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I Pág. 163418 cipentáno ~:HrlW:M~ Lima, jueves 27 de agosto de 1998 :NZ)ECOPI FE DE ERRATAS RESOLUCION W 022~SS-INDECOPYDIR Por Carta N” 0180-1998/GELINDECOPI. el Instituto Nacio- nal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución W 022-98-INDECOPIDIR, publicada en nuestra edición del día 22 de agosto de 1998. página 163295. Parte considerativa &gundo párrafo): DICE:I c L I 4 4 # 1 ( IQue, corresponde a los Gobiernos Locales regular la comer- :ialización de productos alimenticios, vigilar por el cumplimiento le las normas referentes ala calidad de los alimentos, así corno las zondiciones de higiene de uienes los distribuyen y comercian, :ontrolar el comercio ambu atono, según lo dis “;3ene el Artículo 58” de la Ley N” 23853 Orgánica de Municipah ades; Que, el Artículo 74” del Reglamento Tecnológico de Carnes aprobado por el Decreto Supremo N” 22-95-AG dispone que la wnercialización de carnes y menudencias al por menor se hará sn mercados y carnicería; prohibiendo el Artículo 77” del mismo :uer 4o legal su comercialización en forma ambulatoria; ue, el Artículo 48” de la Resolución Ministerial N” 0359-77 prohibe la venta ambulatoria de aves vivas y beneficiadas, menu- dencias y apéndices; Que en ese contexto, el Indecopi ha suscrito un Convenio de Delegación de Funciones con la Universidad de Piura, en el que se han delegado funciones relativas a la Comisión de Salida del Mercado;Que, el expendio de alimentos debe realizarse en locales que reúnan condiciones de ubicación, instalación y operación sanita- riamente adecuadas, conforme lo dispone el Artículo 95” de la Ley N” 26842 de Salud; DEBE DECIR: Que en ese contexto, el Indecopi ha suscrito un Convenio de Delegación de Funciones con la Universidad de Piura y con la Cámara de Comercio y Producción de Piura, en el que se han delegado funciones relativas a la Comisión de Salida del Mercado;Que, resulta necesario velar por la salud de la población, debiendo disponerse la erradicación de la venta de carne y aves, así como sus menudencias en la vía pública; Que, la Dirección de Servicios Comunales y Protección Am- biental, mediante Memorándum N” 718-98/MUDIBE/DSCPA de fecha 20 de julio de 1998 ha oinado por la erradicación de los comerciantes de carnes y aves Be la Sociedad Industrial Minoris- ta de la Parada de Bellavista (Parada Túpac Amarul; Estando alo acordado y de conformidad con lo dispuesto por el inciso 6 del Artículo 47” de la Ley N” 23853 Orgánica de Municipalidades; Parte resolutiva:SE DECRETA: DICE: Artículo 2”.- Encargar, a partir del 7 dejulio de 1998, ala Srta. Miluska Zavaleta Barreto como Secretaria Técnica de la Comi- sión de Salida del Mercado que opera en la Oficina Descentrali- zada del Indecopi en Piura.Artículo Primero.- DISPONER la erradicación de los pues- tos y vendedores que tienen el giro de comercialización de carne y aves, vivas o beneficiadas y sus menudencias; así como alimen- tos preparados que se encuentran ubicados en la cuadra 4 de la calle Túpac Amaru (Parada Túpac Amaru), del distrito de Bella- vista. DEBE DECIR: Artículo 2”.- Encargar, a partir del 7 de julio de 1998, ala Srta. Myluska Zavaleta Barreto corno Secretaria Técnica de la Comi- sión de Salida del Mercado que opera en la Oficina Descentrali- zada del Indecopi en Piura. 9626Artículo Segundo.- OTORGAR un plazo de diez (10) días naturales a partir de la publicación del presente Decreto dentro del cual los comerciantes a que se refiere el artículo anterior deberán erradicar sus puestos de venta. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Servicios Comunales y Protección Ambiental y ala Dirección de Protección de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente resolu- ción. Artículo Cuarto.-REQUERIR a la Policía Nacional del Peru el apoyo que sea necesario para el cabal cumplimiento de la presente resolución. IPSS FE DE ERRATAS RESOLUCION N” 026-GCR-IPSS-98 Por Oficio N” 721-OGII-IPSS-98, el Instituto Peruano de Seguridad Social solicita se publique Fe de Erratas de la Resolu- ción N” 026-GCR-IPSS-98, publicada en nuestra edición del día 15 de agosto de 1998, en la página 163136. DICE: JAVIER POLVI FIGALLO DEBE DECIR: JAVIER POLTI FlGALLO 9621 MlUNICXPALIDAD DEBELLAWSTA Disponen la erradicación de comer- ciantes de carnes y aves, así como de alimentos preparados, ubicadosen vía pública del distrito DECRETO DE ALCALDIA W OOS-SS-MUDIBE Bellavista, 20 de julio de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTACONSIDERANDO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO DANESSI ARDILES Alcalde 9615 MUWCfPALXI3IAD DE SAN ISIDRO Establecen que las zonas declaradas monumentos históricos nacionales son intangibles para efecto de todo tipo de propaganda DECRETO DE ALCALDIA N- 15-SS-ALWMSI San Isidro, 12 de agosto de 1998 LA ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, con arreglo alaConstitución Políticadel Perú se promul- gó la Ley N” 26859 - Ley Orgánica de Elecciones la que entre otros aspectos regula sobre Propaganda Electoral de los partidos, agrupaciones independientes y alianzas; Que, mediante Ley N” 26864 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de octubre de 1997, se aprobó la Ley de Elecciones Municipales las que se llevarán a cabo el segundo domingo del mes de octubre del ano en que finaliza el mandato legal de las autoridades municipales, es decir el ll de octubre del ano en curso; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N” 23853 en materia de Acondicionamiento Territorial, Vivienda y Seguridad Colectiva con el Articulo 65” inciso 18) señala como función