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Pág. 158237 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de marzo de 1998 Artículo Segundo.- Designar a la doctora Dora Zoila Ampudia Herrera como Magistrado Integrante de la CODICMA. Artículo Tercero.- Designar a la doctora Nélida Pine- da Huerta a fin de que asuma el despacho del Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la designación de reemplazantes en los siguientes Juzgados de Paz Letrados: Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Chorrillos, Cuarto Juz- gado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho y Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco, debiendo reincorporarse en el día los doctores Víctor Rodríguez Morales, Julio Gaviria Henríquez y Jorge Carrillo Rodríguez. Artículo Quinto.- Póngase la presente Resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Gerencia Cen- tral de la Reforma y de la Fiscalía de la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS IBAZETA MARINO Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 2992 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Disponen que magistrado preste apo- yo a la Cuadragésimo Segunda Fisca- lía Provincial en lo Penal de Lima RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 248-98-MP-CEMP Lima, 17 de marzo de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 341-98-MP-FGDJL cursado por el doctor Mario Armando Cavero Velaochaga, Fiscal Superior Encar- gado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Lima y estando al Acuerdo Nº 1702 adoptado por unanimi- dad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de fecha 16 de marzo de 1998; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nº 26623, Nº 26695 y Nº 26738. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que el doctor Pedro Pela- gio Villaorduña Cáceres, Fiscal Provincial Provisional Dic- taminador con carácter de transitorio del Distrito Judicial de Lima, preste apoyo a la Cuadragésimo Segunda Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima atendiendo la carga procesal pendiente de denuncias y expedientes ingresados, la misma que será repartida equitativamente con el Fiscal Provincial del despacho en mención; dándose por concluido su designa- ción materia de la Resolución de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público Nº 012-98-MP-CEMP, Artículo Segun- do, de fecha 9 de enero de 1998. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Fiscal Superior encargado de la gestión de gobierno delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Lima para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 2999 J N E Aprueban utilización de símbolo presentado por movimiento indepen- diente RESOLUCION Nº 105-98-JNE Lima, 12 de marzo de 1998 Vista, la comunicación recibida el 6 de marzo del año en curso, de don Alberto Andrade Carmona y don Manuel Masías Oyanguren, Representante y Personero Nacional del Movimiento Independiente Somos Perú, respectiva- mente, solicitando se expida una Resolución que establezca las características exclusivas y excluyentes del símbolo que los identifica, a efectos de evitar imitaciones que confundan la voluntad de los electores; CONSIDERANDO: Que, los partidos políticos, agrupaciones independien- tes o alianzas, al momento de solicitar su inscripción ante el Jurado Nacional de Elecciones, proporcionan el símbolo o figura con el que se identifican durante el proceso electoral, el cual es materia de aprobación por este Organo Electoral, no pudiendo utilizarse los símbolos de la Patria, ni tampoco imágenes, figuras o efigies que correspondan a personas naturales o jurídicas, o símbolos o figuras reñi- das con la moral o las buenas costumbres. Tampoco se puede proponer símbolos o figuras iguales o muy semejan- tes que induzcan a confusión con los presentados anterior- mente por otras listas, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 164º de la Ley Nº 26859 "Ley Orgánica de Elecciones"; Que, el Movimiento Independiente Somos Perú, me- diante el documento de visto ha acompañado el grabado de un diseño de un corazón delineado en color rojo, con la inscripción interior "SOMOS PERU" en color azul que se propone utilizar como símbolo; el mismo que no se en- cuentra dentro de las prohibiciones antes señaladas, por lo que es procedente aprobar la utilización de dicho símbolo; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la utilización del símbolo consistente en la figura de un corazón delineado en color rojo, con la inscripción interior "SOMOS PERU" en color azul que es presentado por el Movimiento Independiente Somos Perú, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2973