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Lima, sbbado 3 de enero de 1998 c{péMwnu, Pág. 156149 Martes 6 y miércoles 7 de enero de 1998 Evaluación de legajos, entrevistas con Jefes e informa- cióncomplementaria. Jueves 8 de.enero de 1998. Entrevistas personales. Viernes 9 de enero de 1998. Elaboración del Cuadro Final de Evaluación. Artículo 4”.- OBLIGATORIEDAD’DE LA EVA- LUACION: La evaluación debe ser realizada a todo el personal, aun cuando algún trabajador se encuentre haciendo uso de licencia, vacaciones, suspensiones o cualquier otra forma de inasistencia; para lo cual se aplicará la facultad discrecional de la Comisión. Artículo 6”.- DE LA COMISION EVALUADORA: La ejecución del Programa de Evaluación estará a cargo de una Comisión que estar8 integrada por el Secretario General, quien la presidirá; los Viceminis- tros de Trabajo y de Promoción Social, y la Directora de Personal, quien ejercerá la Secretaría Técnica. El Inspector General del Ministerio actuará en calidad de observador. Artículo B”.- FACTORES DE EVALUACION: El sistema de evaluación del rendimiento laboral, considera los siguientes factores: 1. CALIDAD: Es la idoneidad y eficiencia con que el personal se desempeña. 2. CUMPLIMIENTO DE PLAZO: Es la eficiencia en la utilización del tiempo para la ejecución del trabajo, por parte del personal. 3. RELACIONES DE TRABAJO: Es el grado de observancia de las normas generales de la institución. 4. DESARROLLO LABORAL: Es el esfuerzo y los progresos mostrados por el personal, en el desempeño de su cargo y el interés por asumir nuevas responsabilida- des. Artículo 7”.- DEL FORMATO DE EVALUACION: El formato, denominado “Hoja de Evaluación del Per- sonal del Ministerio de Trabajo y Promoción Social”, es el instrumento que incorpora los factores de evaluación, así como la información relativa al personal evaluado. Artículo W.- DE LA PUNTUACION: Cada uno de los factores incluidos en los formatos deberá evaluarse de 0 a 10 puntos, pudiendo emplearse decimales, según la tabla que obra en la hoja de evalua- ción. El total sera promediado entre el número de factores que se tomen en consideración. Artículo B”.- PUNTAJE MINIMO APROBATO- RIO: El puntaje mínimo promedio aprobatorio será de seis (6). Artículo lo”.- ESCALA DE F@NTUACION: La escala a emplearse en cada factor de evaluación, la misma que constituye la equivalencia de puntaje alcan- zado por el personal, estará compuesta por cinco (5) niveles de rendimiento, a saber: a) Deficiente. b) Regular. c) Bueno. d) Muy bueno. e) Excelente.La equivalencia de puntaje, en función a la escala indicada, se expresa en el dorso de la “Hoja de EvaluaciOn del Personal del Ministerio de Trabajo y Promoción So- cial”. Artículo ll”.- DEL PROCEDIMIENTO DE EVA- LUACION: La evaluación del personal será realizada por la Comi- sión, para lo cual podrá requerir la presencia de los funcionarios con nivel jerárquico Superior al evaluado que considere pertinente, procurando que tengan o hayan tenido relación funcional ylo administrativa con el perso- nal durante el periodo de evaluación. La Comisión Evaluadora podrá disponer una entrevis- ta personal a cada uno de los trabajadores o, a su criterio, entrevistas selectivas para definir el Cuadro Final de Evaluación. El Cuadro Final de Evaluación, que incorporará el personal aprobado y el personal desaprobado, deberá contar con la aceptación unánime de la Comisión Evalua- dora. En caso de discrepancia, ésta será resuelta por el Ministro. Una vez aprobado el Cuadro Final de Evaluación, el Secretario General expedirá una Resolución, declarando excedentes a los desaprobados en concordancia con lo dispuesto por el Decreto Ley N” 26093, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 12”.- La Comisión queda facultada para disponer las acciones que considere pertinentes, a fin de superar cualquier situación no prevista en el presente Reglamento. 9011 FE DE ERRATAS RESOLUCIONADMINISTBATIVA No 396-97-SE-TP-CME-PJ Por Oficio N“ 786-98-GG-PJ, el Poder Judicial solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrati- va del Titular del Pliego del Poder Judicial No 396-97-SE- TP-CME-PJ, publicada en nuestra edición del día 2 de enero de 1998, en la página 156135. DICE: En el Artículo l”, Inc.: 1) Por Suspensión Convencional del Proceso DEBE DECIR:SI. 5,00 En el Artículo lo, Inc.: 1) Por Suspensi6n Convencional del Proceso 0014Si.65,OO Designan representantedel Poder Judi- cial en la Reunión de ExpertosGuberna- mentales del Sector Justicia, a reali- zarse en Chile B.ESOLUCIONADMINISTBATIVA W SS&CME-PJ Lima, 2 de enero de 1998