Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1998 (17/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES
4.1 DEUDAS TRIBUTARIAS:

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a la Oficina de Participacion Vecinal, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7938

Rebaja del interes moratorio, del factor de reajuste o factor de actualizacion en los porcentajes y plazos siguientes: · 60 % para el caso de contribuyentes que regularicen su situacion hasta el 31 de agosto de 1998. · 35% para el caso de contribuyentes que regularicen su situacion entre el 1 y el 15 de setiembre de 1998. · 10% para el caso de contribuyentes que regularicen su situacion entre el 16 y el 30 de setiembre de 1998. 4.2 DEUDAS NO TRIBUTARIAS O ADMINISTRATIVAS: Rebaja en el importe de la multa no tributaria o administrativa y su factor de actualizacion en los porcentajes y plazos siguientes: · 50% para el caso de contribuyentes que regularicen su situacion hasta el 31 de agosto de 1998. · 25% para el caso de contribuyentes que regularicen su situacion entre el 1 y el 15 de setiembre de 1998. · 10% para el caso de contribuyentes que regularicen su situacion entre el 16 y el 30 de setiembre de 1998. 4.3 COSTAS DEL PROCEDIMIENTO COACTIVO: Reduccion en un 50% de las Costas Procesales, tratandose de deudas que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva. 4.4 BENEFICIO ADICIONAL POR PAGO AL CONTADO: Ademas de los beneficios establecidos en los numerales 4.1 y 4.2 se otorgara una rebaja adicional del 15% para el caso de contribuyentes que cancelen al contado el integro de la deuda. 4.5 CUOTAS DE FRACCIONAMIENTO: Las cuotas de fraccionamiento pendientes de pago, incluidos los intereses de fraccionamiento que senala el Articulo 36º del Codigo Tributario, podran abonarse aplicando los mismos beneficios y plazos establecidos en los numerales 4.1 o 4.2 del presente articulo mas un descuento adicional del 15%, solo en el caso que el contribuyente cancele el integro de las cuotas pendientes de pago dentro de la vigencia de la presente ordenanza. Las cuotas de fraccionamiento comprendidas en este numeral no estan sujetas a MORDAZA convenio de fraccionamiento de pago. Articulo Quinto.- FRACCIONAMIENTO DE PAGO DE LA DEUDA: Los contribuyentes que paguen fraccionadamente sus obligaciones pendientes, podran acogerse al Regimen Especial abonando un monto inicial no menor al 25% del total de la deuda establecida, aplicando el beneficio senalado en los numerales 4.1 o 4.2 del articulo precedente y el saldo se pagara en las condiciones siguientes: · Hasta en un MORDAZA de 6 (seis) cuotas aplicando el interes de fraccionamiento establecido en el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 008-98 · El incumplimiento de pago de alguna de las cuotas por mas de 30 dias a la fecha de su vencimiento MORDAZA lugar a la perdida del beneficio y a la cobranza coactiva de la deuda original, sin el beneficio establecido en los numerales 4.1 y 4.2 del articulo precedente. En este caso los pagos efectuados se imputaran como pagos a cuenta de la deuda total, en la forma prevista en el Articulo 31º del Codigo Tributario. · Los gastos de emision y las costas del procedimiento coactivo con el beneficio establecido en el numeral 4.3 del articulo anterior no son materia de fraccionamiento. Articulo Sexto.- RECURSOS DE RECLAMACION O APELACION EN TRAMITE: Tratandose de contribuyentes que tengan pendiente recursos de reclamacion o de apelacion en tramite, podran acogerse al Regimen Especial establecido en la presente ordenanza, presentando MORDAZA original o fotocopia autenticada del recurso de desistimiento de la impugnacion formulada.

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban el Regimen Especial de Regularizacion de Obligaciones Municipales Pendientes de Pago
ORDENANZA Nº 006-98 La MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 El Concejo Distrital de La MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, es politica de la actual Administracion Municipal otorgar las maximas facilidades para que los vecinos de La MORDAZA tengan a su alcance la posibilidad de regularizar las deudas que mantienen con la Municipalidad; Que, en tal sentido es necesario establecer un regimen especial de regularizacion para que los vecinos de La MORDAZA cumplan con sus obligaciones pendientes de pago en condiciones especiales; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; POR MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACION DE OBLIGACIONES MUNICIPALES PENDIENTES DE PAGO Articulo Primero.- ALCANCE DEL REGIMEN ESPECIAL: El Regimen Especial de Regularizacion de Obligaciones Municipales Pendientes de Pago es aplicable para aquellos contribuyentes que tengan obligaciones tributarias y no tributarias vencidas y pendientes de cumplimiento que se encuentren en cualquier estado de cobranza, inclusive para aquellos que tengan recursos de reclamacion o apelacion en tramite. Articulo Segundo.- OBLIGACIONES COMPRENDIDAS: Se encuentran comprendidas dentro del Regimen Especial de Regularizacion: · Los impuestos y tasas que se encuentren vencidas al 31 de diciembre de 1997 contenidas o no en Ordenes de Pago y Resoluciones de Determinacion. · Las multas tributarias por incumplimiento en la MORDAZA de Declaraciones Juradas Tributarias cuyo plazo de MORDAZA se encuentre vencido a la fecha de vigencia de la presente ordenanza y se encuentren o no contenidas en Resoluciones de Multa Tributaria. · Las multas no tributarias o administrativas vencidas a la fecha de vigencia de la presente ordenanza. · Las cuotas de fraccionamiento pendientes de pago. Articulo Tercero.- OBLIGACIONES NO COMPRENDIDAS: El Regimen Especial de Regularizacion no es aplicable a aquellas deudas que, a la fecha de vigencia de la presente Ordenanza, hayan sido materia de aplazamiento de pago. Articulo Cuarto.- BENEFICIOS DEL REGIMEN ESPECIAL: El Regimen Especial de Regularizacion se otorga con los beneficios siguientes:

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