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Pág. 160349 NORMAS LEGALES Lima, domingo 31 de mayo de 1998 a) Programar, organizar, coordinar, supervisar y eva- luar los procesos de adquisición de productos alimenticios y agroindustriales, destinados a la ejecución de los pro- gramas, proyectos y actividades. b) Ejecutar acciones vinculadas al desaduanamiento de alimentos donados. c) Efectuar, dirigir o encargar a terceros los procesos de monetización de productos alimenticios y agroindus- triales donados por la Cooperación Técnica Internacional destinados a tal fin. d) Controlar y organizar la documentación referida a los procesos de monetización de los alimentos donados provenientes de la Cooperacion Técnica Internacional. e) Organizar y controlar los expedientes técnicos por cada proceso de adquisición. f) Formular y proponer un plan anual de adquisiciones y monetización de los productos alimenticios y agroindus- triales, en función a la programación de la distribución de alimentos y a los compromisos formalizados con la Coope- ración Técnica Internacional con un criterio de costo oportunidad en el manejo de los recursos financieros sobre la base de la programación de requerimientos desa- rrollados por la Gerencia de Programas y Proyectos. g) Elaborar estudios técnicos para determinar zonas de producción y estacionalidad de productos alimenticios, agroindustriales y pecuarios, que permitan el abasteci- miento permanente y oportuno de los requerimientos para los programas y proyectos que ejecuta. h) Otras funciones inherentes a su ámbito de acción, así como las que le asigne la Alta Dirección. Artículo 32º.- La Gerencia de Operaciones es el órga- no de línea encargado de programar, coordinar, supervi- sar, evaluar y controlar las actividades de recepción, transporte, almacenamiento, mantenimiento y conserva- ción de los productos alimenticios y agroindustriales, así como también, de las actividades de distribución primaria y secundaria y la implementación, mantenimiento y equi- pamiento de almacenes y del parque automotor que se requiere; proponer proyectos de directivas para el mejor desempeño de sus funciones. Está a cargo de un Gerente y depende de la Gerencia General Técnica. Artículo 33º.- Son funciones de la Gerencia de Opera- ciones las siguientes: a) Coordinar, supervisar, evaluar y controlar las acti- vidades de recepción, almacenamiento y despacho de productos alimenticios y agroindustriales adquiridos y donados. b) Programar, organizar, conducir, coordinar, super- visar, evaluar y controlar el proceso de distribución pri- maria y secundaria de productos alimenticios y agroin- dustriales, así como, de las acciones de entrega a nivel nacional. c) Supervisar y controlar el stock de productos alimen- ticios y agroindustriales en los almacenes, informando periódicamente sobre sus existencias. d) Controlar las actividades de almacenamiento, con- servación y de calidad de los alimentos adquiridos y donados para la ejecución de los programas, proyectos y actividades de apoyo y seguridad alimentaria. e) Conducir, supervisar y controlar las tomas de inven- tario físico de los productos alimenticios y agroindustria- les en los almacenes, coordinando con los demás órganos responsables de esa actividad. f) Orientar y supervisar la administración de los alma- cenes. g) Disponer, controlar y coordinar con la Gerencia de Recursos Alimentarios, la previsión de la reserva de alimentos para casos de emergencia. h) Proponer y coordinar la adecuada implementación, mantenimiento y equipamiento de la infraestructura de los almacenes, asegurando la preservación y conserva- ción de los productos alimenticios y agroindustriales. i) Coordinar con entidades del Estado, la adjudicación de la propiedad o cesión en uso de almacenes del Estado, y en su caso, proponer el alquiler o construcción de almacenes. j) Coordinar, conducir, supervisar y controlar el trans- porte de los productos alimenticios y agroindustriales, para ejecutar adecuadamente la distribución primaria y secundaria. k) Otras funciones inherentes a su ámbito de acción, así como, las que le asigne la Alta Dirección.Artículo 34º.- La Gerencia General Administrativa es el órgano encargado de organizar, dirigir, coordinar y controlar los sistemas de Planificación, Racionalización, Presupuesto, Cooperación Técnica Internacional, Esta- dística e Informática, Recursos Humanos, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, así como asistir en asuntos de carácter jurídico y legal, asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas, de acuerdo a la política y directivas emitidas por el Consejo Directivo y su Presidente. El Gerente General Administrativo es la autoridad con je- rarquía inmediata a la del Presidente del Consejo Direc- tivo, en todo lo referente a la acción administrativa. Artículo 35º.- Son funciones de la Gerencia General Administrativa las siguientes: a) Planear, organizar, dirigir y controlar la gestión administrativa, presupuestal y legal, contribuyendo el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. b) Proponer, cumplir y hacer cumplir las políticas, objetivos, metas, estrategias y acciones en el ámbito de su competencia, así como también dar cumplimiento a las disposiciones emanadas del Consejo Directivo y de su Presidente. c) Formular y proponer el Presupuesto y el Plan Trabajo Institucional, en coordinación con la Gerencia General Técnica. d) Evaluar las convocatorias y los resultados de los concursos públicos de precios, licitaciones públicas nacio- nales e internacionales, así como también, de los procesos de comercialización. e) Formular y proponer a la Alta Dirección las políti- cas, objetivos, en función de la política sectorial. f) Evaluar e informar periódicamente sobre el cumpli- miento y avance de los planes aprobados y la eficiencia en la gestión de los órganos a su cargo, adoptando las medi- das correctivas del caso. g) Presentar la Memoria Anual, los Estados Financie- ros e Informe de Gestión, oportunamente. h) Proponer las modificaciones en la estructura orgá- nica . i) Proponer la designación y/o remoción del personal directivo y de confianza, bajo su dependencia. j) Contratar, designar, ascender, suspender, sancio- nar, desplazar y resolver los Contratos del personal, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. k) Proponer las políticas relativas a la administración de los recursos humanos, económicos, financieros y mate- riales. l) Proponer la creación e implementación de Unidades Operativas en coordinación con la Gerencia General Téc- nica. m) Emitir Resoluciones Gerenciales relativas a aspec- tos técnicos que se requieran, dentro del ámbito de su competencia. n) Otras que le asigne el Presidente del Consejo Direc- tivo. Artículo 36º.- Son órganos de línea de la Gerencia General Administrativa la Gerencia de Planificación y Presupuesto, la Gerencia de Admistración y la Gerencia de Asesoría Jurídica. Artículo 37º.- La Gerencia de Planificación y Presu- puesto es el órgano encargado de conducir los sistemas de Planificación, Racionalización, Presupuesto, Cooperación Técnica y Estadística e Informática. Está a cargo de un Gerente y depende de la Gerencia General Administrati- va. Artículo 38º.- Son funciones de la Gerencia de Plani- ficación y Presupuesto las siguientes: a) Elaborar políticas, objetivos, acciones y presupues- to, en función de la política sectorial. b) Formular proyectos de directivas, coordinar y con- ducir las tareas de formulación de planes, programas, proyectos y actividades, en coordinación con los distintos órganos. c) Elaborar y evaluar el Presupuesto y el Plan Trabajo Institucional, en coordinación con los órganos competentes. d) Elaborar los Informes de Actividades, la Memoria Anual de la Institución, así como el Informe de Gestión Anual, en coordinación con los diferentes órganos. e) Evaluar periódicamente, el cumplimiento de los objetivos, metas y acciones previstas en los Planes, Pro-