Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 1998 (19/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 19 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Tecnica Especializada del Fondo Nacional de Vivienda (UTEFONAVI), a traves del Programa Creditos Directos a Grupos Organizados viene financiando la ejecucion de obras de infraestructura MORDAZA basica a poblaciones de escasos recursos, previa MORDAZA de su respectivo expediente de financiamiento; Que, por Acuerdo de Consejo de Administracion de la UTEFONAVI Nº 158-21-CA-97/UTE-FONAVI adoptado en Sesion Nº 21-97-CA/UTE-FONAVI de fecha 2 de MORDAZA de 1997, se establecio como requisito general en el procedimiento para el otorgamiento de un credito FONAVI para la ejecucion de obras de infraestructura basica que superen el importe de S/. 2'627 277,00, que la seleccion de la firma contratista que ejecutara los trabajos sea llevada a cabo a traves de un procedimiento de Licitacion y/o Concurso Privado de amplia difusion; Que, la medida dispuesta a la vez de propiciar una transparente y libre competencia entre las firmas contratistas ejecutoras de estas obras, ha permitido reducir los costos de financiamiento que deben asumir los prestatarios asegurandose asimismo la calidad de las obras; Que, en consecuencia resulta conveniente hacer extensivo el requisito de seleccion de la firma contratista y supervisora de obras a traves de un procedimiento de Licitacion y/o Concurso de amplia difusion publica en todo financiamiento del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) que otorgue UTE-FONAVI a grupos organizados de poblaciones de escasos recursos para la ejecucion de obras de infraestructura MORDAZA basica; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo- y en uso de la atribucion que confiere el Articulo 5º de la Ley Organica del Ministerio de la Presidencia, aprobada por Decreto Ley Nº 25556; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establezcase como requisito en el procedimiento para el otorgamiento de un credito FONAVI para la ejecucion de obras de infraestructura MORDAZA basica, que la seleccion de la firma contratista que ejecutara la obra asi como de la encargada de la supervision de la misma, MORDAZA llevadas a cabo a traves del procedimiento de Licitacion y/o Concurso Privado de amplia difusion. Articulo 2º.- El Consejo de Administracion de la Unidad Tecnica Especializada del Fondo Nacional de Vivienda (UTEFONAVI), establecera las directivas y/o procedimientos administrativos internos que seran de aplicacion para la implantacion del requisito general a que se contrae el articulo precedente. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 3065

Articulo 1º.- Aprobar la Directiva que MORDAZA el MORDAZA de incorporacion contemplado en la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26922 - Ley MORDAZA de Descentralizacion. Articulo 2º.- Constituyase en el Ministerio de la Presidencia, la Comision Nacional de Transferencia que se encargara de conducir, coordinar y supervisar la formalizacion de las acciones de transferencia del personal, acervo documentario; asi como los saldos al 31 de marzo de 1998 de los recursos financieros del Presupuesto asignado para las funciones y servicios que se trasladan, correspondientes a los Consejos Transitorios de Administracion Regional referidos en la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26922. Articulo 3º.- La Comision Nacional de Transferencia, estara integrada en la forma siguiente: - El Viceministro de Desarrollo Regional, quien la presidira. - El Director General de la Oficina de Planificacion, Programacion y Presupuesto del Ministerio de la Presidencia. - El Director General de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de la Presidencia. Articulo 4º.- Constituyanse las Comisiones Regionales de Transferencia en los Consejos Transitorios de Administracion Regional Grau, Nor Oriental del Maranon, Moquegua-TacnaPuno, Los Libertadores Wari, Inka, Chavin, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Ucayali; encargadas de formalizar la transferencia senalada en la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26922. Articulo 5º.- Las Comisiones Regionales de Transferencia estaran integradas de la siguiente forma: - El Presidente del CTAR, quien la presidira. - El Director Regional de la Oficina de Planificacion y Presupuesto del CTAR. - El Director Regional de la Oficina de Administracion del CTAR. - El Director Regional de la Oficina de Asesoria Juridica del CTAR. Articulo 6º.- La Comision Nacional y Comisiones Regionales constituidas por la presente Resolucion, quedan facultadas para solicitar la informacion, documentacion, personal que estimen conveniente; asi como proponer las normas que se requieran para el mejor cumplimiento de sus funciones. Articulo 7º.- Los Titulares de los Consejos Transitorios de Administracion Regional y de las Direcciones Regionales y Subregionales quedan encargadas del cumplimiento de las acciones y plazos que se establecen en la Directiva aprobada mediante la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia DIRECTIVA Nº 001-98-PRES/VMDR INCORPORACION DE PERSONAL, ACERVO DOCUMENTARIO, BIENES PATRIMONIALES Y RECURSOS FINANCIEROS 1. FINALIDAD Normar el procedimiento de incorporacion de las Direcciones Regionales y Subregionales a cargo de los Consejos Transitorios de Administracion Regional a sus respectivos Ministerios a partir del 1 de MORDAZA de 1998 en aplicacion de la MORDAZA y Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26922 - Ley MORDAZA de Descentralizacion. 2. OBJETIVOS Implementar el MORDAZA de incorporacion del personal, con los niveles y categorias que les corresponda asi como el acervo documentario, bienes patrimoniales y saldos al 31 de marzo de 1998 de los recursos financieros del Presupuesto asignado para las funciones y servicios que se trasladan. 3. ALCANCES La presente Directiva sera de cumplimiento obligatorio bajo responsabilidad de los Presidentes Ejecutivos de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, de los Directores de las Direcciones Regionales y Subregionales Sectoriales y la Comision Nacional y Comisiones Regionales de Transferencia. 4. BASE LEGAL Constitucion Politica del Peru de 1993 Ley Nº 26922 Decreto Legislativo Nº 276 Decreto Supremo Nº 005-90-PCM Decreto Supremo Nº 025-93-PCM Decreto Supremo Nº 011-93-PCM

Aprueban Directiva que MORDAZA MORDAZA de incorporacion de las Direcciones Regionales y Subregionales a sus respectivos Ministerios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 118-98-PRES MORDAZA, 16 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26922 se aprobo la Ley MORDAZA de Descentralizacion, estableciendo que el MORDAZA de regionalizacion se constituye sobre el ambito territorial de los departamentos; Que, las Direcciones Regionales y Subregionales a cargo de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, se incorporaran a sus respectivos Ministerios a partir del 1 de MORDAZA de 1998; Que, la incorporacion a que se refiere el considerando precedente incluye al personal, con los niveles y categorias que les corresponda, asi como el acervo documentario, bienes patrimoniales y recursos financieros del presupuesto asignado para las funciones y servicios que se trasladan; Que, es necesario formular la Directiva correspondiente que norme el MORDAZA de incorporacion prevista en la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26922; Que, para cumplir con el objetivo indicado es necesario conformar comisiones que se encarguen de formalizar la transferencia del acervo documentario, personal, equipos, maquinaria y vehiculos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25556 y en la MORDAZA y Tercera Disposiciones Complementarias de la Ley Nº 26922, Ley MORDAZA de Descentralizacion;

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