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Pág. 162335 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de julio de 1998 señor Wilfredo Camilo Montañez Avendaño, por haber sobrevenido en su contra una condena por delito doloso. Artículo Segundo.- Convocar al señor Julián Valver- de Flores, candidato no proclamado de la Lista Indepen- diente "Movimiento Independiente Progresista" (MIPRO), por la que postuló y resultó elegido Regidor el señor Wilfre- do Camilo Montañez Avendaño, para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Provincial de Huaraz, para completar el período del gobierno municipal 1996-1998, debiéndosele otorgar la correspondiente credencial. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías necesarias para el cumplimien- to de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; HERNANDEZ CANELO; MUÑOZ ARCE; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 7976 Convocan a candidato no proclama- do para que asuma el cargo de regi- dor del Concejo Distrital de Padre Felipe Luyando RESOLUCION Nº 423-98-JNE Lima, 16 de julio de 1998 VISTOS: El Oficio Nº 220-98-MDPFLN, recibido en fecha 29 de mayo del año en curso, remitido por don José Quiroz Alva, Alcalde del Concejo Distrital de Padre Felipe Luyando, provincia de Leoncio Prado, comunicando los antecedentes penales del Regidor del citado municipio, don Edwin Gui- llermo Quispe Doria; además, adjunta certificado de ante- cedentes judiciales del regidor en mención, apareciendo que en el Proceso Penal Nº 73-97 ha sido sentenciado por el Juzgado Penal de Leoncio Prado a la pena privativa de la libertad de 4 años con el carácter de suspendida y al pago de una unidad de referencia procesal de reparación civil; El Oficio Nº 2222-JPLP-98, recibido el 24 de junio del año en curso, del Juez Penal de Leoncio Prado, comuni- cando que en la Instrucción Nº 73-97 seguida contra Edwin Guillermo Quispe Doria y otro, por el delito contra la seguridad pública - peligro común, en agravio del Estado; habiendo sido sentenciado don Edwin Guillermo Quispe Doria a la condena de 4 años de pena privativa de la libertad suspendida condicionalmente por 2 años y al pago de 1 unidad de referencia procesal a favor del Estado, habiendo quedado consentida dicha sentencia; CONSIDERANDO: Que, del estudio de autos aparece que don Edwin Gui- llermo Quispe Doria fue sentenciado por el Juzgado Penal de la provincia de Leoncio Prado el 17 de setiembre de 1997, en el proceso penal seguido en su contra y otro por la comisión del delito de seguridad pública - peligro común en agravio del Estado, a la pena privativa de libertad de 4 años con el carácter de suspendida por el plazo de 2 años y al pago de 1 Unidad de Referencia Procesal a favor del Estado, tal como obra de fojas 04; además, el Juez Penal de la provincia de Leoncio Prado informa que la sentencia condenatoria impuesta a don Edwin Guillermo Quispe Doria ha quedado consentida, como consta de fojas 05; estando incurso don Edwin Guillermo Quispe Doria en causal de vacancia establecida por el Artículo 26º numeral 3) concordante con el Artículo 23º numeral 9) de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26491; Que, ante la existencia probada de una causal de vacan- cia de un Alcalde o Regidor de Concejo, esta entidad electo- ral debe proceder a declararla; de conformidad con lo dis- puesto en el Artículo 5º literal u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, los Regi- dores son remplazados por los suplentes de sus mismas listas; que revisadas las listas de candidatos remitidas por Jurado Electoral Especial de Leoncio Prado correspondeasumir el cargo de Regidor a don Elías Esquivel Martínez, candidato no proclamado integrante de la Lista Indepen- diente Nº 31 "Frente Cívico de la Selva"; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Padre Felipe Luyando, provincia de Leoncio Prado, que venía ostentando don Edwin Guillermo Quispe Doria por estar incurso en la causal de vacancia al haber sido condenado por la comisión de delito doloso por el Juzgado Penal de la provincia de Leoncio Prado, en fecha 17 de setiembre de 1997, a la pena privativa de la libertad de 4 años con el carácter de suspen- dida y al pago de 1 Unidad de Referencia Procesal a favor del Estado por la comisión del delito contra la seguridad pública - peligro común; sentencia que ha quedado consentida. Artículo Segundo.- Convocar a don Elías Esquivel Martínez, candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 31 "Frente Cívico de la Selva" para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Padre Felipe Luyando, provincia de Leoncio Prado, por vacancia de don Edwin Guillermo Quispe Doria; para completar el período 1996-1998; conforme a ley. Artículo Tercero.- Otorgar la correspondiente creden- cial a don Elías Esquivel Martínez. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 7973 Declaran que candidato proclamado asume provisionalmente el cargo de alcalde del Concejo Distrital de Anda- marca RESOLUCION Nº 424-98-JNE Lima, 16 de julio de 1998 Vista, la comunicación recibida el 18 de junio de 1998, de don Genaro Acevedo Torres, Regidor del Concejo Distrital de Andamarca de la provincia de Concepción, dando cuenta que habiendo tomado conocimiento que el ciudadano don Macedonio Teódulo Meza Paucarcaja ha solicitado la sus- pensión de las funciones del Alcalde don Teófilo Campos Paucarcaja, en su condición de Teniente Alcalde se aúna a dicha solicitud, pues dicha autoridad edilicia comete atrope- llos; peticionando se resuelva lo más pronto posible; CONSIDERANDO: Que, de los documentos remitidos, se advierte que por resolución de fecha 19 de junio de 1997, el Juzgado Mixto de Concepción abre instrucción contra don Teófilo Campos Paucarcaja por delito contra la Administración de Justicia - concusión y peculado, en agravio de la Municipalidad Distrital de Andamarca, dictándosele mandato de deten- ción, el mismo que fuera confirmado por resolución del 28 de agosto de 1997 emitida por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Junín, que obra a fojas 52; Que, encontrándose con mandato de detención el Alcal- de don Teófilo Campos Paucarcaja, el mismo se encuentra incurso en una causal de suspensión prevista en el numeral 3) del Artículo 29º de la Ley Nº 23853, que dispone que el cargo de Alcalde se suspende automáticamente por impedi- mento legal, cuando tiene proceso penal abierto con manda- to de detención que ha quedado firme en primera o segunda instancia; Que, de conformidad con el Artículo 30º de la citada ley, en los casos de suspensión el Alcalde es reemplazado por el Teniente Alcalde, en este caso correspondería a don Genaro Acevedo Torres asumir el cargo de Alcalde en forma provi- sional; y a fin de completar el número legal de miembros se