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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (03/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 27

Lima, jueves 3 de diciembre de 1998 elxkmt(lfu) Pág.166805 embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y/o jurídicas requerirán del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho específico queel Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado parael desarrollo de las actividades pesqueras; Que mediante Resolución Ministerial N° O28-98-PE de fecha 20 de enero de 1998, se modificó el Artículo 1” de la Resolución Ministerial N” 10594-PE modificado mediante el Artículo 2” de la Resolución Ministerial N” 615-96-PE, auto- rizando a la empresa UNION FISHING S.A., el incremento de flota con una embarcación pesquera denominada “DONLUIS” , de 732.38 m3 de volumen de bodega y 542.35 m3 de carga neta de pesca con sistema de preservación R.S.W.,equipada con redes de cerco de ‘/% pulgada (13 mm), de tamaño mínima de malla para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto y de 1 ‘/r, pulgada ( 38 mm. 1, para 1 a extrac- ción de los recursos jurel y caballa para consumo humano directo; Que mediante los escritos del visto la empresa UNION FISHING S.A., solicita uermiso de uesca oara extraer los recursos anchoveta, sardina, jurel y&cabalfa con destino al consumo humano directo e indirecto por cuanto la embarca- ción pesquera “DON LUCHO II” (ex DON LIJIS) reúne las condiciones técnicas y equipos para desarrollar actividadesextractivas con óptima eficiencia y adecuada preservacióndel recurso capturado; Que luego de la evaluación efectuada a los documentos presentados por la recurrente y considerando que la embar-cación pesquera denominada “DON LUCHO II” cex DON LUIS) cuenta con incremento de flota para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto y jurel y caballa para el consumo humano directo, la respectiva ampliación del destino al consumo humano directo e indirecto no implicaría un incremento del esfuerzo pesquero sobre los citados recursos, contrariamente permitiría un mejor aprovechamiento de los mismos; Que la empresa UNION FISHING S.A. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimknto N” 1, correspondiente a la Dirección Nacional de Extracción, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministeriode Pesquería, aprobado por Decreto Supremo N” OO1 -98-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en los Artículos 21”, 43” inciso c), numeral 1” y 44” del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca, en 6~1 Artículo 138” de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE y las Resolucio- nes Ministeriales N”s. 500-98-PE y 501-98-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo N” OlO-97-PE y en Artículo 7” de la Resolución Ministerial N” 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1”~ Modificar el Artículo 1” de la Resolución Ministerial N”028-98-PE que modificó parcialmente el Artícu- lo 1” de la Resolución Ministerial N” 105-94-PE, modificado mediante el Artículo 2” de la Resolución Ministerial N” 615-96- PE respecto a la embarcación “DON LUIS” (hoy DON LUCHO II), el mismo que tendrá el siguiente texto: “Artículo l”.- Autorizar a la empresa UNION FISHING S.A. el incremento de flota con una embarcación pesqueradenominada “DON LUCHO II” de 732.38 m3 de volumen debodega con sistema de preservación RSW y 542.35 m3 decarga efectiva de pescado, para la extracción de los recursosanchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumohumano directo e indirecto, utilizando redes de cerco de ‘/‘L pulgada (13 mm.) y 1% pulgada (38 mm. ) de abertura de malla, según corresponda”. Artículo 2”.- Otorgar permiso de pesca a plazo determi- nado a la empresa UNION FISHING S.A:, para operar la embarcación pesquera denominada “DON LUCHO II” de Matrícula CE-15791-PM de 732.38 m3 de capacidad de bodega con sistema de preservación R.S.W., y 542.35 m3 decarga efectiva de pescado, para la extracción de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al c‘onsumo humano directo e indirecto utilizando redes de cerco de % pulgada t 13 mm) y 1% pulgada (38 mm.) de abertura de malla, según corresponda, en el ámbito del litoral peruano yfuera de las diez (10) mlllas costeras. Artículo 3”.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion está supeditada a la operatividad de la embarcación pesquera y al pago por concepto de derecho anual que acredite el armador, con la respectiva constancia.Este pago será abonado por el armador pesquero en el plazoque establezca el dispositivo normativo que fije el monto pordicho concepto.Artículo 4”.-Incorporar a la embarcación pesquera de- nominada “DON LUCHO II” en el literal B) del Anexo 1 de la Resolución Ministerial N” 500-98-PE y en el Anexo III de la Resolución Ministerial N” 501-98-PE. Artículo 5”.- Retirar la autorización de incremento de flota otorgada a la empresa UNION FISHING S.A., designa- da con el número 115 del Anexo II de la Resolución Ministe- rial N” 500-98-PE. Artículo 6”.- Transcribir la presente resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacosta s del Minis- terio de Defensa y a las Direcciones Regionale s de Pesquerfa de Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Chimbote, Pisco, Are-quipa, 110 y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e) 14059 Autorizan cambio de nombre de titular de permiso de pesca para operar embarcación de bandera nacional RESOLUCION DIRECTORAL N° 355-98-PE/DNE Lima, 30 de noviembre de 1998 Visto el expediente de Registro N” CE-00066003 con escrito de fecha 14 de setiembre de 1998, presentado por CONSERVERA GARRIDO S.A. CONSIDERANDO: Que el Artículo 47“ del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE, estable- ce que la transferencia de la propiedad orsesión de la embarcación pesquera durante la vigencia el permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante la Resolución Ministerial N” 653-97-PE de fecha 27 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a los armadores EMPRESA PESQUERA MAUI S.A. y doña HILDA MARIA OLAZABAL BROUSSET, para operar la embarcación pesquera de bandera nacionaldenominada “PAITA I”, con Matrícula N” PT-6137-PM, de 258,OS m3 de capacidad de bodega, con sistema de preserva- ción RSW, la cual se dedicará a la extracción de los recursoshidrobiológicos anchoveta y sardina para destinarlo al con-sumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando red de cerco con longitud mínima de abertura de malla de 1/2 pulgada (13 mm. ); Que mediante el escrito del visto, CONSERVERA GA- RRIDO S.A. solicita el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado mediante la Resolución Ministe-rial mencionada en el considerando precedente, para operar la embarcación pesquera denominada “PAITA 1”, al haber adquirido la propiedad de la misma: Que de la evaluación efectuada a los documentos propor- cionados por la recurrente se ha determinado que ha cumpli- do con presentar los r euisitos establecidos en el Procedi- miento N” 3, correspo n8ientea la Dirección Nacional de Extracción, del Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo N” OOl-98-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 43” inciso c) numeral 1) del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca, los Artículos 47” y 138” de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE y las Resoluciones Ministeria- les N”s. 500 y 501-98-PE; y, b En uso de las facultades conferidas a través del Decreto Supremo N” OlO-97-PE y la Resolución Ministerial N” 505 9%PE; SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera debandera nacional que se indica a continuación, en lo s mismos términos y condiciones en que fue otorgado: