Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1998 (17/07/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 1998

Articulo Septimo.- PLAZO PARA ACOGERSE AL REGIMEN ESPECIAL: El plazo para acogerse al Regimen Especial de Regularizacion vence el 30 de setiembre de 1998. Articulo Octavo.- NORMAS DE VIGENCIA Y COMPLEMENTARIAS: Facultase al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA para que, mediante decreto, disponga las normas complementarias y de vigencia de plazos que MORDAZA necesarias para su mejor aplicacion. Articulo Noveno.- CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA: Encarguese a la Oficina de Rentas el cumplimiento de la presente ordenanza Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 7957

otorgadas por la Ley a las entidades indicadas en el Articulo Primero, al interes general en el uso de los bienes de dominio y de uso publico. Articulo Tercero.- Para la aplicacion de la presente ordenanza se consideran trabajos en la via publica los siguientes: A) Canalizaciones. B) Camaras y/o Buzones. C) Construccion y/o modificacion de pistas, rampas, veredas, pasos peatonales, zonas de estacionamiento y jardineras entre otras. D) Cableado aereo (ampliacion de redes y/o reposiciones). E) Instalacion y/o reubicacion de Postes: de alumbrado publico, de telefonia y de television por cable; de anuncios de publicidad, senalizadores de calles. F) Senalizacion horizontal (Escolar, zonas reservadas, tachones y tachas refractantes, bidireccionales, rompemuelles, etc.). G) Construccion de monumentos y/o bustos. H) Conexiones domiciliarias (servicios de luz, agua, desague, telefono, television por cable). I) Cabinas telefonicas. J) Instalacion de mobiliario MORDAZA, paraderos publicos, basureros, etc. CAPITULO III DEL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES Articulo Cuarto.- Las personas naturales o juridicas que soliciten autorizacion para ejecutar obras en la via publica deberan presentar, con anticipacion no menor de 30 dias, al inicio de las obras, los siguientes documentos: 1. Solicitud escrita dirigida al MORDAZA de la Municipalidad de Pueblo Libre. 2. Recibo de pago por derechos de tramite e inspeccion ocular segun lo establecido en el TUPA. 3. Planos de ubicacion con medidas y cotas referenciales de la obra, senalando zonas de areas verdes en una franja de cinco (5) metros en caso de canalizacion y en un radio de diez (10) metros en caso de posterias, camaras y similares. 4. Cargo de recepcion de la Unidad de Tesoreria por la garantia del presupuesto por la reposicion de las areas publicas afectadas por las obras a ejecutar, segun acotacion de la Jefatura de Obras Publicas de la Direccion de Planeamiento y Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de Pueblo Libre. 5. Autorizacion expedida por la Direccion General de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para la obstaculizacion de vias. En los casos de MORDAZA necesaria de arboles, deberan previamente tramitar autorizacion municipal correspondiente amparada en la opinion escrita favorable de la Direccion de Servicios Comunales. 6. De considerarse necesario se adjuntara cronograma de ejecucion de obra y memoria descriptiva del proyecto, senalando el tiempo de interferencia de vias por tramos si el caso lo requiere. Articulo Quinto.- Las entidades descritas en el Articulo Primero de la presente ordenanza podran abrir los pavimentos, calzadas, aceras, bermas centrales y laterales de las vias publicas y en general usar los bienes de dominio y de uso publico de la jurisdiccion del distrito a efectos de cumplir con su objeto social, cursando para tal efecto comunicacion o aviso a la Municipalidad, quedando obligados a la reparacion de los bienes afectados en el tiempo y forma establecidos en esta ordenanza. Articulo Sexto.- La comunicacion o aviso a que se refiere el Articulo MORDAZA, debera precisar la descripcion de la obra, su ubicacion, la fecha de inicio y de culminacion de la obra, el/los contratista(s) a quien(es) se ha adjudicado la realizacion de la obra, asi como los nombres de los profesionales y supervisores responsables. A la comunicacion deberan acompanarse el plano de Especialidad de la Obra, la Memoria Descriptiva, Presupuesto de la Obra y el Cronograma de Ejecucion. CAPITULO IV OBLIGACION DEL SOLICITANTE Articulo Septimo.- Son obligaciones del solicitante de la autorizacion:

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban ordenanza reglamentaria sobre autorizacion para ejecucion de obras en la via publica
ORDENANZA Nº 007-98-MPL Pueblo Libre, 15 de junio de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo en sesion ordinaria de la fecha mediante Acuerdo de Concejo Nº 030-98 aprobo la siguiente ordenanza: ORDENANZA REGLAMENTARIA SOBRE AUTORIZACION PARA EJECUCION DE OBRAS EN LA VIA PUBLICA CAPITULO I BASE LEGAL - Constitucion Politica del Peru, Arts. 73º y 200º Inc. 4). - Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, Arts. 110º, 65º Inc. 13). - Reglamento Nacional de Construcciones D.S. Nº 03970-VI. - Ordenanza Nº 059-94-MLM de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana. - Ley General de Servicios de Saneamiento - Ley Nº 26338. - Ley de Concesiones Electricas - Ley Nº 25844 y sus Reglamentos. CAPITULO II OBJETIVOS Y ALCANCES Articulo Primero.- La presente ordenanza reglamenta el uso de los bienes de dominio y de uso publico por parte de las entidades prestadoras o concesionarias de los servicios de saneamiento, energia electrica y telefonia en la jurisdiccion del distrito de Pueblo Libre, de conformidad con las Leyes Nºs. 25844 y 26338, Reglamentos y demas disposiciones legales vigentes, asi como a toda entidad publica y privada que requiera hacer uso de bienes de dominio y de uso publico para el cumplimiento de su objeto social. Articulo Segundo.- Es premisa basica de la presente ordenanza, la subordinacion de toda disposicion legal y administrativa, asi como del ejercicio de las competencias

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