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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 1998 (27/05/1998)

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TEXTO PAGINA: 5

Pág. 160167 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de mayo de 1998 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 593-97-PE, respecto de la embarcación pesquera denominada "CHAVELLI II", en los siguientes términos: "Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determi- nado, a la empresa PESQUERA SANTA ROSA S.A., para operar la embarcación pesquera denominada "CHAVELLI II" de Matrícula Nº CE-15259-PM, de 567.83 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservación RSW y 425.87 m3 de carga neta de pescado, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina para el consumo humano indirecto y jurel y caballa para consumo humano directo e indirecto, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgada (38 mm.) de tamaño de abertura de malla, según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras." Artículo 2º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolución está supeditado a la operatividad de la embarcación pesquera y al pago por concepto de derecho anual que acredite el armador con la respectiva constancia. Este pago será abonado por el armador pesquero en el plazo que establezca el dispositivo normativo que fije el monto por dicho concepto. Artículo 3º.- Las operaciones de pesca están sujetas a lo dispuesto en las normas legales vigentes y a las que se emitan sobre regulación y ordenamiento pesquero. Artículo 4º.- Incluir el número de la presente resolución que autoriza a PESQUERA SANTA ROSA S.A., a operar la embarcación pesquera denominada "CHAVELLI II" en el literal B) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 200-98- PE, que actualiza el Decreto Supremo Nº 0008-97-PE, exclu- yendo a la Resolución Ministerial Nº 222-98-PE. Artículo 5º.- Incluir el número de la presente resolu- ción, los recursos autorizados a extraer, el destino y las artes de pesca autorizadas conforme lo dispuesto en el Artículo 1º del presente dispositivo legal a PESQUERA SANTA ROSA S.A., para operar la embarcación pesquera "CHAVELLI II", en el Anexo VII de la Resolución Ministe- rial Nº 200-98-PE y excluir la Resolución Ministerial Nº 593-97-PE del citado anexo. Artículo 6º.- Excluir a las embarcaciones pesqueras "CARMENCITA" e "ISABEL" del Anexo VIII de la Resolu- ción Ministerial Nº 200-98-PE. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Ministe- rial a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquerías de las Regiones Grau, Nor-Oriental del Marañón, La Libertad, Chavín, Los Libertadores Wari, Arequipa y Moquegua-Tacna-Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 5654 Declaran improcedente solicitud de reubicación de área de mar para desa- rrollar actividad de acuicultura RESOLUCION DIRECTORAL Nº 048-98-PE/DNA Lima, 25 de mayo de 1998 Visto el escrito con Registro Nº 04891001 de fecha 13 de mayo de 1998, presentado por la ASOCIACION PROYECTO MARICULTURA "JACQUES COUSTEAU". CONSIDERANDO: Que los Artículos 41º, 42º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y 111º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establecen que el Minis- terio de Pesquería otorga concesiones para permitir el desa- rrollo de la actividad acuícola en terrenos públicos, en fondos o en aguas marinas y continentales; Que mediante Resolución Directoral Nº 037-98-PE/DNA del 29 de abril de 1998, se otorga a la ASOCIACION PRO- YECTO MARICULTURA "JACQUES COUSTEAU" conce- sión especial para la instalación de sistemas de captación de larvas hasta precultivo del recurso concha de abanico Argopecten purpuratus, en un área de 19.9 ha., ubicada en la zona El Queso, distrito de Paracas, provincia de Pisco,departamento de Ica, estableciendo que los ejemplares des- tinados al repoblamiento serán sembrados en la zona El Queso, entre las latitudes 14° 16' 42" y 14° 17' 08" latitud sur; Que mediante el escrito del visto la citada asociación, solicita la reubicación de área de mar para el repoblamiento de la zona El Queso a la zona de Carhuaz indicando motivos técnicos; Que el área requerida por la recurrente no se encuentra habilitada por la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa para desarrollar la activi- dad de acuicultura; Que a fin de velar por el aprovechamiento del recurso concha de abanico, cuyas poblaciones se vieron favorecidas por los efectos del Fenómeno El Niño, el Ministerio de Pesquería mediante Resolución Ministerial Nº 100-98-PE del 25 de febrero del presente, suspendió hasta el 30 de junio de 1998 la recepción de solicitudes de concesión y el otorgamien- to de concesiones para desarrollar actividades de acuicultura marina a nivel nacional; Estando a lo informado por la Dirección de Maricultura de la Dirección Nacional de Acuicultura y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de reubicación de área de mar para el repoblamiento de la zona El Queso a la zona de Carhuaz, presentada por la ASOCIA- CION PROYECTO MARICULTURA "JACQUES COUS- TEAU", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLADARES VELASQUEZ Director Nacional de Acuicultura (e) 5655 M T C Autorizan viaje de funcionarios de COR- PAC S.A. para participar en el "Curso de Negociaciones de Rehenes y Mane- jo de Situaciones de Crisis", a realizar- se en los EE.UU. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 230-98-MTC/15.02 Lima, 21 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Jefe Regional de Seguridad de la Embajada de los Estados Unidos de América ha cursado invitación a la Corpo- ración Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A. para que los funcionarios que sean designados participen en el "Curso de Negociaciones de Rehenes y Manejo de Situaciones de Crisis", que se dictará en la Academia de Policía de Luisiana; Que, el curso aludido se encuentra dirigido a funcionarios de Seguridad Aeroportuaria que tienen la responsabilidad de responder ante situaciones de crisis, manejar y controlar incidentes relacionados con toma de rehenes y negociar, directa o indirectamente con quienes crean tal situación; Que, CORPAC S.A. atendiendo tal invitación ha designa- do a su Gerente de Seguridad y a su Jefe de Seguridad Aeroportuaria para que participen en el aludido curso, el mismo que será financiado en su totalidad por el gobierno de los Estados Unidos de América; Que, por lo señalado precedentemente, y a solicitud de CORPAC S.A. debe emitirse el acto administrativo corres- pondiente; Acorde con el Decreto Ley Nº 25862 y Resolución Minis- terial Nº 065-98-EF/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes funcio- narios de CORPAC S.A., a Luisiana, Estados Unidos de