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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 1998 (18/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 162366 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de julio de 1998 el cual en su Artículo 58º establece como Organismo Nacional Competente para la autorización correspondiente a la Direc- ción General de Circulación Terrestre del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 1737-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 705-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre de los Países del Cono Sur, ratificado por Decreto Supremo Nº 028- 91-TC, Resolución Directoral Nº 032-90-TC/15.15, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar el Permiso Originario a la EMPRESA INTERNACIONAL DE TRANSPORTES Y AGROINDUS- TRIA S.R.LTDA. - "INTRANSAGRO" S.R.LTDA, para la prestación de Servicio de Transporte Internacional de Mer- cancías por Carretera; en consecuencia, expídase el Docu- mento de Idoneidad y Anexo correspondiente, en los térmi- nos siguientes: RAZON :EMPRESA INTERNACIONAL DE TRANSPORTES SOCIAL Y AGROINDUSTRIA S.R.LTDA. - "INTRAN- SAGRO" S.R.LTDA. ACTIVIDAD :TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA ORIGEN :República del Perú DESTINO :República de Bolivia RUTAS :Las que señale la autoridad competente de la República de Bolivia. FLOTA VEHICULAR :Un (1) Remolcador propio: YH-2187 (1980) Un (1) Semirremolque propio: ZH-2512 (1981) Total : Dos (2) vehículos Se autoriza la inscripción de estos vehículos ante la Superintendencia Nacional de Aduanas. Segundo.- El permiso que se otorga tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de expedi- ción de esta resolución. Tercero.- La EMPRESA INTERNACIONAL DE TRANS- PORTES Y AGROINDUSTRIA S.R.LTDA. - "INTRANSA- GRO" S.R.LTDA. mantendrá vigente la póliza de seguros, que cubra las actividades operacionales que se otorga por esta resolución y acreditará su cumplimiento ante la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Cuarto.- La empresa autorizada por la presente resolu- ción, deberá sujetarse a los convenios en materia de Trans- porte Internacional Terrestre por Carretera, que el país haya suscrito y que posteriormente suscriba con los países miembros del Cono Sur, así como a los reglamentos vigentes. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano dentro del término de ley, bajo pena de caducidad. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 7964 AGRICULTURA Autorizan a la Dirección Subregional Agraria Pasco a otorgar contratos de extracción forestal para maderas RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0347-98-AG Lima, 17 de julio de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0266-98-AG, se autoriza a las Direcciones Regionales Agrarias de Ucayali, Loreto y Moquegua-Tacna-Puno, así como a la Dirección Subregional Agraria Madre de Dios, a otorgar contratos deextracción forestal para maderas con fines industriales o comerciales en superficies de hasta 1,000 (mil) hectáreas, en ámbitos geográficos restringidos, precisados en el anexo de esa Resolución Ministerial; Que, el Artículo 2º del indicado dispositivo establece que las Direcciones Regionales y Subregionales antes mencionadas, así como las Direcciones Regionales y Subregionales Agrarias de San Martín, Andrés Avelino Cáceres, Inka, Libertadores- Wari, Huánuco, Cajamarca, Jaén y Pasco, deberán concertar con las asociaciones de productores de madera para identificar áreas complementarias a las consideradas en el mencionado anexo, proponiéndose al Despacho Ministerial para su aproba- ción mediante Resolución Ministerial; Que, la Dirección Subregional Agraria Pasco, ha concer- tado con la agrupación de productores de madera de la región, habiendo efectuado la propuesta correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902 -Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Decreto Ley Nº 21147 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Dirección Subregional Agra- ria Pasco a otorgar Contratos de Extracción Forestal para maderas con fines industriales o comerciales en superficies de hasta 1,000 (mil) hectáreas, en los ámbitos geográficos siguientes, definidos sobre la base del Acta de Concertación correspondiente, que en anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial: Provincia Ambito Geográfico Oxapampa Margen izquierda de los ríos Nazarategui y Azupizu. Cuenca baja del río Pichis. Cuenca hidrográfica del río Palcazú (desde Sector San Pedro hasta Puerto Victoria). Margen derecha del río Pachitea. Exceptúase de dichos ámbitos, las cuencas hidrográficas declaradas en veda para la extracción forestal por Decreto Supremo Nº 013-96-AG, las áreas naturales protegidas, áreas de Comunidades Nativas tituladas y los bosques de protección. La presente autorización no afecta el otorgamiento de Permisos de Extracción Forestal, los cuales se continúan rigiendo por la legislación forestal pertinente. Artículo 2º.- La Dirección Subregional Agraria Pasco, controlará en los Contratos a que se refiere el artículo anterior, así como en los Permisos de Extracción Forestal: a) La aplicación de los diámetros mínimos de troza que establezca la Dirección General Forestal del Instituto Nacio- nal de Recursos Naturales - INRENA. b) La conservación de los árboles semilleros. c) La reposición forestal. Artículo 3º.- Los Contratos de Extracción Forestal para maderas con fines industriales o comerciales en superficies de hasta 1,000 (mil) hectáreas que otorgue la Dirección Subregional Agraria Pasco al amparo de la presente resolu- ción, no podrán exceder el plazo de dos años - zafra contados a partir de la fecha. Regístrese y comuníquese. RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 8026 PESQUERIA Declaran en abandono procedimiento administrativo de otorgamiento de licencia para la operación de planta de congelado RESOLUCION DIRECTORAL Nº 141-98-PE/DNPP Lima, 16 de julio de 1998 Visto los escritos de Registros Nºs. 009049, 006215, 006349, 000431, 002023, 00294, 02596 de 25 de noviembre de 1994, 12, 14 de julio de 1995, 12 de enero, 20 de febrero de 1996, 9