Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1998 (17/07/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 1998

Visto, el Oficio Nº 174-98-MPHI/A, recibido el 26 de MORDAZA del ano en curso, remitido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, comunicando que emitida la Resolucion Nº 046-98-JNE de fecha 22 de enero de 1998, pese al tiempo transcurrido, el Regidor don Max MORDAZA MORDAZA Supo no se ha reincorporado a sus funciones, por cuanto labora en la MORDAZA de MORDAZA y viene esporadicamente a Huari; solicitando se nomine a otro ciudadano para que reemplace al regidor Max MORDAZA MORDAZA Supo; y, adjunta Acta de Constatacion verificada por el Notario Publico de MORDAZA y Certificado de domicilio emitido por la Comisaria PNP de Huari; CONSIDERANDO: Que, de autos aparece que: 1) El Concejo Provincial de MORDAZA en sesion de Concejo de fecha 19 de setiembre de 1997 con la votacion aprobatoria de la mayoria del numero legal de miembros del Concejo se acordo la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor que ostenta don Max MORDAZA MORDAZA Supo por estar incurso en la causal establecida en el Articulo 26º numeral 5 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, tal como aparece de fojas 3 a 7; 2) El acuerdo de declaracion de vacancia del cargo de Regidor que ostenta don Max MORDAZA MORDAZA Supo fue notificado a la esposa del Regidor en mencion, documento cuya MORDAZA obra de fojas 14; y, 3) Con el Acta de Constatacion realizada por el Notario Publico de MORDAZA, quien constata que don Max MORDAZA Supo no se encontraba en su domicilio y al entrevistarse con su esposa, del ciudadano en mencion, esta manifiesta que su esposo desde el mes de agosto de 1997 permanece mayormente en la MORDAZA de MORDAZA, haciendo breves visitas a la MORDAZA de Huari; ademas indica que segun versiones de los vecinos don Max MORDAZA Supo se halla ausente de la referida circunscripcion, tal como consta de fojas 26; y, con el Certificado de domicilio emitido por la Comisaria PNP de MORDAZA aparece que efectuada la constatacion domiciliaria en la MORDAZA del regidor vacado, se obtuvieron versiones de los vecinos, quienes coinciden que no se le ve al regidor vacado desde hace seis meses, obra de fojas 28; Que, de conformidad por el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, los regidores son reemplazados por los integrantes suplentes de sus propias listas; que revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, corresponde asumir el cargo de Regidor a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 11 "Movimiento Solidario Independiente Huari-Distritos"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Confirmar el Acuerdo del Concejo Provincial de MORDAZA que declara la vacancia de don Max MORDAZA MORDAZA Supo; y, convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 11 "Movimiento Solidario Independiente MORDAZA - Distritos"; a fin que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por vacancia de don Max MORDAZA MORDAZA Supo; para completar el periodo 1996 - 1998; conforme a ley. Articulo Segundo.- Otorgar la correspondiente credencial a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valencia. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 7972 RESOLUCION Nº 426-98-JNE MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1998 VISTOS: Los escritos recibidos con fechas 13 de MORDAZA, 11 de MORDAZA y 12 de junio de 1998, Ingresos Nºs. 00752, 01028 y 01516, respectivamente, remitidos por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, elevando en MORDAZA simple la Ejecutoria Suprema de fecha 27 de enero de 1998, mediante la cual la Sala Penal de la Corte Suprema

de Justicia, en el Expediente Nº 3546-97, declara no haber nulidad en una sentencia, en el extremo que condena al senor MORDAZA MORDAZA Montanez Avendano, por los delitos de peculado, negociacion incompatible en el cargo y contra la fe publica, a cuatro anos de pena privativa de MORDAZA suspendida en su ejecucion; y solicitando que este Organismo Electoral resuelva con arreglo a ley; Los escritos presentados por el senor MORDAZA Cenas Casamayor el 14 de MORDAZA y 23 de junio de 1998, con Ingresos Nºs. 00761 y 01730, consultando en el primer escrito y oponiendose en el MORDAZA a la declaratoria de vacancia del Regidor senor MORDAZA C. Montanez Avendano, ante una condena dictada en su contra, toda vez que en MORDAZA no se ha dispuesto la inhabilitacion en el cargo; Los escritos presentados con fechas 20 de MORDAZA y 26 de MORDAZA de 1998, Ingresos Nºs. 00815 y 01201, por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ciudadano de la provincia de MORDAZA, solicitando se declare la vacancia al cargo de Regidor que ejerce el senor MORDAZA MORDAZA Montanez Avendano, por haber sufrido condena por delito doloso, para lo cual adjunta MORDAZA certificada de la sentencia expedida por la Sala Penal de la Corte Superior de MORDAZA y de la Ejecutoria Suprema expedida por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia; El escrito presentado por el senor MORDAZA MORDAZA Montanez Avendano, con fecha 13 de MORDAZA de 1998, con Ingreso Nº 01070, apersonandose al tramite que corre en torno a la declaracion de vacancia de su cargo de Regidor del Concejo Provincial de MORDAZA, y manifestando que la vacancia de su cargo no es procedente por cuanto la sentencia condenatoria que se le atribuye como causal, no contiene inhabilitacion y que ademas de ello ha presentado un recurso de revision contra la Ejecutoria Suprema de fecha 27 de enero de 1998, que confirma su condena; El Oficio Nº 003-98 C.ED-MIPRO, Ingreso Nº 01202, remitido por el senor Antenogenes MORDAZA MORDAZA, con relacion a la vacancia del Regidor senor MORDAZA MORDAZA Montanez Avendano; CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de junio de 1997, la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de MORDAZA, en el Expediente Nº 265-95-Huaraz, condeno al senor MORDAZA MORDAZA Montanez Avendano como autor de los delitos de peculado, negociacion incompatible con el cargo, falsedad documental y encubrimiento real, a cuatro (4) anos de pena privativa de MORDAZA, suspendida condicionalmente; conforme la MORDAZA certificada que obra a fojas 74; Que, recurrida en nulidad dicha sentencia, la Primera Sala Penal Transitoria, de la Corte Suprema de Justicia, con fecha 27 de enero de 1998, expide la Ejecutoria Suprema declarando no haber nulidad en la sentencia de fecha 18 de junio de 1997, en cuanto condena al senor MORDAZA MORDAZA Montanez Avendano por los delitos de peculado, negociacion incompatible en el cargo y contra la fe publica - falsedad documental en agravio del Estado y del Concejo Provincial de MORDAZA, a cuatro (4) anos de pena privativa de MORDAZA de ejecucion suspendida condicionalmente; conforme la MORDAZA certificada que obra a fojas 59; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 especifica en su Articulo 23º inciso 9) concordante con su Articulo 26º inciso 3), que vaca el cargo de Regidor cuando sobreviene la causal de condena por delito doloso, sin requerir la existencia de inhabilitacion; Que, el Concejo Provincial de MORDAZA ha tomado conocimiento de las sentencias recaidas contra el Regidor senor MORDAZA MORDAZA Montanez Avendano, conforme lo hace saber el propio MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su comunicacion recibida el 11 de MORDAZA del presente ano; en la cual solicita a este Organo Electoral que resuelva el caso de la vacancia conforme a ley. Existiendo la evidencia de la causal de vacancia, este organo electoral debe declararla, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 5º inciso u) de su Ley Organica, Ley Nº 26486; Que, de acuerdo con lo establecido por el Articulo 28º inciso 2) de la Ley Organica de Municipalidades, reemplaza al regidor vacado el suplente que sigue en su lista electoral, por lo que, revisada la Lista Independiente "Movimiento Independiente Progresista" (MIPRO), por la que postulo y resulto elegido Regidor el senor MORDAZA MORDAZA Montanez Avendano, se aprecia que el candidato no proclamado suplente que sigue es el senor MORDAZA MORDAZA Flores; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia al cargo de Regidor del Concejo Provincial de MORDAZA que ejerce el

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