Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 1998 (03/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 3 de enero de 1998

Se recuerda a los contribuyentes que de acuerdo al D.S. N" 17797-EF, publicado el 30 de diciembre de 1997, a partir del 01 de enero de 1998, el valor de la Unidad Impositiva (UIT) como indice de referencia en normas tributarias, es de Dos Mil Seiscientos Nuevos Soles (S/. 2,600.OO). Por lo tanto, para efectos de la MORDAZA de los siguientes formularios, durante el ejercicio `1998 deben considerar los montos que a continuacion se indican:

FORMULARIO No 501 - "COMUNICACION DE SUSPENSION DE RETENCIONES Y/O PAGOS A CUENTA POR RENTAS DE CUARTA CATEGORIA".
El monto de los ingresos gravables con el Impuesto a la Renta por el ejercicio 1998 debe ser igual o inferior a 23,053.OO. .

FORMULARIO No 507 - "COMUNICACION DE SUSPENSION DE RETENCIONES Y/O PAGOS DE LAS CONTRIBUCIONES AL FONAVI".
El monto promedio mensual de los ingresos brutos gravables con el Impuesto a la Renta de Cuarta Categoria no debe superar los

s/. 1517.00.

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