TEXTO PAGINA: 8
-- P&. 167270 ~l~~I):[ll;~ar:~F(rl:I1~~ Lima, miércoles 16 de diciembre de 1998 Estado, inclusive las señaladas en el Artículo 12” de la presente Ley, se aprueban mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Artículo 10”. - Afectación de los Gas tos de Perso- nal. En el marco de lo dispuesto por el Artículo 35 de la Ley N” 26703 -Ley de Gestión Presupuestaria del Estado-, modificado por el Artículo 1” de la Ley N” 26884, precísase que los compromisos que se efectúen para gastos de personal, activo y cesante, de cada Pliego, deben conside- rar únicamente los aplicables a sus servidores y funcio- narios registrados nominalmente en la planilla, bajo res-ponsabilidad del Titular del Pliego y del Jefe de la Oficina de Administración o la que haga sus vece sEncarguese a la Oficina de Control Interno del Pliego la verificacion y seguimiento pertinente. Artículo ll”.- Ejecución de los Presupuestos de SUNAT y ADUANAS. ll. 1. La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) y la Superintendencia Nacional de Aduanas (ADUANAS), depositan en la Cuenta Principal del Tesoro Público, dentro de los 15 (quince) días si- guientes de vencido el trimestre, bajo responsabilidad delTitular de las referidas Entidades, la diferencia entre sus ingresos trimestrales y los gastos comprometidos en el mismo período. 11.2. La incorporación al h?SUpUeSt<J del Gobierno Central, de la diferencia a que se refiere el presenteartículo, se efectúa mediante Resolución del Titular delMinisterio de Economía y Finanzas. Artículo 12”.- Tratamiento del Proceso Presu- puestario en la Actividad Empresarial del Estado. 12.1. El Ministerio de Economía y Finanzas, a t,rn\$s de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado, dicta las normas de gestión, suscribe los convenios respec-tivos y regula el proceso presupuestario de los organismos señalados en la Ley N” 24948 -Ley de la Actividad Empre- sarial del Estado-, yen general, de todas las Empresas de propiedad mayoritaria del Estado; con sujeción a lo dis- puesto en la Ley N°26703, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, la Ley N” 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N” 039-98-PCM, publicado el 28 de setiembre de 1998; así como de la presente Ley. Lo dispuesto en el párrafo precedente, también es de aplicación para las siguientes entidades:ponsabilidad, sus procesos presupuestarios, exclu- sivamente, de conformidad con las directivas que apruebe la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Artículo 13”.- Administración de los Recursos Directamente Recaudados. 13.1. Los ingresos correspondientes a la Fuente de Financiamiento “Recursos Directamente Recaudados” sonadministrados por los Pliegos que los generan y se aplican a las Actividades y Proyectos que se programen para el Ano Fiscal. 13.2. En el caso de los ingresos generados por el alquiler de equipos, maquinarias y otros bienes mueblesde propiedad de las Entidades del Sector Público, se orientan a los gastos de mantenimiento y reposición de losmismos, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del funcionario encargado de la administración de los indica- dos bienes. Las Oficinas de Control Interno ejercen el control respectivo. Artículo 14”.- Pago de Cuotas a Organismos Inter- nacionales. 14.1 El cronograma de pago de las cuotas del Gobierno Peruano a los Organismos Internacionales de los cuales el Perú es país miembro, se aprueba por Resolución Supre-ma refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y se paga con cargo a las asignaciones previstas para el citado Ministerio. 14.2 La Superintendencia Nacional de Administra- ción Tributaria (SUNAT) y la Superintendencia Nacionalde Aduanas (ADUANAS), efectúan con cargo a sus Recur- sos Directamente Recaudados, el pago d e las cuotas y contribuciones a los Organismos Internacionales relacio- nados con las actividades que éstos ejecutan y de los cuales el Gobierno Peruano es miembro. 14.3 Las Entidades del Sector Público, que cuenten con recursos distintos a los de la Fuente de Financia- miento “Recursos Ordinarios”, podrán pagar, con cargo a dichos recursos, las cuotas del Gobierno Peruano a los Organismos Internacionales de los cuales el Perú es país miembro. El pago se efectúa con cargo a sus respectivos presupuestos autorizados, previa aprobación de la Reso-lución Suprema refrendada por el Ministro de RelacionesExteriores; para lo cual las Entidades del Sector Público,comunican su propuesta al Ministro de Relaciones Exte-riores, dentro de los 30 (treinta) días siguientes de apro- bada la presente Ley. Artículo 15”.- Programa del Vaso de Leche. - Superintendencia de Banca y Seguros. - Superintendencia Nacional de Administración Tri- butaria. - Superintendencia Nacional de Aduanas. - Superintendencia de Administradoras Prrvadas de Fondos de Pensiones. - Superintendencia Nacional de Servicio de Sanea- miento. - Instituto Peruano de Seguridad Social. - Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones. - Organismo Supervisor de la Inversión en Energía. - Organismo Supervisor de la Inversión en Infra- estructura de Transnorte de Uso Público.15.1. En armonía con lo dispuesto por la Ley N” 24059, los recursos del Programa del Vaso de Leche financian la ración alimenticia diaria, mayoritariamente de origennacional, compuesta por leche y/o alimento equivalente: quinua, quiwicha, soya, avena o cualquier otro alimento, prioritariamente producido en la zona, utilizado por los pobladores de la región o zona como desayuno, de acuerdo a sus hábitos de consumo. 15.2. Todos los excedentes que se generen como resul- tado del uso alternativo de donaciones en especie de los productos antes mencionados, se orientan, necesaria-mente, a la adquisición de alimentos complementarios para el Programa del Vaso de Leche. 15.3. Los Conceios Municinales Distritales v Provin- - Comisión Nacional Supervisora de Emprews y Valo- res. - Comisión de Zonas Francas, Industriales Y Turísti- cas. - Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios-CETICOS. - Comisión de Tarifas Eléctricas. -Empresas Pertenecientes a los Consejos Transitorios de Administración Regional y a los Gobiernos Locales. - Fondos creados por dispositivo legal expreso, cuan- do corresponda, previa opinión del Mintsterio de Eco- nomía y Finanzas, a través de la oficina correspon-diente, así como las Entidades que los administren,siempre que éstas no reciban transferencias de la Fuen-te de Recursos Ordinarios. 12.2. Las Entidades y Fondos del Sector Público no comprendidos en el presente artículo, regulan bajo res-ciales darán cobertura a los beneficiarios del &tado pro- grama (niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en períodode lactancia), priorizando entre ellos la atención a quienes presenten un estado de desnutrición o se encuentren afectados por tuberculosis. 15.4. A fin de asegurar que el número de beneficiarios no se reduzca, se autoriza al Ministerio de Economía yFinanzas a realizar las transferencias necesarias concargo a la Reserva de Contingencia. Asimismo, en lamedida en que se cumpla con la atención a la población antes mencionada, se extenderá la atención a los niños de 7 a 13 años, ancianos y afectados por tuberculosis en general. 15.5. El Ministerio de Economía y Finanzas autoriza los Calendarios de Compromiso y los giros de los recursosasignados al Programa del Vaso de Leche, a los ConcejosDistritales y Provinciales, en concordancia con la norma- tividad vigente.