Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1998 (17/07/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 1998

PROYECTO NORMAS LEGALES

Pag. 3 Pag. 162387

11. Establecer el ambito o circunscripcion territorial, donde se ubicaran las Sedes Zonales del CEFORECOG. 12. Designar representantes a las reuniones nacionales e internacionales en la que se discuta temas relacionados con la finalidad del CEFORECOG, asi como a los delegados ante organismos e instituciones que soliciten la representacion del CEFORECOG. 13. Reconocer a las Comisiones Consultivas y Comites de Apoyo, asi como reglamentar su funcionamiento. 14. Aquellas otras que son propias de su competencia. Articulo 10°.- Corresponde al Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA: a). La representacion oficial del CEFORECOG, en el MORDAZA y en el extranjero a nombre del Centro. b). Es el funcionario de mayor rango y jerarquia del CEFORECOG c). Hacer cumplir, por intermedio de la Direccion Nacional las resoluciones y acuerdos que se adopten para el Centro. d). Ejercer las demas atribuciones que le asigne el presente reglamento. DE LAS SEDES ZONALES Articulo 11°.- Las sedes zonales del CEFORECOG son los organos encargados de proporcionar la formacion y capacitacion, en el ambito de su jurisdiccion de conformidad con las politicas, plan operativo y presupuesto del Centro. Articulo 12°.- Corresponde a las Sedes Zonales: a). Asegurar que las politicas emanadas del CEFORECOG, se apliquen en las direcciones zonales. b). Coordinar con la Direccion Nacional el cumplimiento de las atribuciones de su competencia. c). Proponer al CEFORECOG de nivel central las politicas especificas para su ambito y una vez aprobados controlar su ejecucion. d). Aprobar el proyecto de Plan Operativo y Presupuesto Anual, los cuales deben corresponder a las necesidades de capacitacion y servicios de su ambito y a la politica institucional establecida por el INRENA. e). Celebrar contratos por delegacion expresa y cuando la cuantia de los mismos no exceda a las 10 UIT. f). Aprobar su informe anual g). Proponer al CEFORECOG de nivel central a los miembros de los comites de apoyo del ambito zonal. h). Proponer al CEFORECOG del nivel central la remocion del personal zonal que no esta cumpliendo con los objetivos y metas aprobadas por el CEFORECOG para la zona. i). Las demas funciones que especificamente le senale la Jefatura del INRENA. CAPITULO II DE LOS ORGANOS DE LINEA DE LA DIRECCION NACIONAL Articulo 13°.- La Direccion Nacional es el organo de administracion del CEFORECOG, que esta conformado por el Director Nacional y la estructura organizativa que apruebe la jefatura del INRENA. Articulo 14°.- El Director Nacional ejerce la representacion legal del CEFORECOG y es el ejecutivo de mayor jerarquia del Centro despues del Jefe del INRENA, tiene jurisdiccion y competencia a nivel nacional. Es responsable de cumplir y hacer cumplir a traves de las lineas de mando y en coordinacion con las Sedes Zonales, las disposiciones contenidas en la Ley y en el presente Reglamento, asi como las dictadas por el INRENA. Responde ante la Jefatura del INRENA del cumplimiento de sus atribuciones. Articulo 15°.- Corresponde al Director Nacional: a). Ejecutar y cumplir las disposiciones de la Jefatura del INRENA en su calidad de ente rector e instancia de gobierno de mas alto nivel en el CEFORECOG. b). Ejercer la Direccion Tecnica, Pedagogica, Administrativa y Economica del Centro. c). Proponer a la Jefatura del INRENA la estructura organizativa de la Direccion Nacional y de las Direcciones Zonales, asi como las modificaciones que MORDAZA necesarias. d). Presentar al Jefe del INRENA el proyecto de presupuesto anual del CEFORECOG y una vez aprobado, exigir y controlar su ejecucion. e). Elaborar el proyecto del Plan Operativo Anual y someterlo a aprobacion del Jefe del INRENA. f). Analizar y consolidar los informes anuales de los Directores Zonales. g). Realizar ante los poderes publicos las gestiones necesarias para el mejor funcionamiento del CEFORECOG. h). Proponer al Jefe del INRENA la remocion de los directores zonales, cuando se considere que no esten cumpliendo con los objetivos y metas aprobados para la MORDAZA correspondiente. Asi mismo someter a consideracion de la mas alta instancia del CEFORECOG la contratacion y remocion de los demas trabajadores del Centro. i). Proponer a los funcionarios del CEFORECOG que integran los organos de asesoria. j). Proponer a la Jefatura para su aprobacion las tarifas a ser implementadas segun los costos de la prestacion de servicios de formacion y capacitacion. k). Las demas atribuciones, que con caracter general o especifico le confiere el Jefe del INRENA. DE LAS DIRECCIONES ZONALES Articulo 16°.- Las Direcciones Zonales son organos de administracion y de ejecucion de los servicios que brinda el CEFORECOG, dentro de su jurisdiccion. La Direccion Zonal esta constituida por un Director Zonal y por la estructura organizativa que apruebe la MORDAZA instancia del CEFORECOG a propuesta de la Sede Zonal o la Direccion Nacional. Articulo 17°.- El Director Zonal es el funcionario de mayor jerarquia a nivel zonal y ejerce la representacion legal del CEFORECOG en su zona. Articulo 18°.- Corresponde al Director Zonal: a). Organizar, orientar, dirigir las funciones y actividades de su zonal en los aspectos tecnico, pedagogico, administrativo y economico. b). Proponer a la Direccion Nacional la inclusion de los programas y cursos que estime convenientes para el Plan de metas del Centro de su zona; y proponer segun las necesidades de la MORDAZA la prestacion de servicios de formacion y capacitacion, asi como los costos de los mismos. c). Formular el proyecto de presupuesto anual y el plan operativo de la MORDAZA y presentarlos a la Direccion Nacional. d). Informar trimestralmente a la Direccion Nacional acerca del cumplimiento del Plan Operativo y del Presupuesto de la zonal. e). Responder ante el Director Nacional del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley, el presente Reglamento, asi como los acuerdos y resoluciones adoptadas por el CEFORECOG a nivel central. f). Presentar al Director Nacional el informe anual de sus actividades. g). Celebrar contratos por delegacion expresa del Jefe del INRENA, y cuando la cuantia no exceda a las 10 UIT. h). Los demas que por su competencia le asigne el Director Nacional.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.