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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 1998 (18/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 51

Pág. 158239 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de marzo de 1998 fuera de la jurisdicción de la Municipalidad, conforme aparece en el acta de la fecha cuya copia obra en autos a fojas 46 y 47; Que, resulta de autos que los Regidores mencionados inconcurrieron a las sesiones ordinarias de fechas 13 y 27 de enero, 16 de febrero, 5 y 17 de marzo, 7 de abril y 16 de junio de 1997, siendo consecutivas las cuatro primeras sesiones referidas, habiéndose configurado la causal pre- vista en el inciso 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el mismo que establece que vaca el cargo de Alcalde o Regidor por inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses; Que, en lo que respecta al cambio de domicilio de ambos Regidores, corre a fojas 48 la certificación de fecha 15 de abril de 1997 del Jefe de la Delegación de la Policía Nacional de Churuja, indicando que se desconoce el paradero actual o domicilio de don Ananías Poquioma Vargas y de don Alejandro Zuta Ventura; asimismo, la certificación realiza- da por la Gobernadora Distrital de Churuja y el Juez de Paz del mismo distrito, en el sentido que desde el mes de diciembre de 1996, los referidos ciudadanos no radican en dicha circunscripción, documento que obra a fojas 49; Que, ambos vacados han sido debidamente notificados con la Resolución de Alcaldía Nº 003-CDCH-RENOM-97 que ejecuta el acuerdo de vacancia, constando en autos los cargos de recepción a fojas 56 y 58, no habiendo interpuesto Recurso de Revisión, por lo que el acuerdo de vacancia de fecha 16 de junio de 1997 ha quedado consentido; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, los regidores son reemplazados por los suplentes de la misma lista, por lo que corresponde asumir dichos cargos a don Aníbal M. Tantalián Segura y a don Gustavo Tuesta Castañeda, candidatos no proclamados de la misma Lista Independiente Nº 7 "Cambio de Bongará", conforme apare- ce en la nómina de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Bongará, que se tiene a la vista; Que, la recurrente manifiesta en la comunicación de visto, que el candidato no proclamado Aníbal Tantalián estaría residiendo en la ciudad de Tarapoto, no habiendo acreditado su dicho con documento alguno; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Confirmar el acuerdo del Concejo Distrital de Churuja, y convocar a don Aníbal M. Tantalián Segura y a don Gustavo Tuesta Castañeda, candidatos no proclamados de la Lista Independiente Nº 7 "Cambio de Bongará", para que, respectivamente, asuman el cargo de Regidores del Concejo Distrital de Churuja, provincia de Bongará. Artículo Segundo.- Otorgar a don Aníbal M. Tanta- lián Segura y a don Gustavo Tuesta Castañeda las creden- ciales que les acrediten como Regidores del Concejo Distri- tal de Churuja. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente Resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2978 RESOLUCION Nº 111-98-JNE Lima, 12 de marzo de 1998 Vista, la comunicación de don David Espinoza Valdivia, Primer Regidor del Concejo Distrital de Héroes Albarracín - Chucatamani, provincia de Tarata, recibida con fecha 24 de febrero del presente año, comunicando el fallecimiento de don Cosme Ticona Ticona, quien fuera Alcalde del referido concejo distrital, y haciendo de conocimiento que mediante Acuerdo Nº 04-98, se declaró la vacancia del mencionado cargo; asimismo, manifiesta haber asumido el cargo de Alcalde y solicita se convoque al Regidor reempla- zante; CONSIDERANDO: Que, aparece de autos que don Cosme Ticona Ticona, quien fuera elegido y proclamado Alcalde del Concejo Dis- trital de Héroes Albarracín - Chucatamani, provincia de Tarata, falleció el día 15 de febrero de 1998, conforme se acredita con el Acta de Defunción extendida por la Munici- palidad Provincial de Tacna, corriente a fojas 02; Que, conocido este hecho, el Concejo Distrital de Héroes Albarracín - Chucatamani, en sesión extraordi- naria de fecha 18 de febrero de 1998, declaró la vacancia del cargo de Alcalde por fallecimiento del titular, cum- pliendo con lo señalado en el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, según se aprecia en la copia certificada del acta correspondiente que obra a fojas 04 y 05; Que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, corresponde asumir el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Héroes Albarracín - Chucatamani a don David Espinoza Valdivia, candidato proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 13 "Fuerza y Desarrollo", por ser el primer regidor hábil que sigue en la lista electoral del vacado; que, asimismo, para completar el número de Regidores se debe convocar a don Juan Julio Catacora Llanos candidato no proclamado de la misma lista electoral, conforme aparece en la nómima de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Tarata, que se tiene a la vista; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Llamar a don David Espinoza Valdivia, candidato proclamado integrante de la Lista Inde- pendiente Nº 13 - "Fuerza y Desarrollo" para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Héroes Albarracín - Chucatamani, provincia de Tarata. Artículo Segundo.- Convocar a don Juan Julio Cata- cora Llanos, candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 13 - "Fuerza y Desarrollo", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Héroes Albarracín - Chucatamani, provincia de Tarata. Artículo Tercero.- Otorgar a don David Espinoza Valdivia y a don Juan Julio Catacora Llanos las creden- ciales que les acrediten como Alcalde y Regidor del Concejo Distrital de Héroes Albarracín - Chucatamani, respectiva- mente. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente Resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2979 RESOLUCION Nº 114-98-JNE Lima, 17 de marzo de 1998 Vista, la comunicación recibida el 2 de marzo de 1998, de don Pedro Bautista Saravia, Alcalde del Concejo Provincial de Cañete, solicitando reconsideración de la Resolución Nº 088-98-JNE, en el extremo que convoca a don Norberto Reyes Zamora para que asuma el cargo de Regidor del referido Concejo, en razón de haber éste fallecido; solicitan- do, asimismo, se convoque al candidato no proclamado don Roberto Fujii Nagashima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 088-98-JNE su fecha 24 de febrero de 1998, se resolvió convocar a don Norberto Reyes Zamora candidato no proclamado de la Lista Inde- pendiente Nº 11 "Somos Cañete 95", para que asuma el