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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 1998 (31/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 160362 NORMAS LEGALES Lima, domingo 31 de mayo de 1998 LA INAFECTACION será concedida siempre que el predio no produzca renta y sea destinado a cumplir sus funciones institucionales". Artículo 3º.- Encargar a la Oficina de Rentas y a la Unidad de Informática, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Dispensado del trámite de aprobación del Acta. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARIA DELIA VERGARA PEREZ Alcaldesa 5809 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan plazo de vigencia de Ordenanza que otorgó amnistía tribu- taria y administrativa a favor de contri- buyentes del distrito ORDENANZA Nº 015-98-MDS Surquillo, 29 de mayo de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo Visto en Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 022-98-CR-SR-MDS, de la Comisión de Rentas, sobre prorrogar hasta el 5 de junio de 1998, los alcances de la Ordenanza Nº 013-98-MDS, de fecha 13 de mayo de 1998; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 013-98-MDS, la Municipalidad concedió Amnistía Tributaria y Admi- nistrativa hasta el 30.5.98 con el objeto de otorgar las facilidades a los contribuyentes para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias y administrativas pen- dientes al 31.12.97; Que, es necesario prorrogar la Amnistía Tributaria y Administrativa hasta el 5 de junio de 1998 a fin de brindar las facilidades a los contribuyentes que por diversos motivos no han podido cumplir con el pago de sus tributos; Estando a lo expuesto, en concordancia con la Nor- ma IV del Código Tributario, aprobado por Dec. Leg. Nº 816 y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 5 de junio de 1998 los alcances de la Ordenanza Nº 013-98-MDS, de fecha 13 de mayo de 1998. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia General, Gerencia de Rentas y Gerencia de Administración, en cuanto les corresponda. POR TANTO: Mando se comunique, registre y cumpla. EDWIN LAGUERRE GALLARDO Alcalde 5826MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAROCHIRI - HUAROCHIRI Constituyen empresa municipal de servicios múltiples ORDENANZA Nº 01-97 Huarochirí, 9 de enero de 1997 EL ALCALDE DISTRITAL DE HUAROCHIRI -PROVINCIA DE HUAROCHIRI- DEPARTAMENTO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Huarochirí en Sesión Extraor- dinaria de Concejo, de fecha 9 de enero de 1997. CONSIDERANDO: Que, habiéndose demostrado en Sesión de Concejo el alto interés público de contar con los servicios básicos de luz y agua que afectan la salud pública de los habitantes de este distrito, en la que geográficamente es inaccesible la inversión por parte de empresas pública y/o privada en tales servicios esenciales; Que, la Municipalidad Distrital de Huarochirí es pro- pietaria de las instalaciones de luz y agua existentes en el distrito, el mismo que viene siendo administrado directa- mente por el Municipio, y de acuerdo a los informes se demuestra la ausencia de especialización y manejo direc- to de tales servicios, situación que podría generar el desfinanciamiento con la consecuente baja de calidad del servicio; Que, en atención a la demanda de la población se ha demostrado la conveniencia de constituir una Empresa Municipal que de manera autónoma administre y geren- cie los servicios de luz y agua garantizando mejor calidad y eficiencia en la prestación de los servicios y tarifas que tiendan a repotenciar las instalaciones existentes; En uso de las facultades que confiere al Concejo la Ley Orgánica de Municipalidades, la Constitución Política del Estado, con aprobación por unanimidad del Concejo, y dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Constitúyase la Empresa Munici- pal Huarochirí de Servicios Múltiples S.A.C. en base a las instalaciones de luz y agua existentes, propiedad de la Municipalidad Distrital de Huarochirí. Artículo Segundo.- Apruébase los Estatutos de la Empresa Municipal Huarochirí de Servicios Múltiples S.A.C. y autorícese al Alcalde distrital, Ing. Beethoven Cuéllar Tello para que suscriba la Minuta y Escritura Pública, hasta la inscripción en Registros Públicos de Lima. Artículo Tercero.- Comuníquese a la Municipalidad Provincial de Huarochirí - Matucana, y mándese a publi- car la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. BEETHOVEN CUELLAR TELLO Alcalde 5808