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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 1998 (18/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 53

Pág. 158241 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de marzo de 1998 Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 modificado por Ley Nº 26491, los cargos de Alcalde y Regidor sólo pueden ser suspendidos por incapacidad física o mental temporal, por licencia autorizada por el Concejo por un período máximo de cuarenticinco días naturales y, por impedimento legal cuando tienen proceso penal abierto con mandato de detención que haya quedado firme, no siendo ninguno de ellos aplicable al caso del Regidor suspendido de vistos; Que, el mandato de estas autoridades emana de elección popular y su suspensión o vacancia tiene características especiales, definidas y señaladas expresamente en la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, tratándose de un caso de puro derecho no es necesaria la actuación de más prueba que la que ya obra en el expediente; Que, pese al tiempo transcurrido, el Concejo Distrital de Tambo de Mora no ha cumplido con poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones la sanción acordada, para los fines pertinentes, incurriendo en grave omisión; Actuando como magistrado ponente el señor de Valdivia Cano; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar NULOS y SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo y la Resolución de Alcaldía Nº 12-98- MDTM de fechas 8 y 12 de enero de 1998, respectivamente, que dispusieron la suspensión del recurrente don Armando Quiroz Crisóstomo en el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Tambo de Mora. Artículo Segundo.- Declarar que don Armando Qui- roz Crisóstomo continúa ejerciendo el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Tambo de Mora de la provincia de Chincha, conforme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2977 RESOLUCION Nº 112-98-JNE Lima, 12 de marzo de 1998 Vista, la comunicación recibida en fecha 28 de enero de 1998, remitida por don Jaime Casana Escobedo, Alcalde del Concejo Distrital de Samanco, respecto a la declaración de vacancia del cargo de Regidor que venía desempeñando don Orlando Victorino Nolasco, por la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Samanco, provincia Del Santa, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 19 de noviembre de 1997, declaró la vacancia del cargo de Regidor que venía desempeñando don Orlando Victorino Nolasco, por la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo, prevista en el inciso 5) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; remitiendo para el efecto: Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 19 de noviembre de 1997 donde se acordó declarar la vacancia; 2 ejemplares del diario "Ul- timas Noticias" de fechas 15 y 16 de enero, donde se publica la Resolución de Alcaldía Nº 0050-97-MDS de fecha 20 de noviembre de 1997, que declara la vacancia del citado Regidor; citaciones a sesiones de Concejo de fechas 22 de agosto, 15 de setiembre y 7 de noviembre de 1997; copia certificada por el Juez de Paz del distrito de Samanco de las Actas de Sesiones de fechas 22 de agosto, 15 de setiembre y 7 de noviembre a las cuales inconcurrió el Regidor vacado; informe de la Secretaría del Concejo de Samanco, señalando que don Orlando Victorino Nolasco ha inconcurrido a las sesiones de fechas: 12 y 23 de julio, 6, 22 y 25 de agosto, 5, 15 y 23 de setiembre, 17 y 28 de octubre y 7 de noviembre de 1997; y copia de la Resolución de Alcaldía Nº 0050-97-MDS de fecha 20 de noviembre de 1997, mediante la cual el Juez de Paz Letrado del distrito de Samanco, don Benjamín Alza Caballero, notificó a don Orlando Victorino Nolasco, sobre la vacancia de su cargo, con firma de recepción; Que, del análisis del Acta de sesión de Concejo en que se declaró la vacancia se establece que concurrieron a dicha sesión el Alcalde y 3 Regidores, (de un total de 1 Alcalde y 5 Regidores) de los cuales, votaron a favor de la vacancia doña Teresa Solís de Santolaya, don José Carmelo Neciosup Reque y don Teodoro Jaime Casana Escobedo (3 votos), reservando su voto don Ricardo Acosta Rojas. De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26491, la vacancia de Alcalde o Regidor se da con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros; y conforme lo dispone el Artículo 40º de la norma acotada, se considera número legal al Alcalde y todos los Regidores elegidos de acuerdo a ley, lo que significa que la vacancia debió haber sido declarada por no menos de 4 miembros del Concejo, presupuesto que no se ha cumplido en el presente caso; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de don Jaime Casana Escobedo, Alcalde del Con- cejo Distrital de Samanco, provincia Del Santa, respecto a la declaración de vacancia del cargo de Regidor de don Orlando Victorino Nolasco, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Declarar que don Orlando Victori- no Nolasco, debe de continuar en el ejercicio del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Samanco, conforme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2980 Disponen comunicar a personero de agrupación independiente que núme- ro de firmas válidas presentadas ha resultado inferior al exigido por ley RESOLUCION Nº 113-98-JNE Lima, 12 de marzo de 1998 Vistas, las Cartas Nºs. 273, 289, 291, 330, 336 y 337-97- JEF/IDENTIDAD recibidas el 23 de setiembre, 2, 6 y 23 de octubre de 1997, del Jefe del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil, acompañando los Certificados de los resultados del cotejo técnico de las listas de adherentes presentadas por la Agrupación Independiente "Frente Inde- pendiente Moralizador", para efecto de su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; Vistos, asimismo, los Oficios Nºs. 1232, 2828 y 2829-97 y 043, 258 y 259-98-J/ONPE recibidos el 5 y 19 de diciembre de 1997, 28 de enero y 11 de marzo del presente año, respectivamente, del Jefe de la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales, elevando los Informes Técnicos del cotejo de las listas de adherentes adicionales, así como sobre la subsanación de firmas presentadas por la referida Agrupa- ción Independiente;