Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 1998 (16/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

, refiere se habria realizado en el local de votacion ubicado c n el Centro Educativo MORDAZA Copernico, tale s como ofrecimiento de prendas de vestir con el fin de obtener votos a favor de determinada lista electoral, y la realizacion de propaganda electoral el mismo dia de las elecciones; Que, respecto a las Actas Electorales de las Mesas de Sufrapi o N"s . 041575, 041696. 045484. 046029. 048347. 050563,050609,050610,051746,051813,200383 y 207360, en ellas se advierte que se ha consignado observaciones respecto a errores en el padr0 n electoral, sin que ello afecte la votacion realizada en las citadas mesas toda vez que dichas situaciones se encuentran prrvlsta s en el primer parrafo del Articulo 266" de la Ley Organica de Elecciones N' 26859; Que, se advierte de las Actas Electorales de las Mesas de Sufragio N°s.041497,041639,053358,0553390 y 207747, que en ellas aparecen observaciones referentes a suplantacion de electores, las que en algunos casos no llegaron a concretarse, constatandose en dicha actas, que todos s estos casos fueron resueltos por los miembros de mesa; al respecto, el MORDAZA parrafo del Articulo 266" dt> la Ley Organica de Elecciones N' 26859, establece que de presentarse a sufragar una persona distinta a la que figura en la Lista de Electores, el Presidente de la Mesa de Sufragio debe comunicar tal acontecimiento a la autorldat lencargada de la custodia del local, para que proceda a su inmediata detencion; sin que ello importe una altcracicin en el desarrollo del acto electoral; Que, en las Actas Electorales de las Mesas de Sufragio N's. 041439 y 041457, las observaciones reglstrada s radican en que los personeros del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", llevaban impreso el simbolo de la citada agrupacion, en sus credenciales, resultando impreciso que dicha circunstancia MORDAZA Inducido a los electores a sufragara favor de determinada lista, MORDAZA si las actas correspondientes no presentan vicio o irregularidad que lleve a concluir que se MORDAZA alterado el resultado de la eleccion; Que, en cuanto a las enunciadas irregularidades, que segun el presente recurso, contenian las Actas E1lectorales N"s . 041462,041578,041649,041655,051806 y 205253, se ha constatado que en ellas no existe causal de nulidad contemplada en el Articulo 363" de la ley MORDAZA citada; Que, sobre las Actas de las Mesas de Sufragio N"s. 051792,053321,207500 y 207797, se ha constatado en los ejemplares de garantia que obran ch n este organismo electoral, que fueron aceptados los votos de ciudadanos que no contaban con sus respectivos documentos de identidad, con la simple MORDAZA de constancias policiales por robo o extravio de sus documentos; y, asimismo, se observa que en la Mesa de Sufragio N" 053394, un MORDAZA asi emitido, fue anulado de inmediato; y, siendo que, de conformidad con lo dispuesto en el Articul o 7° de la Ley N" 26859, el derecho al MORDAZA se ejerce solo con e l Documento Nacional de Identidad o con la Libreta Electoral, para quienes aun no han obtenid eloprimero, establec iendo al respecto el Articulo 26" de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil N" 26497, que dicho documento, constkuy e la unica cedula de identidad personal para todos los actos que realice el ciudadano. y es el unico titulo que da derecho al sufragi ode la ptbrson aa cuyo favor ha sido otorgado; resultando de ello, ilegal que se MORDAZA permitido a diversos ciudadanos sufragar en tales circunstancias; y, siendo una infraccion de la ley que distorsiona el resultado de la eleccion en las mesas MORDAZA citadas, debe anularse la votacion contenida en ellas; Que, luego de restados los votos de las Mesas de Sufragio N's. 051792, 053321, 207500 y 207797, se ha obtenido los siguientes totales: Partido Accion Popular, cinco mil quinientos treinta y uno (5,53 1 I votos; Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino" , ochenta y seis mil cuatrocientos vtintisrete (86,427) votos; Agrupacitj nIndependiente "Movimiento Independiente Somos Peru", ochenta y cinco mil ciento veintiuno (85,121) votos; Partido Aprista Peruano, siete mil ochocientos setenta y tres (7,873 1 votos; Agrupacion Independiente "Union por el Peru", quince mil doscientos ochenta y nueve (15,280) votos, Lista Independient e "Juntos si podemos" veintidos mil ochocientos noventa y , nueve ( 22,899) votos; Lista Independiente e Frente Comunal Moralizador-FRECOM". sei s mil tres c ientos ; sesenta . y cinco (6,365) votos; Lista Independiente "Accion y trabae jo", siete mil doscientos noventa y cinco (7,295) votos;

votos en MORDAZA, nueve mil seiscientos setenta y siete ( 9,677); y, votos nulos, catorce mil sesenta y cuatro (14,064); y, no obstante ello, no se ve modificado el resultado global obtenido en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, manteniendose por lo tanto, la proclamacion efectuada por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA en dicha circunscripcion; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de nulidad de las elecciones municipales realizadas el ll de octubre de 1998 e n distrito de San MORDAZA de Luriel gancho, provincia y departamento de MORDAZA, interpuesto por el doctor MORDAZA Power Manchego Munoz, Personero Legal titular de la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Somos Peru". Articulo Segundo.- Declarar nula la votacion contenida en las Actas Electorales de las Mesas de Sufragio N"s. 051792, 053321, 207500 y 207797, correspondientes al distrito de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Tercero.- Confirmar la proclamacion realizada por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, de MORDAZA y Regidores del Concejo Distrital de San MORDAZA de Lurigancho , para al periodo de gobierno municipal 1999 - 2002, el que se encuentra conformado de la siguiente manera:

MORDAZA MORDAZA Palco Regidores: 1 - MORDAZA Zunrga MORDAZA 2 - MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3 - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4 - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5 MORDAZA Emedina MORDAZA MORDAZA 6 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7 . MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 8 MORDAZA Angeka Ellas MORDAZA 9 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10 MORDAZA MORDAZA Talavera MORDAZA ll MORDAZA T o v a r Norona 12 MORDAZA Franci Ormeno MORDAZA 13 - MORDAZA MORDAZA Rado MORDAZA 14 MORDAZA Olivas MORDAZA 15 MORDAZA MORDAZA Mosquera MORDAZA

"Movimiento Independiente Vamos Vecino'

"Movimiento Independiente Vamos Vecino" "Movlmlento Independiente Vamos Vecino' "Movimiento Independiente Vamos Vecino" "Movimiento Independiente Vamos Vecino" "Movlmlento Independiente Vamos Vecino" "Mowmlento Independiente Vamos Vecino" "Movlmlento Independiente Vamos Vecino" "Movlmlento Independiente Vamos Vecino" "Movimiento Independiente Vamos Vecino" "Movimiento Independiente Somos Peru" "Movimiento Independiente Somos Peru "Movimiento Independiente Somos Peru" "Movimiento Independiente Somos Peru "Movtmlento Independiente Somos Peru" `Juntos SI podemos"

Articulo Cuarto.- Disponer se oficie al Presidente del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y al Ministro del Interior, a fin de que informen, si don MORDAZA Astomitas Iroreta es miembro activo de las Fuerzas Armadas o de la Policia Nacional, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 14730

Proclaman MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de Carabayllo, provincia de MORDAZA
RESOLUCION N" 1286-98-JNE MORDAZA, 15 de diciembre de 1998 Vistos: Las comunicaciones presentadas el 10 y 16 de noviembre de 1998, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Titular del Movimiento Independiente "Vamos Vecino" , por las cuales interpone recurso de nulidad contra las Resoluciones N"s . 088 y 114-98-JEEL del 30 de octubre y 10 de noviembre del ano en curso, respectivamente, que declaran nulas las votaciones realizadas en las mesas de sufragio N"s . 034162,045848,051072,053475,

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