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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 1998 (03/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 11

Lima, s4bado 3 de enero de 1998 pemtana Pág. 156151 CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo Primero de Ley W 26695 es facultad del Presidente de la Corta Suprema de Justicia de la República la designacidndelVoca1 Supremo Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; Que, haciendo uso de tal facultad;Que el Artículo 18” del Decreto Ley W 25868, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de De- fensa de la Competencia y de la Protección de la Propie- dad Intelectual -INDECOPI-, modificado por la Segunda Diswsición Comulementaria del Decreto Ley No 26116 y por-el Artículo 4@ del Decreto Legislativo Nó 807, creó la Comisión de Salida del Mercado; SE RESUELVE: Articulo Unico.. A partir de la vigencia de la presen- te Resolución, desígnase al Dr. Nelson Reyes Ríos, Vocal Supremo de la Corte Suprema de Justicia de la República como Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura.Que oor Resolución N”030-96-INDECOPIIDIR se acep- t6 la-renuncia del Sr. Huascar Alfonso Ezcurra Rivero, al cargo de Secretario Técnico de la Comisión de Salida del Mercado; Registrese, publíquese y cúmplase. VICTOR R. CASTILLO CASTILLO Presidente de la Corte Suprema de la RepúblicaQue se encuentravacante la plaza de Secretario Téc- nico de la Comisión de Salida del Mercado; Que el Directorio del Indecopi en su Sesión de fecha 26 de diciembre de 1997, ha acordado encargar la Secretarla Tkcnica de la Comisión de Salida del Mercado al Sr. Hugo Silva Quintana; De conformidad a lo establecido en el Artículo 5’ del Decreto Ley No 25868; OO03RESUELVE: Aceptán renuncia encargan Secre taría Técnica de la Eomisibn de Salida del Mercado RRSOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI WOSO-974NDECOPIIDIR Lima, 31 de diciembre de 1997 CONSIDERANDO: Que el Artículo 18” del Decreto Ley N” 25868, Ley de OrganizacMn y Funciones del Instituto Nacional de De- fensa de la Competencia y de la Protección de la Propie- dad Intelectual -INDECOPI-, modificado por la Segunda Disposición Complementaria del Decreto Ley W 26116 y por el Artículo 49” del Decreto Legislativo W 807, creó la ComisMn de Salida del Mercado; Que por Resolución W022-96-INDECOPIDIR se de- signó al Sr. Huascar Alfonso Ezcurra Rivero, como Secre- tario Técnico de la Comisión de Salida del Mercado; Que el Sr. Huáscar Alfonso Ezcurra Rivero, ha presen- tado su renuncia al cargo de Secretario Técnico quevenía ocupando; Que el Directorio del Indecopi en su Sesión de fecha 12 de diciembre de 1997, ha acordado aceptar la renuncia del citado funcionario; De conformidad con lo establecido en el Artículo 5”del Decreto Ley N” 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar, a partir del 31 de diciem- bre de 1997, la renuncia del Sr. Huáscar Alfonso Ezcurra Rivero al cargo de Secretario Técnico de la Comisión de Salida del Mercado, dándole las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 0017 RRSOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI WOSl-97-INDECOPIIDIR Lima, 31 de diciembre de 1997Artículo Unico.- Encargar al Sr. Hugo Silva Quinta- na la Secretaría Técnica de la Comisión de Salida del Mercado, a partir del 1 de enero de 1998. Regístrese, comuníquese y publíquese BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 9918 Fijan factores de conversión moneta- ria a utilizarse en la declaración de la base imponible en ADUANAS RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL IV’001332 Callao, 31 de diciembre de 1997 CONSIDERANDO; Que,elsegundopárrafodelArt. 15”delReglamentode la Ley General de Aduanas aprobado por D.S. No 121-96- EF, señala que para efectos de la Declaración de la base imponible los valores se expresaran en dólares de los Estados Unidos de América. De igual modo, refiere que los valores expresados en otras monedas extranjeras se convertirán a dólares de los Estados Unidos de América, debiendo ADUANAS establecer un mecanismo de difu- sión que permita a los usuarios conocer con suficiente anticipación dichos factores; Que, en este sentido resulta necesario actualizar los valores establecidos con la R.I.N. N” OO1135 del 1.12.97, asumiendo en ADUANAS los factores de conversión fija- dos por la Superintendencia de Banca y Seguros median- te Carta Circular No B-084-97 del 30.12.97; De conformidad a las facultades delegadas mediante Resoluci6ndeSuperintndenciadeADUANASW000017- 97 del 9.1.97, estando al Informe N” 004-97-ADUANAS- INRA-GCRC-DC del 15.1.97; SE RESUELVE: Artículo Primero.- FIJAR, a partir del día siguiente de publicación de la presente, los factores de conversibn monetaria a utilizarse en la declaración de la base impo- nible en ADUANAS, según se detalla a continuación: PAIS MONEDA EQUIVALENCIA EN USS ALEMANIA R.F. de MARCO 0.561956 ARGENTINA PESO 1 .ooo300