntaje total, para aquellos servidores que registren en el récord de asistencia, faltas injustificadas, permisos particulares: así corno sanciones administrativas y disciplinarias SECCION III: RENDIMIENTO EN EL CARGO E IDEN- TIFICACION Mide la productividad, rendimiento y eficiencia del traba- jador, así como la responsabilidad y cumplimiento de sus funciones en óptima calidad. Permite distinguir a los trabaja- dores entre si e identificarlos por su grado de conocimientos, cooperación, predisposición para el trabajo en equipo y la lealtad a su institución. 9544 Encargan funciones del Viceministro de Infraestructura al Viceministro de Desarrollo Regional Que, el señor Viceministro de Infraestructura del Ministerio de la Presidencia, Ing. César Antonio Aguilar Galarreta, se ausentará del país en comisión de servicios, desde el 23 al 29 de agosto de 1998; Que, en consecuencia es necesario encargar las funciones del Despacho del Viceministro de Infraestructura al Viceministro de Desarrollo Regional del Ministerio de la Presidencia, mientras dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley N” 25556 y Decreto Supremo N” 005.93-PRES; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encárguese las funciones del Despacho del Viceministro de Infraestructura. al Lic. Fredy Moreno Neglia, Viceministro de Desarrollo Regional del Ministerio de la Presi- dencia. del 23 al 29 de agosto de 1998. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 9541 MTC Autorizan realización de la XI Reunión del Comité Consultivo Permanente III- Radiocomunicaciones de la CITEL, a realizarse en Lima RESOLUCION MINISTEXL4L w 354-S&MTC/15.03 Lima, 17 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones ~- CITEL, órgano de la Organización de Estados Americanos -- OEA, encargada de coordinar actividades de gobiernos y del sector privado en relación a la política de telecomunicaciones, en su Segunda Reunión Ordinaria celebrada en Quito - Ecuador, ha designado al Perú como sede de la realización de la XI Reunión del Comité Consultivo Permanente III - Radiocomunicaciones; Que, el Comité Consultivo Permanente III -Radiocomunica- ciones, está encargado de promover la armonización de los servi- cios de radiocomunicaciones, teniendo especialmente en cuenta la necesidad de reducir al mínimo los factores que generen las interferencias perjudiciales en el funcionamiento y operación de