Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 1998 (18/07/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 1998

nes aplicables a las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento por las infracciones previstas en el numeral 5.1 de la Directiva General para atender y resolver reclamos de usuarios de servicios de saneamiento aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 040-94-PRES-VMI-SSS; Que, el Articulo 2º inciso a) de la Resolucion de Superintendencia Nº 095-95-PRES-VMI-SUNASS, establece que se aplicara amonestacion escrita a aquella entidad que incumpla con el inciso e) del numeral 5.1. de la Directiva General para atender y resolver reclamos de usuarios de servicios de saneamiento aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 040-94-PRES-VMI-SUNASS; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 9º de la Ley Nº 26284 y Resolucion de Superintendencia Nº 095-95-PRESVMI-SUNASS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar con una amonestacion a SEDAPAL por las infracciones cometidas en la atencion de los reclamos indicados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar al Departamento de Administracion Documentaria y Archivo la notificacion de la presente resolucion a SEDAPAL, a la Oficina de Proteccion al Consumidor de INDECOPI, asi como a los usuarios que son indicados en la parte considerativa de la presente resolucion, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, notifiquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MAU Superintendente 7931

En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del INEI"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la "Encuesta Economica Anual de la Estadistica Agroindustrial 1997", que sera ejecutada por la Oficina de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, dirigida a las personas naturales y juridicas que desarrollan actividades Agroindustriales, especificadas en la Seccion D division 15 clase 1511, 1513, 1514, 1520, 1531, 1533, 1542, 1544, 1549 y la division 17 clase 1711 de la Clasificacion Industrial Internacional Uniforme Rev. 3 y que se encuentran bajo el ambito de competencia administrativa del Sector. Articulo 2º.- Aprobar los formularios de la mencionada encuesta, que forman parte integrante de la presente resolucion y cuya distribucion se efectuara a partir del 20 de MORDAZA de 1998. Dichos formularios estan dirigidos a los establecimientos agroindustriales segun el numero de trabajadores: - Formularios para empresas de 1 a 4 personas ocupadas. - Formularios para empresas de 5 a 19 personas ocupadas. - Formularios para empresas con 20 y mas personas ocupadas y formularios a nivel establecimiento. Articulo 3º.- Las personas naturales y juridicas a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion solicitaran los formularios de la encuesta a la Oficina de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, sito en pasaje Zela S/N, Oficina Nº 815, 8º piso, MORDAZA Maria. Las empresas deberan presentar una carta indicando nombre o razon social de la empresa, direccion fiscal, numero del Registro Unico del Contribuyente (RUC), actividad economica a la que se dedica, numero total de personas ocupadas, total de ventas netas en el ano 1997, telefono y fax. Articulo 4º.- Establecer como plazo MORDAZA hasta el 31 de agosto de 1998, a nivel nacional, para la MORDAZA de los formularios debidamente diligenciados de la "Encuesta Economica Anual de la Estadistica Agroindustrial 1997". Articulo 5º.- La informacion economico-financiera que proporcionaran las empresas a traves de la encuesta, sera presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 7939

INEI
Autorizan la realizacion de la "Encuesta Economica Anual de la Estadistica Agroindustrial 1997"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 199-98-INEI MORDAZA, 10 de MORDAZA de 1998 Visto, el Oficio Nº 0534-98-AG-OIA-OE, de la Oficina de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, solicitando autorizacion para realizar la "Encuesta Economica Anual de la Estadistica Agroindustrial 1997"; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica" el INEI, ente rector de los Sistemas de Estadistica e Informatica y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del sistema para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, con la finalidad de medir la actividad economica del Sector Agroindustrial en el MORDAZA, es necesario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Economica Anual de la Estadistica Agroindustrial 1997" que permita disponer de informacion economica y financiera de las empresas dedicadas a esta actividad, indispensable para la elaboracion de las variables e indicadores economicos sectoriales que contribuyan a la adopcion de medidas de politica economica de ese Sector; Que, el INEI, ha realizado las coordinaciones con la Oficina de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, para el planeamiento de la encuesta asi como la definicion y contenido de los formularios a ser utilizados; Que, es conveniente autorizar la ejecucion de la citada encuesta, dirigida a las personas naturales y juridicas que desarrollan actividades agroindustriales, la misma que sera ejecutada por la Oficina de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, asi como aprobar los respectivos formularios, en observancia de las Directivas Tecnicas del INEI; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 86º, 92º y 95º del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM;

ADUANAS
FE DE ERRATAS CIRCULAR Nº 46-18-98-ADUANAS/INTA Por Oficio Nº 665-98-ADUANAS/INTA, la Superintendencia Nacional de Aduanas solicita se publique Fe de Erratas de la Circular Nº 46-18-98-ADUANAS/INTA, publicada en nuestra edicion del dia 12 de MORDAZA de 1998, pagina 162142. Numeral 2 DICE: Recuadro 7.17 DEBE DECIR: Recuadro 7.20 DICE: Recuadro 7.20 DEBE DECIR: Recuadro 7.17

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