Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (27/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

PRES Aprueban Directiva aue establece nor- ias para el Programa de Evaluación Semestral del Rendimiento Laboral aplicable a trabajadores de los CTAR RESOLUCION MINISTERIAL W 353-98-PRES Lima, 12 de agosto de 1998 Que, el Decreto Ley N” 26093. dispone un Programa de Evalua- ción Semestral de los trabajadores de la Administración Pública dc acuerdo a los dispositivos legales vigentes sobre lla materia. debién- dose considerar que el personal que no califique en el proceso de Evaluación, será cesado por causal de excedencia; Que, mediante Ilesolucion Ministerial W 456-97-PRES de fecha 29 de diciembre de 1997. se aprobó la Directiva N” 003-97. PRES/VMDR que estableció las normas para cl Programa de Evaluación Semestral del Rendinuento Laboral a ser aplicado a 1”s Consejos Transitorios de Administración Regional; Que. al dictarse a la Ley N” 26922. Ley Marco de Descentra- lización, es necesario expedir una nueva Direct iva que contemple las modificaciónes requeridas para un proceso de ev aluación que permita contar ron servidores idóneos y consccu~ ntemente con una gestión eficiente y eficaz De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N” 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley N” 26093 Ley N° 26922 Ley Marco de Descent ralización, Decreto de Urgencia N” 030-98 y Decreto Supremo Y” 010-98-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1”.- Aprobar la Ihrectwa N” 002-98-PRES/VMDR que consta de siete (71 rubros y tres (3) anexos, la misma que establece las normas :de procedimiento para el Programa de Evaluación Semestral del Rendimiento Laboral, a ser aplicado a partir del segundo semestre de 199X. a los trabajadores de los Consejos Transitorw de Administración Regional en todo el país y que forma parte de la presente Resolución Artículo 2”.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N” 456-97-PRES de fecha 29 de diciembre (1~ 1997 loe aprobó la Lkcctwa N” 003-97-PRES/VMDR. Artículo 5’.- El Programa de Evaluación Semestral para el personal de las Direcciones Regionales Sectoriales estará a cargo de los Consejos Trancitorios de Administración Regional ~xn tod» el país. Artículo 4”.- 1.a presente I)ireclnx no cs de aplicac!ón para el persona1 dwentv del Magww~~r, nr para los docentes que según el CAP vigente esten ocupado temporalmente cargos administra- tivos y cuyo plazo de permanencia no exceda “í’ seis meses. Asimismo a los profecionales de 1s salud y al persowl wistencial detallado en la Escala N’ 6 Profecionales de !P Salud anexo adjunto al Decreto Supremo N° 051-91 PCM definidos como taks en los C AP"s vigentesv CU.“< . cargos estén Regístrew, comuniquere v pubhqrresr. DIRECTIVA N” 002 -98-PRES/VMDR PROGRAMA DE EVALUACION SEMESTRAL DELal Reglamento de Organización y Funciones de los Consejos Transitorios de Administración Regional, encontrandose com- prendidos los directivos y servidores que desempeñan labores de naturaleza permanente sea cual fuera su réeimen v situación laboral. .I ” Quedan exceptuad«s, de la aplicación de la presente directiva los funcionarios que desempeñen careos de ronfianza, ~ertenez- can ” no a la cakera administrativà; así como los qúe formen parte de las Comisiones de Evaluación. IV. BASE LEGAL 4.1 El Decreto Ley N” 26093 que dispone que los Titulares de los Mmisterios y de las Instituciones Públicas Descentralizadas deberán cumplir con efectuar semestralmente, Programas de Evaluawín del Personal, de acuerdo a las normas que para tal efecto establezcan. 4.2 Decreto Legislativo N” 276. Ley de Bases de la Carrera Admmistrativa y de Remuneraciones del Sector Público. 4.3 Decreto Supremo N” 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases dt, la Carrera Administrativa. 4.4 Ley N” 26922. Ley Marco de Descentralización. 4.5 Decreto de Urgencia N” 030-98 4.6 Decreto Supremo N” 010-98-PRES V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1 La Evaluación de los Trabajadores será semestral. Dentro de los plazos previstos de acuerdr> al cronograma que para dicho efecto determme cada CTAR. 5.2 Los I.egajos Personales, deberán actualizarse, previa comunicación al personal. para que en un plazo que no exceda delos 5 dias útdes anteriores al proceso de evaluación, presenten los documentar pertinentes. 5.3 Los servidores ue se encuentren destacados en otras Entidades del Sector Pu Ix”, deberán ser evaluados por su Jefe1. Inmediato y ratificados por su superior jerárquico, e inmediata- mentr envinrá las fichas de acuerdo al cronograma prefijado por la institución de “rigen. 5.4 El Proces” Total de Evaluación de Rendimiento Laboral culmmará ~n un plazo máximo que no excederá los 20 días útiles de iniciad” rl proceso. 5.5 Los trabajadores, que no cumplan con 1”s requisitos y no alcancen cl puntaje final de sesenta (60) puntos como mínimo serán cesados en sus cargos por causal de excedencia. 5 6 La Resolución Ejecutiva Regional que declare el cese de los trabajadores, será publicada en el Diario Oficial El Peruano yen un lugar visible de la Sede Regional y Subregional, dentro del plazo máximo de 15 días útiles, luego de haber concluido el proceso de evaluación. 5.7 El Presidente E,lecutivo del Consejo Transitorio de Admi- nistración Regional, será la última instancia administrativa encas” dc reclamos. 5.X El Despacho del Vuxministr” de Desarrollo Regional, del Ministerio dr la Presidencia, dispondrá las acciones y coordina- cioneh necesarias para el cumpltmiento de lo dispuesto en la presente directiva. VI. DE LA DESIGNACION Y RESPONSABILIDAD DE LAS COMISIONES DE EVALUACION 6. l El Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regi»nal - (YAR designará, mediante Resolución Ejecutiva Re- gional a la Comisión de Evaluación, la cual será responsable de la información de las fichas de Evaluación del Rendimiento Laboral de los trabajadores del CTAR y de cumplir los plazos previst»s en la presente Directiva. 6.2 La (‘omisión Centra1 de Evaluación del ConseJoTransito- ri” de Admmistración Regional, estará conformada por: 6.3.1 Secretario Técnico. quien la preside 6.2.1 El Gerente Regional de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica 6.2.2 El Dwector de la Oficina de Personal, qwen hará de Secretario de la ComisIón.RENDIMIENTO LABORAL A SER APLICADO A LOS TRABAJADORES DE LOS CONSE- JOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL 6.3 La (‘omiskón de Evaluación de las Direcciones Regionales Sectoriales, estará conformada pw: 1. FINALIDAD Normar el procedimiento para la ejecución de! Programa de Evaluación Semestral del Rendimiento Laboral de los trabajado- res de los Consejos Transitorios de Administración Regional. dr conformidad con el Decreto Ley NI). 26093. II. OBJETIVO 2.1 Evaluar el nivel de conocimientos. experiencia, rendi- miento y productividad de los trabajadores de cada CTAR, 2.2 Desarrollar. como resultad” de esta evaluación. progra- mas de capacitación tecnico-profesional. charlas, conferencias, seminarios, etc. a fin de contar con perwnal eG”ecializado P idóneo para el cumplmnento de las funcione.. y tarws asignadas. 111. ALCANCE La presente Dlrectwa, sera de cumplimiento ohilgatwo para los C”nscjos Transdorms de Administración Reprmal - CTAR’s. Y para los entes que conforman su estructura “rgán Ica de acuerdo6.3.1 El Dwector Regional Sectorial , quien la preside 6.3.2 El Director Regional Sectorial de Asesoría Jurídica63.3 El Director de Personal de la Dwección Sectorial, quien hará de Secretario de la Comisión. 6 4 En caso que las Direcciones Regionales Sectoriales no cuenten con la estructura orgánica descrita en el acápite 6.3, la evaluación de su personal estará a cargo de la Comisión Central del Consejo Transitorio de Admimstracrón Regional. 6.í La cvaluación del personal correspondiente a las Geren- cias Subrejilonales será de cargo de la Comisión Central del Consejo Transitorio de Admmistración Regional 6.6 Cuando se presente la ausencia debidamente justificada de alkwno dr los miembros de las Comisiones Evaluadoras, la autorrdad responsable, designar6 oportunamente al suplente. mientras dure la ausencia del titular. VII. DEL PROCESO DE EVALUACION 7.1 El Proceso de Evaluaci»n comprende los siguientes factores: