Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 1998 (16/12/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

Vistos, las comunicaciones recibidas con fechas 20 de octubre y 17 de noviembre del ano en curso, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato por la ALwpacion Independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino" a la Alcaldia del distrito de MORDAZA de la provincia de Chachapoyas, interponiendo reclamo de las Elecciones Municipales realizadas el 11 de octubre del presente ano, en el mencionado distrito, alegando que en dichos comicios se han producido graves irregularidades; CONSIDERANDO: Que, en cuanto al reclamo del recurrente sobre irregularidades en el desarrollo del MORDAZA eleccionario realizado el ll de octubre del presente ano, en el distrito de MORDAZA de la provincia de Chachapoyas, no puede ser admitidopornohabercumplidoconacompanarelempoce de ley, no obstante que ha sido notificado para que cumpla con hacerlo; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Confirmar el Acta de Computo del distrito de MORDAZA de la provincia de Chachapoyas de fecha 23-10-98, que proclama a las autoridades municipales elegidas en el mencionado distrito para el periodo comprendido de 1999 al ano 2002. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 14726

1Personero 1

Provincial del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", adjuntando como prueba de parte la 1pericia grafotecnica, y arancel por concepto de interposi,:ion de recurso de nulidad; CONSIDERANDO:

,

!: '

Confirman actas de proclamacion de los Jurados Electorales Especiales de las provincias de Mariscal MORDAZA MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION N" 1262-98-JNE MORDAZA, 15 de diciembre de 1998 VISTOS: Las comunicaciones recibidas con fechas 27 de octubre, 3 y 25 de noviembre de 1998, del Frente Popular MORDAZA de MORDAZA (FREPAL), representado por su Personero Legal, donLuis MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitando se le tenga por apersonado al presente proceso; adjuntando instrumentales; y solicitando se senale fecha y hora para la vista de la causa; El Oficio N" 038-9%JEEPMRC-CC-P, recibido con fecha 28 de octubre del ano en curso,. del Presidente del MORDAZA Electoral Especial de la provmcia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, haciendo de conocimiento de este organo electoral la observacion del acta electoral N"028939, en cuanto a los votos correspondientes al "Movimiento Independiente Vamos Vecino" y en lo referente al rubro de votos nulos, por parte de los personeros de diferentes agrupaciones politicas, haciendo de conocimiento del Ministerio Publico estos hechos; El Oficio N" 051.Y%JEEPhZRC--CC, recibido con fecha 28 de octubre de 1998, del Presidente del MORDAZA Electoral Especial delaprovincia deMariscalRamonCastilla, remitiendo expediente de Recurso de Apelacion de la resolucion que declara insubsistente la observacion del acta electoral N" 028939, deldistrito deYavari, provincia de Mariscal MORDAZA Castilla; La comunicacion recibida con fecha 3 de noviembre de 1998, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Titular del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", en los autos sobre Recurso de Apelacion, solicitando su tramite via Recurso de Nulidad; La comunicacion recibida con fechas 6 y 24 de noviembre del presente ano, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

Que, de la revision de autos, y tramitada la presente #ia recurso de apelacion, se aprecia con fecha 28 de octubre del ano en curso, el Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Mariscal MORDAZA MORDAZA, manifiesta a este Supremo Tribunal Electoral, existir indicios de supuestas Irregularidades cometidas por los miembros de la mesa de sufragio N" 028939, quienes coludidos con el Personero iel "Movimiento Independiente Vamos Vecino" adulteraron a su favor, las cantidades que corresponden al rubro le votos distritales, votos nulos e impugnados; hechos que ;han sido detectados, al momento en que se efectuaba el computo de votos en eldistrito de Yavari, provincia de ;Mariscal MORDAZA Castilla:, que al respecto, el Personero jel "Movimiento Independiente Vamos Vecino" refiere lue, su acta coincide con la de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, solicitando se efectue el cotejo con ~1 acta de las Fuerzas Armadas v del MORDAZA Electoral Especial; Que, asimismo los personeros del Frente Popular MORDAZA deLoreto, del MovimientoIndependienteSomos Peru y del Partido Politico Accion Popular han formulado 3bseGacion contra la citada acta; en razon a que, de las que obran en su poder se manifiesta la adulteracion que ha sufrido el acta cuestionada en la cantidad de votos Dbtenida por el "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; es decir, que en el rubro de votos distritales a la cantidad de 49 votos se le ha superpuesto la de 89 votos; Lo mismo ha ocurrido en el rubro de votos nulos, en el que aparentemente se aprecia dos votos nulos, sin embargo se /observa de su revision que ha sufrido adulteracion, hechos que se supone ocurrieron concluido el escrutinio; Que, ante tales circunstancias y existiendo indicio de La comision de irregularidades, el MORDAZA Electoral Especial de Mariscal MORDAZA MORDAZA, resuelve declararfundada la observacion realizada por los Personeros del Frente Popular MORDAZA de MORDAZA, Movimiento Independiente Somos Peru y Partido Politico Accion Popular; asimismo acuerdan hacer de conocimiento del Ministerio Publico los hechos acontecidos para efectos de la correspondiente investigacion; Que, el Personero Legal del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", formula Recurso de Apelacion contra la resolucion que declara insubsistente la observacion realizada al acta de electoral N"028939; en vista que, sostiene no existir merito para declarar su nulidad, mas aun cuando del resultado de la pericia grafologica que se acompana como prueba de parte, resulta no presentar alteraciones fraudulentas de ninguna naturaleza, en su contenido original, tal como se reflere; que, sin embargo la referida prueba ha sido efectuada en el acta electoral correspondiente al Personero del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", por lo cual carece de valor probatorio; Que, en atencion a la labor fiscalizadora que cumple este organo electoral, contenida en el literal a) del Articulo 5" de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y verificada el acta en cuestion, obrante en sobre verde; resulta que en MORDAZA se aprecia enmendaduras en el rubro correspondiente a votos distritales; por lo que, existe merito para declarar su nulidad en la parte pertinente, conforme alo dispuesto por el inciso b) del Articulo 315" de la Ley Organica de Elecciones N" 26859; Que, efectuado el computo de votos, con la anulacion parcial del acta electoral N" 028939, resulta que ha obtenido mayoria de votos la Lista Independiente Frente Popular MORDAZA de Loreto-FREPAL, quedando en MORDAZA lugar el "Movimiento independiente Vamos Vecino"; Que, asimismo, corre en autos la solicitud del recurrente, conforme a la cual requiere a este organo electoral se adecue el recurso de apelacion interpuesto como uno de nulidad; razon por la cual atendiendo a su pedido, se acordo en Sesion Privada de fecha 5 de noviembre ultimo, que cumpla previamente con los recaudos de ley, concediendosele el plazo de tres dias; por lo que habiendo cumplido el mandato, la presente accion se tramitar6 como Recurso de Nulidad;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.