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a .15s Lima, viernes 18 de diciembre de 1998 elmm0 Pág. 167435 AREA UTIL DE LOTES PARA VIVIENDA AREA UTIL DE LOTES PARA COMERCIO LOCAL AREA DE VIAS AREA BRUTA DE USO “H-2” AREA BRUTA DE USO “E-2” AREA BRUTA HABITABLE AREA DE RECREACION PUBLICA AREA DE MINISTERIO DE EDUCACION (Incluida en el Equipamiento “E-2”)7,141.67 m2 3,021.l OO m2 6,131.13 m2 2,OOO.OO m2 12,OOO.OO m2 18JO7.64 m2 2,013.84 m2 366.16 m2 Pavimentos.-Las características de las obras de pavimen- tación serán las siguientes: Subrasa.nte.- Para conseguir un suelo estabilizado y te- niendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en su espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos,sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.-Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, provenien- tes de cantera seccionada, que contenga proporciones adecua- das de material gruesos (con diámetro máximo de 11/2”), fino y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación cse efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densi- dad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el convenien- te bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superficie de rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.0 Serán de concreto de calidad de f’c=140k./cm2, de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terra- plén de material limpio de buena calidad y debidamente com- pactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m., y el acabado será con mezcla cemento-arena fina, en propor- ción 1:2 de un centímetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extre- mos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m., de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confinan- do sus bordes se construirán sardineles de concreto de calidad de fc=210k./cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Adecuación Urbanística Para Limitados Físicos aprobadas por Resolución Ministerial N” 137878VC-3500 del 21 de di- ciembre de 1978. Obras sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado aprobados por SEDAPAL Electricidad.- Los interesados deberán poner en conoci- miento de la empresa concesionaria, la fecha de inicio y término de las obras, las mismas que se ejecutarán de acuerdo con los proyectos aprobados por EDELNOR. Instalaciones Telefónicas.-Para las instalaciones telefó- nicas, la interesada, deberá coordinar con la Gerencia de Proyec- tos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A., para la instalación de duetos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, a URBANIZADORA Y DE SERVICIOS CARABAYLLO S.A. la venta garantizada de los lotes de la denominada urbanización “Santa Isolina” 3ra. etapa, de su propiedad correspondiente al Area Util de Vivienda de 10,162.67 m2, según el siguiente cuadro: , MANZANA N* LOTES NUMERACION AREA (m2) A 48 1 al 48 6,201 .OO B 14 1 al 14 1,999.45 C 14 la114 1,962.22 10,162.67 Los lotes 1 al 22 de la manzana “A”, están destinados a Uso de Comercio Local,ylos lotes 1 con8,663,00 m2y2 con 1,126.OOm2 de la manzana “D”, corresponden al Ministerio de Educación y Equipamiento de Salud respectivamente. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, a los propietarios de la habilitación que quedan obligados a insertar en el contrato de compraventa que celebren, las cláusulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presen- te resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR, la presente resolución a la Municipalidad Distrital de Comas y la Oficina Registra1 de Lima y Callao para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. JUAN BAUTISTA BARDELLI Director Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 14695 MUNICIPALIDAD DE COMAS Inhabilitan a empresas por infringir el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado RESOLUCION DE ALCALDIA lv 86%SS-DAIMC Comas, 17 de diciembre de 1998 Visto, el Libro de Actas de folios cincuenta (50) correspon- diente al Concurso Público No Ol-98-CA/MC, en Tercera Convo- catoria así como también la Resolución de Alcaldía No 413-98- DA/MC de fecha 24 de junio de 1998; CONSIDERANDO: Que, en aplicación a los documentos que se señalan como son el Libro de Actas del Concurso Público No 01-98, en su Tercera Convocatoria y la R.A. N”413-98-DA/l’vIC de fecha 24 dejunio de 1998 las empresas AUTOMOTORES PERU GRAF S.A. y PRO- MANT E.I.R.L. han infringido el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, causando malestar y perjuicio a la Administración Municipal; Que, la empresa Automotores Perú Graf ha incumplido con el contrato firmado y la empresa PROMANT E.I.R.L. ha falsifi- cado documentos como lo certifica el Notario, Dr. Igor Sobrevilla Donayre; Por lo expuesto en uso de las facultades conferidas por la Ley N” 23853 Orgánica de Municipalidades y la Ley N” 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR INHABILITADAS alas empresas AUTOMOTORES PERU GRAF S.A. por el incumpli- miento efectuado al contrato firmado con fecha 15 de marzo de 1998 y aprobado con Resolución de Alcaldía No 317-98-DA/MC de fecha 20 de mayo de 1998,y a la empresa PROMANTE.1.R.L. por la falsificación de documentos y el incumplimiento de las disposiciones legales, así como del Reglamento Unico de Adquisiciones. Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Admi- nistración y Finanzas comunique la presente SANCION al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE). Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a la Dirección Municipal, Oficina de Admi- nistración y Finanzas y a la Oficina de Asesoría Legal, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese. JULIO H. SALDANA GRANDEZ Alcalde 14808